El veto del Presidente de la República al proyecto del Código Penal en sus artículos 107-110 en lo que se refiere a la tipificación penal de la interrupción del embarazo (aborto), ha levantado en todo el país discusiones desde diferentes puntos de vista, sin embargo dos de las preguntas claves que nos hacemos tanto los ciudadanos comunes así como los que profesamos la doctrina protestante son las siguientes: Abortar es un derecho o es una decisión electiva derivada de los “avances en materia de derechos de la mujer”.

Siempre hemos sido coherentes en nuestros planteamientos, tanto en el aspecto institucional como presidente del Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE) así  como en el personal,  de que el abortar no es un derecho como lo han querido plantear instituciones internacionales que poco a poco van logrando esta  decisión electiva como es el aborto que ha provocado millones de muertes en el mundo sea asimilado por nuestra legislación.

Para lograr sus objetivos, han invertido millones de dólares por todo el mundo, anteponiendo un raro culto al cuerpo de la mujer y que han llegado al colmo de decir que el etiquetado “embarazo no deseado” atenta contra su dignidad, con una teoría esgrimida en foros internacionales disfrazada como derecho fundamental.

La posición jurídica de la Presidencia de la República con la que no estamos de acuerdo, es desconocedora del artículo 32 de la Constitución de la República que protege el derecho a la vida desde la concepción.  Leamos uno de los párrafos de la carta en que el Presidente apoya jurídicamente su posición: “en el caso de la interrupción del embarazo como figura penal, esa ausencia de precisión es palpable, ya que no se indican en su contenido aquellas situaciones excepcionales que por poner en juego los derechos fundamentales de toda mujer embarazada como lo constituyen el derecho a la vida y a la salud, el respeto a su dignidad humana y su integridad síquica y moral, constituirían auténticas situaciones eximentes de la responsabilidad penal”.

De este párrafo se puede inferir que lo que se busca es convertir el “derecho al aborto” como un derecho fundamental de la mujer que en “casos excepcionales” puede decidir sobre del derecho de una vida que está concebida.  Algunos valoran esta posición jurídica como un “triunfo de los derechos de la mujer”.  Lo importante para muchos es que se legisle adecuadamente sobre  cuáles son las “situaciones excepcionales” en las que se permitirá  a la mujer abortar.  En otros países se han hecho leyes especiales por ser un asunto de salud y seguridad pública.

Pensamos que el llamado “derecho al aborto” forma parte de una cultura de la muerte, una forma de antivalores promovidos por ONGs e industrias médicas dedicadas a fomentar esta penosa decisión electiva.  Exhortamos a los congresistas a no caer en esa trampa, porque después sería muy tarde.