El revuelo que ha causado en la opinión pública el aumento unilateral practicado por las clínicas privadas agrupadas en ANDECLIP, debe motivar a que de una vez por todas las autoridades se decidan a aplicar la Ley 87-01 de Seguridad Social para enderezar este importante árbol del Seguro Familiar de Salud (SFS) que por decisión política nació torcido.

Lo que está sucediendo hoy día con el SFS es consecuencia de que nuestras autoridades hayan elegido violentar la ley, disponiendo previo al inicio del mismo en septiembre del 2007 que los afiliados pudieran  tener acceso directo a los especialistas de salud, sin pasar por la  puerta de entrada obligatoria al Sistema de Seguridad Social (SDSS) prevista por la ley.

Ningún sistema de seguridad social en el mundo puede funcionar en las condiciones que ha estado funcionando el nuestro durante casi cuatro años.  Por eso actualmente  las cuentas del SFS reflejan un preocupante déficit, que hasta la fecha se ha venido compensando con excedentes que se acumularon por aumento de la cotización de salud para el inicio del SFS; pero este fondo de excedentes se extinguirá rápidamente de no tomarse las decisiones necesarias.

Este déficit se está dando en un panorama de falencias en el catálogo de prestaciones, lo que indica que no sólo no tendremos en el corto plazo el dinero suficiente para afrontar los compromisos actuales del SFS sino que no habrá posibilidad de realizar la necesaria ampliación del catálogo de prestaciones.

Las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), médicos, clínicas y proveedores  de servicios de salud  están en una cómoda dualidad de estar dentro y fuera del SDSS.

Decimos esto porque como prestadoras pueden escoger ser contratadas o no por las ARS, pero una vez deciden ser Prestadoras del Sistema, deben cumplir con sus normas, y este no ha sido el caso. No solo cobran los copagos que entienden sin respetar los establecidos por la SISALRIL, sino que un día prestan sus servicios en el SFS  y otro no.

Otro aspecto que se está incumpliendo es el relativo a las tarifas mínimas que deben ser propuestas anualmente por un comité de honorarios profesionales de composición mixta y  luego  aprobadas por el CNSS; para  que con este referente mínimo cada ARS contrate con cada PSS individualmente y no con gremios profesionales como ha venido siendo el caso.  Esto ha producido  que existan tarifas únicas para todas las PSS sin importar sus características, lo que no promueve  sana competencia y calidad.

Dicen que árbol que crece torcido nunca su rama endereza.  Hagamos lo necesario ahora por enderezar esta rama del SFS que todavía estamos a tiempo; haciendo cumplir la ley mediante una regulación efectiva y gestionando la seguridad social como lo que es, un sistema, no  parcelas individuales en la que cada cacique hace lo que entiende.