La primera dificultad que tiene el proceso de selección de los miembros de la nueva Junta Central Electoral (JCE) como la han tenido otros procesos similares, es el hecho de que los aspirantes deben inscribirse lo que provoca que lluevan solicitudes sin los méritos y perfiles requeridos y que sean escasas las que los tengan, pues no todos los mejores están dispuestos a postularse ni a someterse a un proceso que recelan podría ser el resultado de arreglos políticos.
Abrir un proceso de expresión de interés, publicar los aspirantes y realizarles entrevistas transmitidas por medios electrónicos que muchas veces solo sirven para constatar las graves falencias de nuestro sistema educativo y la osadía de la ignorancia, no es garantía de que habrá una buena elección. Para elegir bien hay que tener un buen menú de ofertas que, si no se obtiene por interés propio, debería completarse con consultas a instituciones respetables.
Y esto cobra mayor interés en esta ocasión en que por primera vez tenemos la posibilidad de conformar una JCE en la que solo el presidente debe ser abogado, y que por ende podemos y debemos elegir personas con preparación y experiencia en gestión, finanzas, logística, informática, áreas indispensables para manejar adecuadamente este órgano, que ya no tiene las funciones jurisdiccionales que pasaron a ser competencia del Tribunal Superior Electoral, y que, aunque tiene funciones reguladoras tiene que administrar el sistema del registro civil de los ciudadanos y organizar las elecciones.
Más aún hay que tomar en cuenta que la nueva Ley 33-18 de partidos políticos le otorga mayores facultades a la JCE en relación con la regulación de los partidos, y sobre todo respecto de la fiscalización de la contribución del Estado, la cual ha sido utilizada en muchos casos discrecionalmente y fuera de todo control.
Aunque esta Ley se quedó corta y no incorporó propuestas que se hicieron para garantizar un mayor control, dispone que la JCE deberá tener una unidad especializada de control financiero de los partidos para supervisar el uso de los recursos, así como dispone mecanismos de control como que los partidos deben contar con un adecuado sistema contable y presentar informes, los cuales deben ser publicados por la JCE en su portal y en medios impresos.
También dispone que los partidos podrán recibir aportes para su financiamiento de personas físicas y no de sociedades, que deben publicar su nómina de contribuyentes, y que estas contribuciones no podrán superar el 1% del máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos públicos.
Es evidente que el nivel de cumplimiento de estas previsiones legales fue pobre en los recién pasados procesos electorales, por eso debe tenerse plena conciencia de cuáles son las cualidades que se requieren no solamente para elegir una Junta que genere consenso, sino para reunir los perfiles necesarios para regular y fiscalizar de forma efectiva a los partidos, lo que es fundamental para asegurar la calidad de nuestra democracia y para enfrentar la cada vez más preocupante práctica de que las costosas campañas den pie a la utilización de recursos de origen ilícito, que terminan siendo “lavados” y esfumados en el torbellino político, enlodando desgraciadamente nuestras instituciones.
Más que nunca se necesita que la nueva JCE no sea producto de un mero reparto entre partidos, pues a los primeros que hay que poner en cintura es a estos, y que se elijan personas con la independencia, la reciedumbre y las capacidades requeridas para asumir con plenitud sus nuevas funciones y alcanzar sus grandes retos. El presidente ya lo ha dicho, ojalá que le cojan la seña.