La copiosa propaganda del Gobierno para que la gente “entienda a Catalina”, en realidad parecería que es para lo contrario, para que se confunda o le dé un mareo entre toneladas de cenizas, sulfuros, carbón, millones de dólares y megavatios.
Sin embargo, a pesar de su abundancia, esa propaganda no ha podido explicar las cuestiones prácticas principales relacionadas con el costo total de la central y el precio del contrato otorgado a Odebretch.
- Lo que no explica la CDEEE
Por ejemplo, en ninguna parte de la propaganda se explica cómo es que el contrato (EPC) adjudicado a Odebretch para construir una central de 720 MW en Punta Catalina costará 2.83 millones de dólares por cada MW, mientras que el contrato de construcción de una planta de 1,300 MW (1.8 veces más grande) y de tecnología más avanzada (supercritica) tiene un precio de 2.48 millones de dólares por MW en los Estados Unidos.
Además, el contrato de construcción de una planta de carbón de 650 MW, tecnología supercritica, cuesta 1 mil millones 758 mil dólares en los Estados Unidos (US$1, 758, 000,000), mientras que el contrato de Odebretch en Catalina es por 2 mil millones 40 mil dólares, es decir, casi US$ 282 millones de dólares por encima.
Para ayudarnos a “entender a Catalina”, esas impactantes diferencias deberían ser explicadas por la CDEEE y su asesor económico.
Los datos sobre las plantas norteamericanas aparecen en el documento (Updated Capital Cost, EIA, DOE-USA, April, 2013, paginas 3-3 y 3-4) citado de manera reiterada (y acomodaticia) por voceros de la CDEEE y Odebretch
2. Las preguntas y respuestas del asesor económico
Las siguientes preguntas, y sus respuestas, fueron formuladas por el doctor Andy Dauhajre, asesor económico de la CDEEE en su artículo “Para entender a Catalina”, del 5 de diciembre del 2016.
“¿Cuánto es que terminará costando Catalina?”
“El contrato establece un precio de US$1,945.0 millones. Ese fue el precio base negociado finalmente, pues el Consorcio ganador ofertó US$2,040.7 millones”.
“¿Pero ese será el precio final?”
“No. Recuerde que el contrato estableció que ese era el precio base, el cual se va ajustando en la medida que se van facturando las cubicaciones dentro de los hitos del proyecto. El ajuste se deriva de la aplicación de una fórmula polinómica que incorpora tres índices de precios publicados por el Bureau of Labor Statistics del Gobierno de EUA: los Índices de Precios del Productor para Servicios de Ingeniería, Manufactura de Maquinarias y Nuevas Construcciones”.
3. Los costos del dueño
En realidad, esas respuestas del asesor económico a sus propias preguntas no ayudan en nada a “entender” a Catalina. Veamos.
El costo total de Catalina será la suma del precio del contrato otorgado a Odebretch (US$ 2, 040 millones de dólares), más otros importantes costos denominados “costos del dueño de la obra” (Gobierno/CDEEE) y que no están consignados en el contrato de Odebretch.
¿Cuáles son esos costos? A continuación se especifican algunos de esos rubros:
Los costos que generados por los imprevistos o nuevos requerimientos que surjan sobre materiales, equipos, manos de obra, diseño, etcétera, durante los tres (3) a cinco (5) años de construcción. Consciente de la inevitabilidad e importancia en monto de esos costos extras, la veterana constructora Odebretch hizo consignar un artículo completo, el Artículo IX, titulado Variaciones, página 58 del Contrato EPC, en el cual se establece que los costos de las variaciones o contingencias durante la vigencia del contrato serian pagados por la CDEEE.
Son responsabilidad del dueño, también, los costos financieros por el pago de intereses sobre préstamos para financiar las inversiones que haga el Gobierno aparte del contrato durante la etapa previa, durante y después de la construcción de la central y antes de su entrada en operación comercial.
Más aun, en un enfoque económico consistente, el retorno dejado de percibir por los cientos de millones de dólares invertidos y que durante tres o cuatro anos de construcción no recibirán beneficios, formarían parte de esos costos financieros.
También habría que incluir en ese rubro el costo de los intereses (10% anual durante cinco años) que pagaría el gobierno central al Banreservas por la deuda de más de 774 millones de dólares (US$774, 000,000) acordada en septiembre del 2015 en una maniobra que permitió a las empresas distribuidoras de electricidad saldar sus compromisos con los generadores de electricidad. El origen principal de esa deuda radica en que el Gobierno se apropio de los ingresos de las distribuidoras por venta de energía y los transfirió al proyecto de Punta Catalina, dejando a las EDEs sin capacidad de pago a los generadores (Ver contrato de cesión de deudas entre EGE HAINA y las EDES, y declaraciones públicas de Rubén Bichara del 15 de septiembre del 2015).
Son costos del dueño la inversión en la contratación de firmas de abogados, de consultoría técnica y de evaluación económica de la licitación, tales como PNB Paribas, Delloite Dominicana, la Fundación Economía y Desarrollo y la chilena Proyersa.
También los millones de dólares que se le ha pagado a la firma Stanley Consultants, al inicio para el diseño del proyecto, y ahora para la supervisión del proceso de construcción. Solo por la supervisión se estima que Stanley recibirá 28 millones de dólares.
Serán costos de la CDEEE, los que se deriven de la extensión del periodo de construcción más allá del 7 de octubre del 2017, según lo consignado en el Artículo 7 del Contrato.
Son costos de la CDEEE los relacionados con la adquisición e instalación de los equipos, subestaciones y líneas de alta tensión que se requieran para la conexión del parque de la central al sistema eléctrico nacional interconectado.
Serán costos de la CDEEE los gastos en personal, carbón, combustibles, energía e insumos que habría que disponer durante los meses que transcurran entre la fecha de entrega de la planta y la fecha de inicio de su operación comercial.
Como se aprecia, esos costos son importantes y no están incluidos en el Contrato ni previstos en la formulita de escalamiento por inflación de equipos y materiales establecida en el Artículo 12 del Contrato citada por el asesor económico.
Son costos de la CDEEE los correspondientes al mantenimiento (salarios, vehículos, viáticos, viajes, etcétera) de un equipo de técnicos con elevados salarios dedicados exclusivamente a los trabajos de la Unidad Ejecutora del proyecto de Punta Catalina.
Son esas, y otras razones similares, las que han motivado a que varios especialistas en proyectos eléctricos consideren que, al final, Catalina le costara al país entre 2, 500 y 2,600 millones de dólares, y no 1,945 millones como pretende hacer creer la propaganda de la CDEEE.
Será muy difícil “entender a Catalina” si en la escuelita pública montada por la CDEEE el profesor no explica quién pagaría esos costos.