SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Cambios concernientes a la Organización de las primarias, financiamiento, cuota de la juventud, entre otros, fueron realizados por el Senado al Proyecto de ley partidos, remitido el pasado jueves 26 a la Cámara de Diputados.

La modificación realizada por el Senado al artículo 42 de la ley, referente a la "Organización de las primarias", sugiere eliminar el segundo párrafo que atribuye a la Junta Central Electoral la responsabilidad de registrar el padrón de concurrentes para “evitar que un elector pueda votar en las primarias abiertas y simultáneas, por varios partidos, agrupaciones o movimientos políticos”.

Otro de los cambios hechos por el Senado fue al artículo 46, sobre la "Cuota de la juventud", al cual se le agregan dos párrafos.

En el primero se especifica que “la Junta Central Electoral no admitirá listas de candidaturas para cargos de la propuesta nacional, que no incluyan un mínimo del diez por ciento (10 %) de candidaturas para la juventud”, mientras que en el segundo, la pieza indica que “en los casos en que no se cumpliera con esta obligación, la Junta Central Electoral devolverá dicha lista al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, para que en un plazo no mayor de 72 horas cumplan con lo dispuesto; de lo contrario, no se aceptarán las listas de candidaturas para cargo de la propuesta nacional”.

Asimismo, el proyecto introduce cambios en el artículo 59, que versa sobre la "Distribución de los recursos económicos del Estado".

En el documento enviado a la Cámara de Diputados, la distribución en el párrafo 1 de dicho artículo se mantiene en un 80 %, pero establece que esta división se realizará entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos obtenidos en la última elección.

Se modifica el segundo párrafo, en el cual se indica que un doce por ciento, será distribuido entre todos los partidos que hayan alcanzado más del uno por ciento y menos del cinco por ciento de los votos válidos obtenidos en la última elección. Eso frente la versión anterior, la cual repartía el 20 % restante en partes iguales “entre todos los partidos, incluyendo los de nuevo reconocimiento en el caso de que los hubiere”.

Suma además un tercer párrafo, el cual indica que un ocho por ciento será distribuido entre los partidos que hayan alcanzado el cero punto cero uno por ciento (0.01%) y el uno por ciento de los votos válidos obtenidos en la última elección."

Documento para descarga:

06034-2016-2020-CD (P DEPOSITADO)