SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Las estimaciones realizadas por el Ministerio de Hacienda sobre la cantidad de impuestos que dejará de percibir el Estado producto de las exoneraciones, exenciones y trato tributario preferencial a diferentes sectores, actividades, bienes y servicios revelan que para el ejercicio fiscal 2012 el gobierno tendrá un sacrificio tributario por un monto ascendente a RD$118 mil 882.5 millones.
Esta colosal cifra que al finalizar este año (2011) se espera que alcance un total de RD$108,348.5 millones, representa la cantidad de ingresos tributarios que deja de ingresar al tesoro nacional como consecuencia de las exoneraciones y exenciones de impuestos fijadas por varias leyes para estimular el desarrollo de determinadas actividades y sectores o para no afectar los niveles de ingresos y capacidad de consumo de determinados grupos sociales.
De acuerdo con los cálculos contenidos en el Ley de Presupuesto General del Estado aprobada por el Congreso recientemente, los impuestos que dejará de cobrar el Estado en el 2012, por la aplicación de las leyes de exenciones y exoneraciones tributarias, es equivalente al 27.6% del total del presupuesto, a un 36.3% de los ingresos tributarios estimados y a un 5% del Producto Interno Bruto esperado.
El principal monto dentro del gasto tributario estimado para el próximo año, lo representan las exoneraciones del Impuestos a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), cuyas desgravaciones ascienden a RD$74,911.3 millones, lo que es igual al 17.4% de los ingresos fiscales presupuestados, a un 22.9% de los ingresos tributarios y un 3.1% del PIB.
Si bien es cierto que en el caso del ITBIS muchas personas consideran justificadas las exenciones y exoneraciones que favorecen los alimentos, así como los servicios básicos y otras actividades consideradas que impactan sobre los grupos de menores ingresos, por otro lado se considera injustificado utilizar impuestos directos como los de la renta y al patrimonio que denotan una manifestación de riqueza y capacidad contributiva como herramienta de incentivo fiscal
Este elevado gasto tributario por concepto del ITBIS, corresponde a las exoneraciones impositivas que favorecen a bienes y servicios como la salud, la educación, los alimentos pertenecientes a la canasta alimenticia y otros bienes y servicios de consumo masivo.
Los restantes RD$43,971.2 millones de gasto tributario para el 2012, pertenecen a las exenciones y exoneraciones de los Impuestos al Patrimonio con RD$15,058.4 millones del, RD$11,563.2 millones del Impuesto a los Hidrocarburos, RD$12,122.6 millones del Impuesto Sobre la Renta, RD$3,161.6 millones del Impuesto Selectivo al Consumo y RD$2,065.4 millones por exenciones a los impuestos arancelarios. Todas estas exenciones representan 10.2% del todos los ingresos estimados, un 13.4% de los ingresos tributarios y un 1.8% del PIB.
Si bien es cierto que en el caso del ITBIS muchas personas consideran justificadas las exenciones y exoneraciones que favorecen los alimentos, así como los servicios básicos y otras actividades consideradas que impactan sobre los grupos de menores ingresos, por otro lado se considera injustificado utilizar impuestos directos como los de la renta y al patrimonio que denotan una manifestación de riqueza y capacidad contributiva como herramienta de incentivo fiscal.
Como puede intuirse por las cifras anteriores, el gasto tributario en la República Dominicana representa magnitudes importantes, por tanto parece razonable llamar la atención sobre la necesidad de revisar y readecuar el sistema de exenciones e incentivos vigente, debido a su impacto en las recaudaciones, al manto de discrecionalidad que generalmente conllevan y a los riesgos de corrupción que tradicionalmente acompañan las políticas de exoneraciones e incentivos.
(*) El autor es especialista en análisis del Presupuesto Nacional.
Gasto Tributario Estimado Presupuesto 2012 En Millones de RD$ |
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Denominación del Impuesto | Millones de RD$ | % Total Ingresos Fiscales | % Ingresos Tributarios | % PIB |
Impuesto Sobre Renta (ISR) | 12,122.6 | 2.8% | 3.7% | 0.5% |
De las Empresas | 9,807.6 | 2.3% | 3.0% | 0.4% |
De las Personas | 2,315.0 | 0.5% | 0.7% | 0.1% |
Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) | 74,911.3 | 17.4% | 22.9% | 3.1% |
Interno | 70,014.4 | 16.3% | 21.4% | 2.9% |
Externo | 4,896.9 | 1.1% | 1.5% | 0.2% |
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) | 3,161.6 | 0.7% | 1.0% | 0.1% |
Bebidas Alcohólica | 1,288.0 | 0.3% | 0.4% | 0.1% |
A las Importaciones | 3.9 | 0.0% | 0.0% | 0.0% |
Devoluciones a Proindustria | 98.5 | 0.0% | 0.0% | 0.0% |
Telecable | 969.5 | 0.2% | 0.3% | 0.0% |
Seguros | 801.7 | 0.2% | 0.2% | 0.0% |
Impuesto a los Hidrocarburos | 11,563.2 | 2.7% | 3.5% | 0.5% |
Diferencia ISC Especifico Aplicado | 2,952.9 | 0.7% | 0.9% | 0.1% |
Exencion Combustible Generadoras | 7,365.4 | 1.7% | 2.3% | 0.3% |
Exencion Zonas Francas | 66.0 | 0.0% | 0.0% | 0.0% |
Exenciones Contratistas Obras Estado | 280.5 | 0.1% | 0.1% | 0.0% |
Exenciones Concesiones Mineras | 762.2 | 0.2% | 0.2% | 0.0% |
Exenciones Transporte Público | 136.2 | 0.0% | 0.0% | 0.0% |
Impuesto Arancel de Aduanas | 2,065.4 | 0.5% | 0.6% | 0.1% |
Impuesto al Patrimonio | 15,058.4 | 3.5% | 4.6% | 0.6% |
Activos | 8,610.2 | 2.0% | 2.6% | 0.4% |
Activo Financieros Netos | 350.0 | 0.1% | 0.1% | 0.0% |
IVSS | 6,098.2 | 1.4% | 1.9% | 0.3% |
Totales | 118,882.5 | 27.6% | 36.3% | 5.0% |
Fuente: Elaboracion propia con datos Del Presupuesto 2012 | ||||
Total Ingresos Fiscales* | 430,000.8 | |||
Ingresos Tributarios* | 327,248.8 | |||
Producto Interno Bruto* | 2,383,425.2 |