Un año después de lo indicado por la decimonovena disposición transitoria de la Constitución, que dispone una renovación gradual de los primeros integrantes del Tribunal Constitucional (TC), el primer grupo de cuatro magistrados de dicho Tribunal que debió ser sustituido o considerado para un nuevo período en diciembre de 2017 acaba de ser reemplazado, mediante la designación de cuatro nuevos jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
El proceso de selección para cubrir las vacancias del TC a pesar de la importancia trascendental de esta Corte, no retuvo toda la atención debida de la sociedad y muchos entendían que eran inútiles los esfuerzos desplegados por quienes se interesaron en incidir positivamente en dicho proceso, ejerciendo las facultades previstas por el Reglamento No.1 del CNM como las de postular candidatos, ejercer objeciones a postulantes y sugerir preguntas para los entrevistados.
La mejor manera que tenemos los ciudadanos de contribuir al fortalecimiento democrático es haciendo uso de los distintos mecanismos de participación que la Constitución, las leyes y normas en general disponen, pues a pesar de que los niveles de participación pueden ser engañosos, simulados o meramente formales, el resultado siempre será peor si simplemente no participamos.
Una muestra palpable de esto es la diferencia entre lo acontecido en diciembre de 2011 al momento de la selección de los primeros trece integrantes del TC y lo que acaba de ocurrir en ocasión de la primera renovación de sus miembros.
Decimos esto porque en la primera ocasión la sociedad tuvo una participación pública mínima y el proceso no solo fue hecho en base a un reglamento totalmente laxo sino de una forma que se percibió respondía a una repartición entre la mayoría de turno en el CNM y la principal fuerza opositora del momento, y en esta segunda oportunidad, una participación más activa de algunas instituciones de la sociedad civil, no solo contribuyó a mejorar el Reglamento No.1 del CNM y por ende el proceso mismo, a pesar de que es necesario hacerle mejoras entre otras razones por no haberse acogido algunas de las propuestas efectuadas, sino su resultado, el cual ha sido mayoritariamente aceptado.
Difícilmente un excelente jurista dedicado al ejercicio privado y la academia, con escasa participación pública, se hubiese nominado a sí mismo, como también es poco probable que lo hicieran valiosos jueces de la carrera judicial, de ahí la importancia de que instituciones que se han ganado un respeto en nuestra sociedad presenten candidatos.
Estas nominaciones propiciaron que, a pesar de que en el caso de la integración del TC el CNM podía designar a cualquier abogado que reuniera los requisitos mínimos, en esta oportunidad de cuatro fueron electos dos jueces de la carrera judicial y dos juristas, proporción muy distinta a la de la primera integración, no atribuyéndosele a dos de esos electos, ninguna vinculación o apoyo político de apalancamiento, y reconociéndose que su elección fue únicamente en base a sus bien ganados méritos.
Este proceso fue solo el preludio de otro mayor que nos espera a inicios del próximo año para evaluar, y ratificar o sustituir a 11 de los 17 jueces de la Suprema Corte. Ojalá comprendamos que valió la pena aportar al proceso para que de forma más activa se propicie la indispensable modificación del Reglamento No.2 del CNM, se exija la entrega de las evaluaciones de esos jueces conforme dispone la normativa, se ratifiquen o separen de sus cargos a quienes corresponda, y se elijan mayoritariamente nuevos jueces por sus méritos, cuyo compromiso sea el fortalecimiento de nuestro débil poder judicial y que contribuyan a elevar la confianza y credibilidad ciudadana en el mismo.