El colofón que ha tenido la discusión bizantina de la evidente necesidad de una mayoría especial de 2/3 partes para aprobar o modificar una ley orgánica de conformidad con el mandato del artículo 112 de la Constitución, es una página más de nuestra historia de violaciones constitucionales.
Aunque resulte ilógico, para garantizar el respeto de un texto a todas luces claro de la Constitución promovida por las actuales autoridades hubo que suscribir un pacto en el que los firmantes aceptan cumplir con el referido mandato, aunque el camino escogido para ello sea precisamente una violación del mismo.
Decimos esto porque de dos cosas una, o se requiere la mayoría especial para la aprobación o modificación de las leyes orgánicas o no se requiere. Sin embargo, el Acuerdo aun reconociendo que se requiere dicha mayoría, por el penoso afán de mantener la infalibilidad de nuestras autoridades admite como ley un texto que no contó con la aprobación de la mayoría especial requerida.
Si bien es cierto que según el Acuerdo dicha supuesta ley será derogada y se aprobará una nueva ya consensuada por los firmantes, no podemos dejar de decir que es una aberración que para cumplir con la Constitución tengamos que validar su incumplimiento, con el único propósito de salvar la cara de aquellos que para asegurar caprichos personales estuvieron dispuestos a retorcerla.
Más aún, en el Acuerdo se llega al extremo de establecer una glosa debajo del artículo tercero que consagra el consenso en cuanto a la necesidad de la mayoría especial, en la que se expresa que "el Presidente de la República ha consentido con la solución convenida, con el objetivo altruista de lograr el acuerdo global entre las partes, pero su opinión personal sigue siendo, que en el caso de las Leyes Orgánicas, si éstas no han sido ratificadas por el Congreso Nacional con las dos terceras partes de los votos de los miembros presentes en cada hemiciclo, las observaciones quedan acogidas".
Por eso no podemos estar de acuerdo con la solución política buscada, pues si uno de los actores principales sigue manteniendo su posición aunque la misma sea contraria al texto constitucional y al mismo tiempo validamos que una ley que técnicamente no ha sido aprobada pueda ser considerada como tal; nada asegura que mañana no se quiera nuevamente recurrir a esta interpretación para violentar la mayoría especial requerida para las leyes orgánicas y se intente utilizar este precedente.
A 50 años del ajusticiamiento del tirano debemos estar conscientes que mientras los caprichos de los que están en el poder sigan decidiendo lo que se hace o no se hace en nuestro país, no gozaremos de una verdadera democracia. Por eso debemos exigir más institucionalidad, que es precisamente lo contrario a lo que hace este pacto, aunque paradójicamente haya sido bautizado como Acuerdo Institucional.