No vamos a tocar el hecho de que – de la noche a la mañana – el sector privado ha sido más efectivo que el estado obteniendo insumos médicos con fines comerciales. Tampoco hablaremos de cómo se ha protegido la importación (que debería ser controlada) de medicamentos, pruebas rápidas y soluciones que ya otros países han dejado atrás. Mucho menos haremos referencia a que aparentemente la cura del covid es un discurso del presidente Danilo Medina, pues jamás en la región hubo mejores números de recuperados y muertes que cuando éste iba a hablar. Pero sí hablaremos de la responsabilidad directa del Ministerio de Salud Pública (MSP) en el caso de las pruebas rápidas que actualmente – sin vergüenza – se han estado comercializando abiertamente en nuestro país.
Todo comenzó con una "personalidad pública" de esas que no deberían tener la relevancia que tienen, que casualmente, mientras cobra un envidiable cheque del gobierno, subió a sus redes sociales un kit de pruebas rápidas que había obtenido de regalo, de otro compañero del partido, porque tenía curiosidad sobre si tenía tan temible enfermedad. Esto promovía obviamente el uso de tan falible herramienta, pues su legión de seguidores ya estaba en contacto con la prueba, con el suplidor y con obviamente un ignorante comentario positivo de la joven.
Como respuesta, de manera ágil, el MSP emitió comentarios indirectos donde claramente indicaba que estas pruebas rápidas no podían ser vendidas en el sector privados, por lo menos no hasta pasar por un "riguroso" esquema de verificación y acreditación en dicho Ministerio. Posteriormente, vía la comunicación No. 634 de fecha 17 de abril del 2020, MSP expuso su directiva general sobre el uso de pruebas rápidas.
En este documento, en resumen, el ministro reafirmaba que MSP se reserva el derecho de autorización y control de los "análisis kit rápidos de anticuerpos" y cualquiera de sus presentaciones, agregando que la comercialización y uso debe contar con la aprobación previa de MSP, "mediante certificación escrita en ausencia del registro sanitario obligatorio". Finalmente, confirma que es la Dirección de Epidemiología el encargado de administrar los resultados de estas pruebas, por lo que el reporte a esta de los resultados tiene carácter obligatorio, y delimita los requisitos para ser aprobado como comerciante y para los kits mismos.
Hace unos días, una famosa cuenta cuyo objeto es depurar y poner en contacto personas que deseen ofrecer sus servicios como empleados del hogar, especialmente niñeras, con otras que necesitan dichos servicios, con más de 10 mil seguidores, indicaba en una publicación “nuevo servicio – pruebas rápidas”, vendiéndole falsa seguridad a sus clientes que ya podían realizar sus contrataciones con la total seguridad de que dicho empleado no estaría contagiado, pero, además, ofreciendo el servicio sin necesidad de contratación vinculada, cual laboratorio.
Aquí se plantean varios problemas: (a) se está ofreciendo abiertamente un servicio con matices médicos desde una agencia de trabajo que para nada está certificada a tales fines (b) se ofrece un producto que necesita una aprobación sin hacer mención a la misma (c) se necesita, para comercializar, una autorización que tampoco es visible (d) no se especifican las limitantes prácticas de las “pruebas rápidas” para que sea una compra consciente.
Y el inconveniente es este, las pruebas rápidas, en el mejor de los casos, si son debidamente almacenadas, cuidadas, si no han sufrido golpes, si no han sido mojadas, si no han sido expuestas al calor o frio extremo, y finalmente, si son debidamente administradas, solamente ofrecen un resultado referencial y para nada certero, manteniendo un topo de 80-85% de efectividad en una ventana de contagio muy limitada. La cantidad de falsos positivos y negativos es alarmante y en el mundo hay cientos de miles de estos kits que han sido rechazados por inefectivos por España, Argentina, Estados Unidos, entre otros.
Las pruebas rápidas son útiles bajo supervisión de las autoridades y con un objeto referencial. Ayudan a identificar casos que posteriormente serán confirmados por pruebas más efectivas. Pero en manos de comerciantes desaprensivos que las ofrecen en venta sin la aprobación de MSP, ni los descargos necesarios, están exponiendo a cada comprador a una falsa tranquilidad que pudiese generar una infección bajo ignorancia. Y es este el problema de las ventas al margen de la legalidad, con productos no aprobados, sin registro sanitario y sin entender realmente el alcance, no solo se violentan los derechos que la relación genera por naturaleza, sino que además se pueden exponer familias completas bajo la premisa de que ya fue descartada la presencia del virus.
Esta veeduría del MSP es la única herramienta útil para proteger al pueblo. Se deben redoblar sus esfuerzos identificando y procesando la venta ilegal de pruebas rápidas.