Nuestra sociedad arrastra problema sobre problema, y con cada año que pasa las situaciones se agravan cada vez más. La desidia institucional, la falta de seguimiento, los intereses en conflicto y la permisividad social frente al delito ciudadano e institucional son algunas de las causas que hacen de nuestro día a día un hervidero de problemas sin soluciones a la vista. Esta vez se trata de la invasión de terrenos de propiedad privada y de la supuesta “seguridad jurídica” que pretenden que haya, y que quieren hacer creer que hay, para el respeto y la inviolabilidad de la misma.

Y puede venir a cuento por el caso de los Peregrinos de El Seibo, que de haber habido una institucionalidad en materia de tenencia de tierras regulada en cuanto a la ocupación de tierras del Estado, que no sea vendidas a particulares, y mucho menos extranjeros, o que sea heredada, no puede ser, ni debe ser enajenada por nada ni por nadie, a menos que reine y vivamos, como vivimos, de la poderosa Ley del Tigueraje.

El tema de los conflictos por la tenencia y la propiedad de la tierra dan para mucho, amén de lo complicado de la materia jurídica al respecto, porque el territorio, el suelo y la tierra son la mayor fuente de producción de riqueza, independientemente de cómo y cuál uso se le dé, sea agrícola, minero, poblacional, turístico. Y por esta condición, y desde los inicios, literalmente de la historia, sigue siendo fuente de conflictos.

Es el artículo 51 de la Constitución dominicana que consagra el “Derecho de Propiedad”, mediante el cual el Estado RECONOCE Y GARANTIZA este derecho a los ciudadanos. Dichos derechos implican obligaciones, pero, supuestamente, según el texto legal, “toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes”. La Constitución es repetitiva en cuanto a la “defensa” del derecho de propiedad, señalando que “ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino por causa justificada”, o señalando que “el Estado promoverá, de acuerdo con la Ley, el acceso a la propiedad, en especial a la PROPIEDAD INMOBILIARIA TITULADA”.

Como todos sabemos, y según reza el refrán, tan testarudo como todos los demás, “del dicho al hecho, hay mucho trecho”. Y esto así, por si es que antes de que hayas tenido tiempo de hacer valer tu derecho de propiedad, no se haya constituido un grupo en asociación de malhechores con muy buenas relaciones, que hagan firmar y notarizar todo tipo de poderes y actos de ventas con firmas falsificadas para impedir que estos supuestos derechos que le concede la Constitución a sus ciudadanos, se pueda hacer efectivo de manera práctica. El tema es que no existe tal seguridad jurídica, ni tal defensa del derecho de propiedad, puesto que cualquier persona puede extraer de los archivos de la Junta Central Electoral una copia de tu cédula, falsificar tu firma, hacerte que otorgas un poder a un saltapatrás que se hace de un dinerito de manera ilegal vendiendo tu propiedad mediante actos irregulares llevados a cabo por personas desaprensivas que cuesta un mundo someter a la justicia como delincuentes, estafadores o ladrones, porque el Código Penal es demasiado laxo en materia de procedimiento frente al delito, frente a la Ley del Tigueraje que en este nuevo siglo XXI se enseñorea en nuestra sociedad como si nunca hubiera habido normas de convivencia y de respeto para que la vida fluyera como Dios manda.

A pesar de este desbarajuste social, ha habido tímidos intentos del sistema judicial por tratar de enmendar este complicado entuerto. Se introdujo en la Ley 10-15 que reformó el Código Procesal Penal, la conversión de la violación de propiedad en un delito de acción pública. Y en base a esta modificación, hace ya cuatro (4) años, en enero de 2016, la Procuraduría General de la República emitió la Instrucción General No 00219 que considera que “los invasores ilegales muchas veces se encuentran liderados por mafias organizadas para la apropiación de las propiedades y la creación de asentamientos urbanos irregulares, quienes obstaculizan los procesos de desalojo y generan lamentables situaciones de violencia, consternación social y pérdida de vidas”.

Esta realidad promovió que se tomaran las previsiones y las medidas necesarias para prohibir, proscribir y perseguir el delito de violación de propiedad en todas sus manifestaciones, procurando el restablecimiento de los derechos de los legítimos propietarios en el uso y goce pacífico de sus bienes. A pesar de ello, y de que el instrumento normativo es enfático “en que, una vez puesto en conocimiento de la ocurrencia de un hecho violatorio del derecho de propiedad contra un inmueble amparado por el correspondiente certificado de título o Certificación del Estado Jurídico, los fiscales deben proceder a “adoptar las medidas pertinentes para la identificación de los imputados, la recopilación de las pruebas necesarias, y especialmente, la protección del derecho de propiedad reconocido en el Certificado de Título, incluyendo el registro de morada, la clausura de locales, orden de arresto, u otras medidas que entienda pertinentes, obteniendo la autorización judicial en los casos que proceda”, pero el sistema judicial sigue siendo laxo a la hora de determinar y castigar la comisión del delito de violación de la propiedad privada, como si de cualquier pleito de vecinos se tratase.

Y nos preguntamos si todo esto no formará parte del mismo desbarajuste social e institucional en que vivimos hace ya 20 largos años. En este tiempo hemos visto decaer los sistemas de valores sociales y familiares, un auge inaudito de los antivalores, del todo se puede y del ná e´ná, de la situación mediante la cual solo debes tener dinero y con esa condición todo lo puedes, como en este caso, violar el derecho de propiedad, violar las leyes, o el derecho de familia, llevar a cabo delitos sexuales, o feminicidios hasta con la anuencia de las autoridades judiciales. Será que complacer a todo el mundo en lo que quiera produce tan buenos réditos políticos?

Quizás debamos detenernos un poco. Ya ven que hasta las Áreas Protegidas han resultado vendidas al primer califa aparecido en el panorama, para hacer de nuestros recursos naturales su califato, pero eso es tema de otra buena historia, siempre con el mismo trasfondo, siempre con el mismo problema: una institucionalidad establecida bajo la Ley del Tigueraje, que ya vence en su 9no round, y por nock out.