Hace poco más de un mes uno de mis artículos provocó la respuesta de un lector. Lo hizo en privado a mi correo electrónico que pongo en cada publicación justamente con esa intención. Ese sábado yo había escrito un artículo referente a la violencia contra las mujeres, tema con el que estoy comprometida por el trabajo que hago en la Fiscalía del Distrito.
El lector se quejaba de que yo sólo hablo acerca de la violencia que viven las mujeres. Sus palabras reflejaban el dolor de la violencia vivida que luego confirmó en el intercambio que establecimos por la vía electrónica.
Su caso se refiere a un acoso sexual de parte de un superior homosexual y siente que no recibió una atención adecuada en el manejo del caso en la Fiscalía donde puso la denuncia. Se quejó de que no se menciona ni se atiende la violencia entre personas del mismo sexo y que no hay protocolos para el manejo de los casos.
La ley 24-97 sobre Violencia Contra la Mujer e Intrafamiliar no aborda este tipo de violencia de manera específica, en la práctica cuando llegan a denunciar y son pareja, se manejan como violencia doméstica aplicando el articulo 309-2.
En los casos en que no son pareja, como el del lector al que estoy haciendo referencia, se aplica el artículo 333-2 en el Párrafo II que se refiere a Otras Agresiones Sexuales.
Dicho en lenguaje muy coloquial este es el "bajadero" que se le ha buscado a la situación que definitivamente es una discriminación de la ley pues en la realidad los casos ocurren. Si partimos de que la violencia no es un asunto de sexo sino de poder definido en la dinámica de la relación, se manifestará en cualquier tipo de caso. Siendo una minoría y partiendo del hecho de que se trata de la misma cultura machista que violenta a las mujeres, los niños, niñas, adolescentes y envejecientes, se convierten en personas vulnerables y además, excluidas de la legislación.
Como le respondí al lector, por supuesto que no hay protocolos para el manejo de estos casos. El camino que como país hemos recorrido en el tema de violencia es muy corto, sólo basta ver el año de la ley, apenas 1997. Solo alcanzamos a ofrecer atención en condiciones precarias, a los casos más frecuentes que son contra las mujeres, pero de ninguna manera es un sistema que garantiza completamente la seguridad de ningún ciudadano que sufra violencia.
Mi opinión desde dentro tiene la claridad, honestidad y responsabilidad para reconocer que hemos avanzado, pero nos queda un muy largo camino por construir y recorrer para prevenir, judicializar de manera justa y penalizar la violencia en cualquier forma en que se manifieste y sean cuales sean sus actores.