(Pedimos comprensión a nuestros lectores que gustan de recibir amenos y cortos artículos nuestros, pero las circunstancias nos han obligado a aclarar estos asuntos históricos e ideológicos de fundamental trascendencia para todos los dominicanos)

Este artículo ha sido motivado a raíz de una lectura sobre unas palabras del magistrado presidente del Tribunal Constitucional– no se si a título personal o del Tribunal que representa como lo fue la Misa celebrada– donde cita el Proyecto de Constitución de Duarte y dice según cita El caribe: http://www.elcaribe.com.do/2013/01/22/para-duarte-los-derechos-las-personas-eran-fundamentales-sagrados

<<Oigan como Duarte habla de la libertad y dice “La religión predominante en el Estado es y deberá ser siempre la católica, apostólica sin prejuicio de libertad de conciencia y tolerancia de cultos>>, (Creo que da a entender con claridad que está citando y no parafraseando a Duarte)

Pero el texto original es diferente:

“La religión predominante en el Estado deberá ser siempre la Católica, Apostólica, sin prejuicio de libertad de conciencia y tolerancia de cultos y de sociedades, no contrarias a la moral pública y a la caridad evangélica”. (1)

El vocablo “ES” fue agregado, como han podido los lectores comprobar, este verbo (es) no aparece en el escrito original de Duarte, ha sido intercalado en el texto citado y los que sabemos un poco de comunicación y de literatura, conocemos el efecto que puede llegar a producir en la siquis del lector este “ES” que nos sugiere un tiempo presente, esto podría eventualmente ser considerado como un meta mensaje o quizás un desliz del hablante que ha sido traicionado por sus más profundos deseos del subconsciente, o , yéndonos más lejos pero dentro de lo posible, un reflejo de la realidad que vivimos como estado de facto confesional y no el constitucional laico, el que muchos privilegiados desean mantener y disfrutan. Además, y es lo más importante, con su inclusión se le da un carácter de énfasis inexistente, un sentido de doble afirmación a lo enunciado por Duarte.

Recordemos que los Constituyentes de San Cristóbal de 1844 (adversos a Duarte) aprobaron una Constitución que, muy contrario a lo que proponía Duarte, convertía a nuestro Estado en Confesional y asumía la religión católica como propia, diciendo : La religión católica, apostólica romana “es” la religión del Estado”, algo muy distinto a Duarte que, en su proyecto constitucional, solo “enunciaba” la condición mayoritaria del catolicismo sin proponer que lo asumiera monopólicamente segregando a las demás religiones e ideologías , pues solo afirmaba una realidad social diciendo que : “La religión predominante en el Estado deberá ser siempre la Católica…” pero incluyendo a todas. Duarte jamás afirmó que el Estado debía tener una religión exclusiva y propia, solo hace un enunciado “que la religión católica deberá ser la predominante en el Estado, no la religión del Estado, la única, dijo “la predominante”, la mayoritaria, la principal, la preferente, la más relevante, jamás la única oficial. Lo que Rodríguez Demorizi explica y destaca como lo veremos más adelante.

Como quiera, lo que importa ahora es profundizar en el pensamiento de Duarte para darle la justa dimensión en el contexto histórico a esta propuesta constitucional, a este borrador que escribió años antes de enfrentarse a los poderes eclesiásticos que lo excomulgaron de la Iglesia, a tres meses y días después del 27 de Febrero de 1844.

En cuanto a las repercusiones de lo afirmado por Duarte, esta afirmación no puede alterar la Constitución actual, ni justificar el predominio actual de la católica sobre las demás religiones, ni tampoco puede provocar que un Tribunal Constitucional encuentre justificación para celebrar una misa oficial discriminando otras religiones, ni autoriza al Estado a celebrar el día patrio con un Tedeum en la catedral. Estos son actos inconstitucionales.

Sin embargo, para entender a Duarte debemos colocar este hecho en el contexto histórico y eso es lo que a continuación haremos.

Veamos:

La influencia extranjera

Duarte siempre fue un celoso custodio de la soberanía nacional y en su proyecto de Constitución (anterior al 1844) llegó a afinar tanto su concepción patria sobre la absoluta independencia, que hasta llegó a usar el término “influencia” en sus disquisiciones constitucionales para precisarlo. Uso el más extremo de los términos que se puede utilizar para expresar su convicción de que la nación debe ser absolutamente independiente.

Duarte escribe sobre la soberanía nacional y afina su concepto de independencia total y enfatiza, hasta rechazar, no solo la intervención, sino toda “influencia” de un Estado extranjero, diciendo textualmente en su proyecto de Constitución:

“ Siendo la Independencia nacional la fuente y  garantía  de las libertades patrias , la Ley suprema del Pueblo Dominicano, es y será siempre su existencia política como Nación libre e independiente de toda dominación,, protectorado, intervención e influencia extranjera , cual la concibieron los Fundadores… (2)

Duarte quiso señalar con precisión y excluir toda posibilidad de intervención y procurar la absoluta soberanía: empezó utilizando el vocablo “dominación” y siguió por “protectorado”, pasando por “intervención” y terminando por el más sutil de los conceptos, el de “influencia”, el de la simple influencia.

Así dejaba claro que, en cuanto a su soberanía, la República no debía ser tocada ni por el pétalo de una rosa. Con esto, a nadie se le ocurriría pensar que Duarte le otorgaría un estatus político a una nación extranjera dentro del Estado dominicano, como lo era los “Estados Pontificios” ( verdadera potencia política, la que representaban y obedecían  los sacerdotes arraigados aquí) , más bien reconocía que, en su derecho a la libre conciencia, los dominicanos podían ser “asistidos moral y espiritualmente” por la Iglesia Católica, Apostólica , Romana, como cualquier otra religión en otro país, pero solo en su rol netamente espiritual y religioso y el no político, como pretendían los Constituyentes de San Cristóbal , pues esto (lo de los Constituyentes) se tipificaba (a la luz del pensamiento de Duarte) por lo menos como INFLUENCIA, para no decir INTERVENCION ; y esto fue lo que el Arzobispo Portes le reclamó a Santana y al Congreso dominicano en 1854: que le diera poder político constitucional a la su Iglesia en el Estado Dominicano. http://www.acento.com.do/index.php/blog/7449/78/El-Opus-Dei-y-la-Evangelizacion-del-Estado-dominicano.html)

En cuanto a la Iglesia Católica, es decir, a la religión (y no el poder político que representase o pudiese ejercer), Duarte le reconocía su arraigo religioso como se lo reconocía la constitución americana al protestantismo, pues éramos cristianos católicos en gran mayoría, pero jamás podríamos pensar que le concedería “derechos políticos”, al estilo de los Constituyentes de San Cristóbal, como lo deja claro Rodríguez Demorizi al apuntar:

“Según Duarte, las relaciones que debían existir entre la iglesia y el Estado eran menos estrechas que las consagradas por los Constituyentes de San Cristóbal, para quienes la religión Católica, Apostólica y Romana, que era la del Estado, debía tener “todo el carácter de una institución política”. Duarte concebía  más avanzadamente el concepto constitucional , al anunciar que la religión predominante en el Estado era la que nosotros profesamos , y al consagrar la “libertad de conciencia y la tolerancia de cultos y de sociedades no contrarias a la moral pública y a la caridad evangélica “, que han sido , históricamente , los primeros derechos individuales reivindicados., (3)

De manera que Duarte le concedía un estatus social como la RELIGION PREDOMINANTE dentro de la sociedad diversa y plural que el Estado representaba, y no político (ni siquiera que fuese de facto, como tampoco se lo reconoció Santana). Duarte le reconocía a la Iglesia a una realidad, su “predominancia”( pero no política), su estatus predominante numérico de militancia religiosa, el mayoritario, el que en ese entonces ejercía monopólicamente ( diferente al actual), pero jamás le otorgaba: ni categoría política, ni derechos o privilegios sobre las demás religiones,( como sucede actualmente) pues le daba espacio constitucional a otras denominaciones; ni mucho menos le otorgaba derechos constitucionales, pues veía con tristeza cómo protestantes y masones eran perseguidos y discriminados  por la iglesia ,

Es muy cuesta arriba pensar que Duarte le hubiese querido otorgar poder político privilegiado a la Iglesia para que aplastara y persiguiera a su compañeros masones y a los protestantes evangélicos dominicanos, como lo hizo la Iglesia por décadas posteriores. Duarte, simplemente, respetaba y reconocía la predominancia numérica de los católicos, el poder numérico social de la iglesia y, como político, tenía que reconocerles su espacio y no podía echárselos en contra y quedarse sin apoyo en su proyecto político independentista generando más intrigas clericales de las que se generaron ,de no hacerlo así hubiese sido un suicida político. Tenía muchos anexionistas enemigos y debía ocultarle su propósito de mantener la Independencia para reunir voluntades.

En esa misma línea, Duarte se aleja y se distingue de los Constituyentes de San Cristóbal que, en vez de mantenerla fuera del orden estatal, le otorgaban un estatus político activo dentro del Estado dominicano a la Iglesia de Roma, es decir al monarca de un Estado extranjero, al papa rey de los Estados Pontificios a través de sus representantes, al que obedecían los sacerdotes, como agentes internacionales enclavados en territorio nacional que eran.

( Estado que luego  en 1870 quedó eliminado e inexistente, para resurgir minimizado en el siglo XX como “Estado de la Ciudad del Vaticano”, un Estado eminentemente político, como lo demostró el Arzobispo Portes en su discusión con Santana (1854) en el Congreso Nacional, cuando fue llamado a jurar por la Constitución y se negó diciendo que la consideraba INICUA y diciendo que él solo obedecía a la Constitución Apostólica, la Constitución de un Estado extranjero que ejercía su dominio mundial en casi todas las naciones cuyos ciudadanos profesaban el cristianismo católico romano.)

Esto de la inserción de la “ES” nos evoca el caso de un telegrama (Email corto) que por un error de puntuación, una coma, provocó una muerte innecesaria a través del acto conciente de un experto gramático:

Perdón imposible, ejecutar sentencia.
Perdón, imposible ejecutar sentencia.

Se dice que el telegrafista era enemigo del condenado pero, astuto al fin y por tratarse de una simple coma, no pudo ser acusado de la confusión conciente que provocaba, de su crimen.

Referencias:

(1) “Juan Pablo Duarte, Escritos”, recompilados por el Dr. Mariano Lebrón Saviñón, Colección Duartiana No.1,Tercera Edición, Instituto Duartiano, Santo Domingo RD, 1998. Pág. 54.

(2) Revista Clío de la “Academia Dominicana de la Historia” , Fascículo V, bimestre septiembre y octubre de 1935, discurso de ingreso de Emilio Rodríguez Demorizi , Pág. No. 131.

(3) Revista Clío de la “Academia Dominicana de la Historia” , Fascículo V, bimestre septiembre y octubre de 1935, discurso de ingreso de Emilio Rodríguez Demorizi , Pág. No. 131.

Notas:

I): Recordemos que la Iglesia romana, como hoy, funcionaba como un “Estado político” formal y absoluto constituido, “con todas la de la ley”, tenía su ejército, su flota naval, sus embajadores, sus ministros, en fin, era todo un Estado monárquico con X siglos de existencia, decenas de veces más poderoso que el Estado dominicano de entonces; en términos de influencia política podríamos llamarlo una potencia mundial , pues sus tentáculos políticos actuaban con eficacia en casi todos los países del mundo occidental, era un estado respetado y temido, pues por su religión política, pues había quitado y puesto reyes por docenas y por siglos, en casi todas la naciones europeas. Duarte sabia que la iglesia constituía un enclave político extranjero en el territorio nacional  y por demás con muchísimo peso en la vida nacional pues era la Iglesia de la gran mayoría de los dominicanos, sus sacerdotes, casi todos extranjeros, habían jurado por la Constitución Apostólica de los Estados Pontificios que en ese entonces gobernaba el Papa, un Estado formal monárquico absoluto que en ese entonces poseía extensos territorios, más extensos que la propia isla La Española y cuya capital era Roma. (El papa perdió su reinado monárquico sobre Roma y sus Estados Pontificios en 1870, viéndose reducido a la Colina Vaticana que hoy ocupan 40 hectáreas).

II) En llamado Proyecto Constitucional de Duarte (una especie de borrador que fue desarrollando el patricio, terminado antes de 1844) aparece, después del artículo 24 del acápite titulado “Del territorio nacional”, un siguiente acápite sin articulado alguno rompiendo el formato del texto y hablando “De la religión”:  

“La religión predominante en el Estado deberá ser siempre la Católica, Apostólica, sin prejuicio de libertad de conciencia y tolerancia de cultos y de sociedades, no contrarias a la moral publica y a la caridad evangélica”. (1)