En nuestro país por el afán de muchos políticos de manipular todo, incluso la Constitución, se producen muchas distorsiones de graves consecuencias.
Ejemplo de esto es la situación que se ha creado en relación con la ley orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), la cual fue observada por el Poder Ejecutivo, observaciones que fueron acogidas en el Senado, pero que no fueron aprobadas en la Cámara de Diputados con la mayoría especial requerida por el artículo 112 de la Constitución.
Como el Presidente de los Diputados y otros voceros oficiales insistieron en que podían aprobarlas con mayoría simple, se generó un debate que afortunadamente ganó la interpretación correcta de que las leyes orgánicas requieren de mayoría especial, tanto para su aprobación como para su modificación.
El firme posicionamiento público de que las observaciones no fueron aprobadas puesto que no se contó con la mayoría especial requerida; ha hecho que cada vez más personas estén propugnando por la búsqueda de un consenso entre los partidos con representación en la Cámara de Diputados para aprobar la ley orgánica del CNM, así como las del Tribunal Constitucional y Superior Electoral.
El vocero del PRSC en la Cámara Baja recién ha introducido un proyecto de ley que modifica la ley orgánica del CNM en el cual excluye los aspectos objeto de la observación presidencial que generaron rechazo, como el voto calificado del Presidente y la reducción del quórum para celebrar válidamente las reuniones, aunque introduce algunos cambios a la ley aprobada como la disminución de la mayoría requerida para la toma de decisiones.
Lo fundamental es que intentando sacar la pata no la metamos más, y eso es precisamente lo que hace este proyecto de ley. Como las observaciones a la Ley del CNM no fueron aprobadas, pues no se contó con la mayoría especial requerida; lo que procede es que los Diputados, antes del vencimiento del plazo de dos legislaturas ordinarias previsto por el artículo 103 de la Constitución, discutan nuevamente las observaciones presidenciales y las aprueben o rechacen con la mayoría especial de 2/3 partes.
La propuesta del Diputado reformista buscando un "bajadero" al atolladero armado por algunos legisladores crea uno mayor; puesto que lo que corresponde no es someter un proyecto de modificación a dicha ley sino admitir que las observaciones no fueron aprobadas con la mayoría requerida por los Diputados por lo que dicha ley debe ser sometida a discusión nuevamente, aceptando que lo más conveniente es rechazar las observaciones manteniendo el texto originalmente aprobado.
Por salvar la cara de algunos no podemos permitir supuestas soluciones reñidas con la Constitución. Definitivamente que nuestra clase política necesita aprender a admitir sus errores, lo que lejos de empequeñecerla, la engrandece. Aceptemos que no hubo tal aprobación y sometamos de nuevo la ley a discusión como manda la Constitución.