Fui desvinculado, entiéndase despedido, botado, sacado etc., de la Dirección General de Impuesto Internos (DGII), por iniciativa del subdirector jurídico, Roberto Rodríguez, cuando yo tenía en la DGII la función de coordinar los abogados externos que actuaban ante el Tribunal Superior Administrativo. En buena medida fui un problema para un grupo de personas entre las cuales estaban el Gerente Legal Alberto Fiallo, la asesora y creativa jurídica Jackeline Dietsch y otros que tenían el puesto que ocupaba como meta de su movilidad laboral. Después que salí todos se convirtieron en epitome gregario del derecho tributario, en gran medida por osmosis. Reconstruían, creaban y recreaban la dogmática del derecho tributario con nociones fácticas al margen de la doctrina reiterada sobre los tributos y abordando el tema con sobrada ignorancia. Todo lo bueno y lo malo en termino de preceptos, opinión y prácticas tributarias en el derecho en los últimos años salió de esos tres, pero una echo a los otros dos en el pozo.

Mi desvinculación tuvo que contar con la anuencia del Director General, Guarocuya Felix, y aunque que él dice que fue algo que se hizo con el dolor de su alma y en contra de sus deseos, yo no le creo. Nada de eso impide que Guarocuya y yo hablemos de libros y nos sentemos en una mesa hablar de todas las cosas y que él me enseñe libros y yo le hable de otros y que él pague la cuenta en expiación de sus pecados para conmigo y que él resista que yo sea sincero y yo le dé el mensaje que me dijo le dijera el entonces nuevo director de la DGII de que su gestión fue un desastre, únicamente dije lo que le mandaron a decir. Todo eso sucede cuando coincidimos en la librería.

En honor a la verdad, Guarocuya Felix me dijo que no quería que yo no me fuera de la DGII y me ofreció un puesto diferente al que tenía, lo que yo condicione a que me diera mis prestaciones del puesto anterior, pero era uno u otra. Me dieron la prestación porque no la negociaba como asunto de principio y quedé definitivamente desvinculado de la DGII, después de más 30 años trabajando en el sector público con el tema de los tributos. En el Banco Nacional de las Exportaciones, BANDEX, Guarocuya me ofreció un puesto que quizás el sabía que yo no iba a aceptar. Después, me dijeron que Roberto Rodríguez lamentaba la decisión de haberme sacado de la DGII, ese lamento nunca lo he creído.

Nunca he escrito un artículo en contra de la gestión de Guarocuya Felix, ni lo haré, aunque para mí estuvo plagada de defectos, pero no atribuyo a otras gestiones menos.  No escribo en contra de la gestión de nadie sólo me refiero a las prácticas en la gestión de los tributos asunto sobre el cual sé y no termino de a aprender. En más de 35 años relacionado con los impuestos lo he visto todo, y sé que la administración de uno u otro director de la DGII está determinada por realidades políticas y poderes fácticos con los cuales es difícil actuar de acuerdo con el derecho y la razón. También hay malas decisiones. De todo modo uno no se puede pasar la vida dándole sermones a los administradores de cómo es o deber ser su gestión porque en última instancia ellos son los responsables. Además, hay directores generales con tal soberbia que sólo aceptan opiniones si son de sus amigos que lo adulan o de un consultor extranjero.

Al momento de dar sermones en materia tributaria uno nunca debe olvidar lo que dijo Thomas S. Adams, en su conferencia sobre “ideales e idealismo en la imposición”, el 27 e diciembre de 1927, en una alocución como presidente de la American Economic Association, donde dijo: “Los impuestos son tan complejos como la propia vida. Los moralistas reclaman impuestos justos, pero los impuestos simplemente no pueden ser justos. El administrador pide impuestos sencillos, pero la experiencia nos indica que los impuestos simplemente, no pueden ser sencillos. Algunos políticos proyectan los impuestos totalmente de acuerdo con su experiencia política; sin embargo, los hombres de estado se dan cuenta de que a largo plazo esto es de mala educación. El hombre de negocio pide uno impuestos prácticos, pero en la historia financiera se demuestra que resulta poco práctico hacerlo de esa manera. El jurista quiere que los impuestos sean administrados estrictamente según la ley; pero los impuestos sobre la renta y sobre la propiedad ponen claramente de manifiesto que esto no pueden gestionarse con éxito con métodos estrictamente legales.”. 

T. S. Adam era economista, y no dice como estos quieren los impuestos, pero como los economistas observan los impuestos desde el punto de vista instrumental, pretenden impuestos neutrales y que respondan a los objetivos de eficiencia en los mercados; pero los impuestos no pueden ser neutros por el hecho de procurar alguna forma de justicia fiscal y pueden no ser útiles para lograr toda la eficiencia que procuran los economistas en los mercados. El tema de los tributos es complejo y antes de dar sermones uno debe colocarse en el pellejo del administrador tributario y en el de quien formula las políticas tributarias, función que desempeñó T. S. Adam en el Tesoro de los Estados Unidos de América.

También uno debe saber que el tema los tributos es un mar de intereses y de malas prácticas, donde se sobredimensionan cifras y también se señalan hechos que no existen y que si tienen algo de verdad es sólo la mitad, o una cuarta o poca. Hay realidades difíciles de demostrar y de llevar con éxito en el derecho, pero si uno fuera apostador en la justicia pusiera todo su dinero del lado de la Administración tributaria, no porque sus razonamientos jurídicos sean válidos, sino porque regularmente se imponen y mucha gente tiene como realidad jurídica las interpretaciones que hace la Administración de las leyes.

En dos trabajos publicados en el periódico Diario Libre, a páginas enteras, con los títulos: «Casinos Dream logró durante años evadir el pago de impuestos en la DGII» y «Deuda de Dream pudo saldarse con embargo a propiedades» Al tercer día parece editorial del mismo diario que intima a la DGII a responder.

Los reportajes pecan por incomprensión y hablan de la extinción de obligaciones de Casinos Dream Corporation a través del modo de la prescripción invocado por esta empresa, atribuyéndoselo a desidia de Roberto Rodríguez, cuando la DGII es una organización compleja, estructurada en base a sistemas, donde la falta de uno se vuelve colectiva y trasciende a las funciones específicas de un sujeto. Una obligación tributaria del 2014 prescribe en el 2017, a los tres años, si no se ha sucedido ninguna intervención de la Administración tributaria. Así parece difícil sostener que hubo desidia de un funcionario al momento de la caducidad del plazo de prescripción cuando no está en la DGII desde hace más de un año.

Como el pago de las obligaciones tributarias en el caso de los casinos tiene una periodicidad mensual y la fecha de pago es el punto de partida de prescripción cada mes es un caso y una obligación distinta con un plazo diferente de prescripción, porque se refiere a un mes como periodo fiscal. A la DGII le incumbe tener un sistema adecuado de información a través del cual su máxima dirección pueda saber de las obligaciones tributarias que están al borde de la prescripción y cuál es la conducta de cumplimiento de un sujeto obligado cuando los incumplimientos son sistémicos y se manifiestan tanto en las obligaciones formales como en las obligaciones sustantivas. Sobre él se debe enfocar la acción de la Administración, como sucede con profesionales liberales y pequeños negocios, que no son parte de entramados vinculados a mafias ni tienen las relaciones políticas para defenderse.

No me corresponde a mi ser abogado de Roberto Rodríguez ni de Alberto Fiallo, y si me lo piden sería una magnífica oportunidad para negarme. No tengo ni quiero tener relación profesional alguna con uno ni con los dos juntos, pero pretendo hacer una observación objetiva del problema. La DGII tiene una estructura sistémica y todo lo que sucede en ella se sabe en un departamento u otro. Una parte de la organización debe darles seguimiento a los casos cuyos plazos de prescripción están por caducar, y debe tener información sobre las veces que se notificó el caso de la prescripción de un determinado contribuyente al nivel superior y los resultados y porque en cada caso no fue atendido, para eso debe tener acceso a los sistemas de información. Todo dentro del paradigma de los sistemas inteligentes tal como lo definen Robert Meyer y Rihani Samir en su obra “Complexity and Public Policy”, donde los sistemas inteligentes son más importantes que las personas inteligentes, para no hablar de la desidia de un sujeto, sino de la incurría de la entidad. Así se puede excluir de la organización a cualquier persona inteligente que extorsiones a los contribuyentes o que haga de los casos de la DGII y su posición una ventaja para oficinas privadas de abogados en la que interviene para resolver los casos actuando en los dos lados del escritorio si se trata de delitos que requieren la actuación de la Administración. La misma estructura sistémica de la organización reacciona con respecto a las deudas a punto de prescribir como se supone debe suceder en la DGII, porque no creo un desperdicio todo el trabajo que hizo Juan Hernández y que ahora se debe empezar de cero.