Ha sido como aprovecharse de una situación irregular para hacer ganancias parcialmente irregulares haciendo que el Estado  pague por una desigualdad que debió ser regularizada.

No es un trabalenguas. Es una barbaridad.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de disponer que sean los empresarios contratantes de trabajadores migrantes indocumentados quienes asuman el  costo de afiliación y cotización de la Seguridad Social es de una justeza que nos apresuramos a celebrar.

Las consideraciones sobre el tema fijadas por  la Tercera Sala del tribunal supremo no dejan dudas de que hasta ahora ha perdurado un esquema absurdo, mezquino y de una inequidad totalmente inaceptable.

La corte ha establecido que los contratantes de obreros con status irregular no pueden alegar tal condición para negarse a pagar tales cotizaciones, toda vez que a la hora de su reclutamiento conocen de antemano  su situación migratoria.

La situación es poco menos que desigual y a la vez insostenible. Unos empresarios que reclutan migrantes sin documentos los sobreexplotan a sabiendas de su vulnerabilidad y es el Estado el que debe cargar con los costes de los servicios relativos a la Seguridad Social, sobre todo las atenciones de salud.

Un negocio de extrema redondez.

De hacerse efectivo ese pago por parte de los contratantes, lo que cabe esperar, el presupuesto de Salud Pública tendría mayor holgura para poder afrontar la alta demanda de servicios de la ciudadanía dominicana, además de los inmigrantes legales e indocumentados.

La inclusión en la Seguridad Social y la cobertura de servicios de salud es muy baja en el sector laboral conformado por inmigrantes, y es peor en el caso particular de los trabajadores haitianos.

Con su postura, a todas luces inspirada en la aplicación llana de la justicia, la Tercera Sala de la Suprema Corte no hace más que regularizar lo que de suyo ha sido un expediente ignominioso en el marco de relaciones laborales propias  de otros tiempos.

Y es que al margen de la situación de un trabajador extranjero que sirve a un empleador, su incorporación al sistema de la seguridad social no debe estar sujeto a su status en tanto migrante irregular. De paso, se esquilma al Estado obligándole a saldar costes que debería destinar a otros usos.

Confiamos en que, como manda la Tercera Sala del Supremo, las autoridades dispongan cuanto la creación  de los mecanismos indispensables para que los empleadores cumplan con el pago de afiliación y cotización de la Seguridad Social en beneficio de trabajadores en situación migratoria irregular.