SANTO DOMINGO-. La semana pasada sucedió lo nunca visto en la historia de la banca dominicana, unos agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) penetraron a las instalaciones de una sucursal de un banco privado en Santiago, en aras de detener unos supuestos mensajeros que ingresaron con la intención de realizar una transacción. Varios medios de prensas en sus redes digitales informaban que allanaban la sucursal de esa entidad bancaria en Santiago tras la Operación Falcón, que corresponde a una investigación de una amplia red criminal.
Esa noticia de allanamiento de esa sucursal circuló como pólvora en las redes sociales, en los grupos de WhatsApp como si fuera un hecho cierto. Afortunadamente, un miembro fundador con un alto nivel profesional del Consejo de Administración de esa entidad desmintió categóricamente esa noticia falaz de que el banco había sido allanado, explicando que no habían personas del Ministerio Público, y que sólo eran agentes de la DNCD que penetraron arrestar a dos personas sin ninguna orden y sin dar explicación alguna.
Paralelamente, de manera proactiva la entidad bancaria afectada emitió un comunicado de prensa, desligándose de esa situación de allanamiento, y aclarando que dicha entidad se caracteriza por sus principios de transparencia, valores, y apego al cumplimiento de las leyes y normas que rigen el Sistema Financiero Dominicano. Comunicado que fue refrendado y apoyado de manera correcta y oportuna por la Asociación de Bancos de la República Dominicana (ABA) y desplegado en todas sus redes sociales.
De igual manera, la Procuraduría General de la República, vía las redes sociales, aclaró que el Ministerio Público deja esclarecido que los fiscales y los agentes de la DNCD acudieron a la entidad bancaria tras los perseguidos, sin que la actuación de la autoridad tuviera nada que ver con la entidad bancaria.
Eso fue un espectáculo temerario y desagradable para el banco afectado, para el sistema financiero y para toda la sociedad dominicana.
Lo primero es que los agentes de la DNCD nunca debieron penetrar a la entidad bancaria a detener a los perseguidos, debieron coordinar su detención con la seguridad del banco afectado, sin alterar el orden y el buen desenvolvimiento de los clientes del banco que realizaban sus transacciones de manera rutinaria.
Ese acto fue una acción muy peligrosa que hubiera podido desencadenar consecuencias negativas para los clientes y para la comunidad financiera dominicana al poderse confundir que se trataba de un atraco a la sucursal, ya que no se cumplió con el debido proceso establecido en la Constitución dominicana para detener a dos personas dentro de unas instalaciones privada de una entidad bancaria.
Lo segundo, es que eso pudo afectar sensitivamente la reputación del banco y ocasionarle retiros inesperados de depósitos por parte de sus clientes, lo cual hubiera puesto al banco en una situación de riesgo de liquidez importante, con las consecuencias negativas para la sociedad dominicana, al ser esa entidad de riesgo sistémico por su volumen de activos, que si no se hubiera actuado rápido en la aclaración de esa noticia falaz, hubiera hasta afectado la estabilidad financiera y del sistema de pago del país.
De hecho, en los comentarios que dejaban las personas de esta noticia en las redes sociales, señalaban que iban a dejar de pagar sus préstamos y saldos de sus tarjetas de créditos.
Lo tercero, es que los medios de prensa que publicaron esa falaz y temeraria noticia debieron asegurarse mejor de la veracidad de esa información. El artículo 80 sobre Norma Penales de la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, establece que serán condenadas por los tribunales penales competentes de la República con multas de RD$500,000 a RD$2,500,000 y penas de tres a 10 años de prisión, a las personas física o jurídica, que conscientemente difundan falsos rumores u organicen campañas difamatorias de una o varias entidades de intermediación financiera, por cualquier medio.
Lo cuarto, es que desligamos de este hecho desagradable al Ministerio Público de Santiago y la Procuraduría General de la República de esas actuaciones independientes y no apegada al debido proceso de las personas que entraron a la entidad bancaria privada de manera temeraria, sin considerar ni de ponderar el riesgo que esto le hubiera podido causar a la entidad bancaria y a los clientes que realizaban sus operaciones ordinarias.
El Ministerio Público siempre ha contado con la colaboración estricta y oportuna de las entidades bancarias, a través de la Superintendencia de Bancos y de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
Lo quinto, es que los bancos dominicanos han establecido fuertes controles para la prevención del lavado de activo y financiamiento del terrorismo. En caso de que los supuestos mensajeros hubieran realizado una transacción en efectivo en esa entidad bancaria, la Ley 155-17 Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, y los instructivos de aplicación establecido por la Superintendencia de Bancos y la Unidad de Análisis Financiero, obligan al banco a reportar estas transacciones a esos órganos señalados, tanto por el lado del Reporte de Transacción en Efectivo (RTE) y como un Reporte de Operación Sospechosa (ROS), lo cual debe generar una alerta temprana para la UAF.
Lo sexto, es importante reiterar que los bancos sólo tienen la labor de prevención y control del lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se encuentran latentes en sus operaciones financieras, no así de persecución, ni de acciones represivas contra individuos o empresas jurídicas, que se suponen o se presume que violan la Ley Contra el Lavado de Activos.
La detección de las infracciones prevista en la Ley es responsabilidad de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) en coordinación con la Unidad Especializada Contra el Lavado de Activos de la Procuraduría General de la República.
Lo séptimo, en toda la historia de la banca dominicana, cuando el Ministerio Público, a través de una orden emitida por un Juez apoderado de cualquier caso en cuestión ha querido penetrar a una entidad bancaria o allanar una sucursal u oficina bancaria lo ha realizado en coordinación con la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana. Por lo cual esperamos que a través de los órganos correspondientes se cree conciencia de esta situación a los fines de evitar en el futuro estas acciones temerarias dentro de una sucursal u oficina bancaria.
Por último, cabe señalar que los bancos realizan intermediación financiera con recursos de terceros o del público, es decir, de las personas físicas y jurídicas, y la Superintendencia de Bancos está obligada a desmentir cualquier noticia temeraria o falaz que sea emitida por cualquier medio de comunicación contra una entidad bancaria que cumple con las leyes que rigen el Sistema Financiero Dominicano, a los fines de preservar y cuidar el tesoro más valioso que tenemos los dominicanos y dominicanas, que es la estabilidad financiera del país, logrado con grandes sacrificios por todos los actores del sistema financiero desde el año 2004 a la fecha.
La columna “Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica, orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor puede escribir a jgmartinez20@icloud.com .