“Casi todo hombre puede resistir la adversidad, pero si quieres probar el carácter de un hombre dale poder”. (Abraham Lincoln).

La Ley de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas (33-18) no constituye una ley que exprese la necesidad de la sociedad. Es una medianía, lo que indica el alcance de una parte de la elite política. No es la expresión de la sociedad, empero, es fruto de la presión de ella, acorralando, en gran medida, a una partidocracia que no quiere autorregularse. Después de 20 años de su sistemática y permanente discusión era otra normativa que debió evacuarse pare regular los mismos. Existe el Derecho Comparado y cuando vemos lo que se aprobó con respecto a otras sociedades de América Latina, el rostro no acusa ni alegría, ni tristeza, no obstante, sí dolor.

Es una Ley que refuerza el fatalismo, el conformismo de la sociedad dominicana, el espíritu conservador, expresada en la praxis salvaje del llanto:

“Para nada, es mejor”.

“Algo es algo”.

“Tenemos la ley posible”.

“Es mejor que nada”.

“Después de todo, se alcanzó algo”.

“Después la arreglamos”.

¿Cuál era la base, la esencia, para la forjación de esa ley? Los valores de la democracia que son: la democracia interna, la transparencia, la inclusión, la tolerancia, el respeto a la diversidad, el respeto a la minoría. La democracia funciona en base a los valores de “libertad, igualdad, equidad, solidaridad, tolerancia y pluralismo”. ¿Dónde está la sombrilla que hubo de proteger esa ley? En la misma Constitución en sus artículos: 209, 2011 (libertad, transparencia, equidad y objetividad), 212 (… cuya finalidad principal será organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de participación popular…).

El Párrafo IV del referido artículo 212 esboza “La Junta Central Electoral velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencias en la utilización del financiamiento. En consecuencia, tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación”. El 216 resalta “… Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y la transparencia…”.

La base sustancial de esa Ley, para contribuir al fortalecimiento del Sistema de Partidos, debió anidarse en el costo de la participación política y en la transparencia interna ¿Se logró? No. Un no rotundo. Un precandidato a la Presidencia, al interior de su partido, en una precampaña podrá gastar hasta 511 millones de pesos. Las senadurías de la Provincia de Santo Domingo, Distrito Nacional y Santiago podrán erogar gastos por alrededor de RD$120,000,000 millones de pesos (ciento veinte millones de pesos). Se impondrá, ahora formalizado, legalizado, la Plutocracia y el principio de la equidad aún está muy lejos.

La inequidad del dinero privado es ostensible y por el dinero del Estado, es desgarrador: el mismo 80/20. Algo, sencillamente inaudito, inexcusable, después de cuasi 20 años de traer y llevar. Una práctica perversa a la luz de la democracia es consagrada en una Ley. Lo mismo sucede con la consagración de la cúpula partidaria: decidirán el tipo de primarias y con qué padrón, así como disponer del 20% de los candidatos.

Estamos frente a una Ley sin visión de futuro, de ausencia de legitimación de la democracia. Una Ley donde los puntos nodales, neurálgicos, se expresan en el sentido de mantener a los partidos grandes y a cuasi anular a los partidos emergentes. Una Ley bosquejada en lo fundamental para responder a una coyuntura de una facción del Partido hegemónico, que hoy tiene la mayoría en los órganos de dirección; establecida por encima de los estatutos de todos los partidos.

¡Que la Ley tiene aciertos! ¿Contra qué contrastamos, como la podemos medir? Si es que no teníamos nada: ¡Eureka!, ni modo! Si es con un estudio comparado con otros países como: México, Chile, Uruguay, Costa Rica, Perú, Argentina, la risa y el olvido, como diría Milán Kundera en su celebrada novela, cobra validez. Si tomamos en cuenta el Anteproyecto de la Junta del 2011 y reintroducido en el 2017, elaborado por expertos electorales de la OEA, representa un retroceso significativo. La sociedad civil, específicamente, Participación Ciudadana, el 18 de abril del 2017, realizó un importante servicio a la sociedad, en un ejercicio de ciudadanía, con su “Propuesta de Participación Ciudadana frente a los proyectos de leyes de Partidos y Agrupaciones Políticas y de Régimen Electoral”. Una matriz nos diría el alcance de la desviación: entre un 25 a un 30%; sin tomar en cuenta un estudio comparado con la Región.

Las actitudes de la elite política dejan mucho que desear; una actitud “es enunciados o juicios evaluadores respecto de los objetos, personas o eventos. Tiene tres componentes: componente cognitivo, componente afectivo y de comportamiento. Hace dos años la Cámara de Diputados aprobó una ley que duró menos que una cucaracha en un gallinero. Igual ocurrió con la que aprobó el Senado. ¡Como cambian así sus actitudes de un día para otro, por ejemplo: la Comisión Bicameral, luego la Comisión del Senado, siendo los mismos miembros!

Las actitudes, en tanta disposición mental que genera el comportamiento, es más light, más laxa que los valores. Trae en sí la fluidez frente a algo que está mediado, en gran medida, por las motivaciones. En el caso que nos ocupa los intereses individuales, particulares y corporativos están por encima de los valores de la democracia y de la sociedad. Es lo que vemos con la posibilidad de Primarias abiertas con Padrón de la Junta, cuando sabemos que es muy costoso y que no es verdad que garantiza más democracia interna; al contrario, exacerba el clientelismo y la corrupción. Además, el Presidente de la Junta, después de la promulgación de la Ley, enfatizó: El tiempo, Recurso, Logística y Tecnología para su aplicación. Por demás, que viola la Constitución en su Artículo 209. ¡En 5 días la Junta tendría que pronunciarse acerca de las primarias! Aún no sabemos cuántos candidatos podrán postular para cada posición electiva.

Se consagra como un acierto lo de los jóvenes con un 10% en los cargos. De nuevo, nos preguntamos, ¿con respecto a qué, cuál instrumento referencial? Contra nada. ¡Aleluya!. Para ser más objetivo debería ser con el Padrón Electoral, que serán alrededor de 7.3 millones de electores. De esos 7.3 millones, los que tienen para el 2020, más de 18 años, en ese rango, esto es, los que nacieron entre el 1985 al 2002, son aproximadamente: 3,6000,000, que es el equivalente casi al 50% del Padrón; y, los jóvenes entre 25 y 35 años (edad para ser elegidos), que nacieron entre 1985 al 1995, constituyen 2,000,000 millones, esto es, el 28% del electorado.

Sería la consagración de la Gerontocracia en los partidos. La Ley de hierro de la oligarquía, del sociólogo alemán Robert Michels, se impondrá; o, como nos diría Vilfredo Pareto “La circulación de las elites”, seguiría su agitado curso en esta ley que debió nacer con pantalones largos y eclosiona en calzoncillos. La Ley 33-18 es aquella que viene a evitar la ley del Talión, pero que dibuja en cuerpo entero, incluyendo el vientre, la ley draconiana, en beneficios mayoritariamente de los partidos grandes y de la partidocracia. Una ley que no postula los valores de la democracia, subsumiendo la política no como relaciones de poder cimentados en la estimación de la democracia, sino en el drama de poder que fija la ausencia de reglas y límites.

La Ley 275-97 tiene 21 años sin ser cambiada, a pesar de que la Constitución del 2010 demandaba su pronta metamorfosis. No hay duda, el arte de la política ha sido transformado por la componenda tosca y el alcance del horizonte, sin visión, se tartamudea y hace gárgara en una ley hastiada.