SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La dificultad de organismos del Estado en hacer cumplir a los funcionarios las disposiciones de la Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio, unido a un inexistente régimen de consecuencias, han servido como ingredientes para que 69 diputados y exdiputados aún no presentan DJP, hasta el pasado 2 de abril de este año, no hayan declarado sus bienes.

Según un nuevo informe del Laboratorio Social P. José Antonio Esquivel, del Programa para Estudios del Desarrollo Dominicano (PEDD) de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y el Centro de Estudio Juan XXIII, República Dominicana se mantiene en permanente irrespeto de su propia legalidad, así como la Constitución en su Artículo 146 relativo a la proscripción de la corrupción.

Asimismo, establece que el número de funcionarios omisos es más alto en el ámbito del poder municipal: de los 3,601 servidores estatales reportados por la CCRD a la PGR como omisos, según comunicación del pasado 2 de abril, 3,528 (98 %) pertenecen a los gobiernos locales. De ellos, 1,839 están ubicados en ayuntamientos (alcaldes, vicealcaldes, regidores, tesoreros, vocales) y 1,689 en juntas municipales (con cargos similares).

Mientras que, de acuerdo a comunicación de la CCRD a la Tesorería Nacional, 61 funcionarios depositaron sus Declaraciones Juradas fuera del plazo consignado en la ley (de forma extemporánea).

De acuerdo al artículo 30 del Decreto 92-16, es atributo de la Tesorería Nacional retener los pagos correspondientes a los funcionarios omisos “como consecuencia jurídica de la inobservancia de presentar la declaración jurada de patrimonio en el plazo establecido en el artículo 8 de este reglamento”. La Tesorería se abstiene de realizar esos pagos con la sola condición que la CCRD le notifique formalmente el nombre de los funcionarios infractores y hasta tanto esa misma Institución le haga saber que el funcionario sancionado ha cumplido con su obligación.

Debilidades del sistema

En lo que respecta a las auditorías realizadas por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, con el propósito de verificar el contenido de las Declaraciones Juradas de Patrimonio, el informe señala que la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos se encontraba en proceso de verificar 115 DJP, por lo que la “CCRD no ha concluido ni siquiera la auditoría de una sola DJP”.

Otra debilidad quedó identificada al intentar determinar la cantidad de funcionarios estatales en funciones a los que se les han aplicado sanciones por haber violentado el artículo 14 de la Ley de DJP.

Explica que a pesar de que la CCRD no especifica el número de funcionarios omisos o de extemporáneos que han sido sancionados, sí confirmó que a finales de febrero del año en curso ya había remitido a la Procuraduría General de la República un total de “14 listados” con el nombre y respectivas funciones de los funcionarios que no habían entregado su DJP o que las habían depositado de manera tardía.

En función de la información suministrada, y de conformidad con los párrafos I y II del artículo 13 de la Ley 311-14, al igual que por lo previsto en el artículo 14 de la misma ley, el Ministerio Público quedaba obligado a iniciar las investigaciones preliminares para fines de sanción de los funcionarios omisos o extemporáneos.

La CCRD, subraya el documento, no especificó la cantidad denarios públicos reportados a la PGRD por violación del art. 19 de dicha Ley de DJP relativo a la presunción de enriquecimiento ilícito de aquellos funcionarios que al dejar el cargo no han depositado su DJP de salida en el tiempo establecido para cumplir con esa obligación, limitándose a reiterar que, como en el caso anterior, había remitido a la PGRD los ya referidos 14 listados.

Tesorería Nacional y Ministerio Público

La actuación de la Tesorería Nacional no fue muy clara en lo que a retención salarial – cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento 92-16 – al funcionario público que no haya depositado su DJP en el plazo previsto de 30 días calendario se refiere.

Esto debido a que no pudo descubrir fue el número efectivo de servidores públicos a los que se les ha retenido el sueldo, o se les está reteniendo, por su condición de omisos en materia de DJP.

Mientras que la información requerida al procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, sobre investigaciones realizadas por el Ministerio Público, por presunción de enriquecimiento ilícito; investigaciones que ha iniciado su dependencia a funcionarios que han violado el artículo 14 de la  ley y cuántos han sido sancionados; y medidas dispuestas por el Ministerio Público a funcionarios designados, ratificados o que cesaron en sus funciones, cuyos nombres le fueron suministrados por la CCRD, el documento indica que ni el Procurador de la República, ni algún subalterno por él designado a esos efectos, respondió a la solicitud.

Documento para descarga:

_Boletín 6. DJP…