El cambio de cultura política, no es un aspecto sencillo de concretizar, máxime si los actores que sacaron más votos, o que ganó las elecciones nacionales tienen una cultura política de que por el hecho de haber ganado y puesto los jueces, entienden que deben crearle normas parcializadas  y de selectivas aplicaciones. Estas aplicaciones llegaban hasta falsificar el sentido de las normas por intérpretes comprometidos. Cuando sucede esto se confunde la perspectiva del partido politico con la de la autoridad y viceversa. En estos casos no se puede distinguir cuando tu debate con el partido o con la autoridad porque los intereses se confunden y  no se pueden separar. Este tipo de cultura política de acciones orientadas al éxito del partido que ganó las elecciones, ya no tienen validez.

Recientemente le dije a un compañero de trabajo, la JCE está haciendo algo bien que ninguno de los partidos mayoritarios, está apoyando sus decisiones.

¿Qué está pasando en la JCE? Un cambio de cultura política que tiene mucho que ver con la voluntad del Presidente y el Pleno de la misma. Lo primero es que ya no se cuestiona la validez de las normas, porque de acuerdo Tugendhat, la validez son cuestiones exclusivamente de semántica. Pero la JCE no se ha quedado en el marco de este planteamiento, sino que ha ido más allá asumiendo un adendum que le hace Habermas a este planteamiento del referido autor, cuando dijo: “Detrás de él ha de ocultarse otra cosa: la idea de una imparcialidad que se refiere más bien a la formación de la voluntad que del juicio”. En este sentido, la JCE le ha imprimido un sello de imparcialidad a todas sus decisiones, que no quiere decir que no se equivoquen, pero sus decisiones no son parciales.

¿Cuál es el enfoque pragmático de la JCE, cuando hace algo? Hacer algo implica: “tener buenas razones para hacer algo”, entonces han de ser “veraces” las cuestiones que se remiten a la decisión. En este sentido Kohlberg discípulo de Piaget, plantea que para estructurar un juicio imparcial o justo, es necesario que en el orden preconvencional lo justo es que se respete la norma y reconocer que los demas tambien tienen sus intereses. Ademas se aplica un catalogo expuesto por R. Alexy que ayuda mucho. 

  1. Ningún hablante debe contradecirse.

1.2) Todo hablante que aplica el predicado F a un objeto A debe estar dispuesto aplicar el predicado F a todo objeto que se parezca a A en todos los aspectos importantes.

1.3) Diversos hablantes no pueden explicar la misma expresión con significados distintos.

1.4) Todo sujeto capaz de hablar y de actuar puede participar en la discusión.

1.5)   a) Todos pueden cuestionar cualquier afirmación.

         b) Todos pueden introducir cualquier afirmación en el discurso.

         c) Todos pueden manifestar sus posiciones, deseos y necesidades.

          1.6) A ningún hablante puede impedírsele el uso de sus derechos reconocidos  por medio coactivo originado en el exterior o en el interior.

Por ejemplo, en la conformación de las 158 Juntas Electorales. Aquí se consultó a todos los partidos políticos reconocidos y a la sociedad civil. El contexto en el que se conformarán las 158 Juntas Electorales, es que hay tres cargos con sus suplentes y hay cuatro partidos mayoritarios. Todos quieren al Presidente, pero solo hay uno, todos quieren estar representados, pero solo hay tres cargos. Lo primero que se hace es que se buscan los consensos que se puedan lograr, intentando convencerlos de que es lo mejor para todos, garantizando que todo afectado tenga la oportunidad de dar una aprobación de modo voluntario, aquí no se le prescribe que algunos puedan prescribir a los otros lo que es bueno para ello, lo importante es la participación en el poder, en el poder de quien haya de tomar las decisiones acerca de lo que está y lo que no está permitido. Este tipo de acción Habermas lo llama acción comunicativa, porque es una acción orientada hacia el entendimiento.

La JCE, en todos sus departamentos aplica el principio de trato justo. Este principio, presta igual atención a las pretensiones de todos los partidos, sea este mayoritario o minoritario, por ejemplo las informaciones están disponibles para todos, siempre que cuenten con presupuesto de contenido normativo.

La JCE no proporciona orientaciones de contenido, sino solamente un procedimiento lleno de presupuestos que deben garantizar la imparcialidad en la formación del juicio de los operadores de las elecciones.

El Organo debe ser cauto con esto, determinando los contenidos normativos; y si los hace debe determinarlo en base a la equidad y la justicia, dos contenidos morales que están en la Constitución. La determinación procedimental de los contenidos morales, solo es justificable si garantizan la imparcialidad en la formación del juicio de los miembros del Pleno.

Todos estos procedimientos se han llevado acabo gracias al presidente Castaño Guzman y al espiritu libre de la coordinadora de la Comisión de las Juntas Electorales y Partidos Politicos, Carmen Imbert Brugal.