SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó una solicitud de medida cautelar de parte de la firma Kentucky Foods Group Limited contra una resolución de Pro Consumidor que ordena la devolución de una propina cobrada indebidamente a un ciudadano que pidió una orden de comida para llevar.
La instancia judicial motivó su decisión en que el interés general y los derechos fundamentales del consumidor, establecidos en el artículo 53 de la Constitución, son superiores al interés patrimonial individual de la empresa, según consta en la sentencia 0030-2017 leída el recién pasado 12 de abril.
La empresa, que maneja la marca de restaurantes de comida rápida Kentucky Fried Chicken, pretendía la suspensión de la resolución 036-2017 mediante la cual Pro Consumidor ordenaba revertir a favor del ciudadano Jack Michaelo Sánchez Bonetti la aplicación de “un 10% de ley” a una compra de comida a través del “take out”.
La medida de Pro Consumidor parte de que esta propina debe ser cobrada, en virtud del artículo 28 del Código de Trabajo, sólo cuando las personas consumen en los mismos lugares de comidas y bebidas, como hoteles, restaurantes, cafés y barras. Se trata de un monto que debe ser distribuido integralmente entre los trabajadores que han prestado el servicio.
La posición de la institución oficial defensora de los derechos del consumidor fue validada por el Tribunal Superior Administrativo argumentando que “el interés general no se identifica con la voluntad de los funcionarios que integran la administración pública, sino que el mismo debe ser identificado objetivamente como beneficioso para la comunidad en términos colectivos.”
La petición de medida cautelar de parte de Kentucky Foods Group Limited fue elevada hasta tanto el tribunal fallara un recurso contencioso administrativo depositado contra Pro Consumidor por haber ordenado la devolución de la propina.
La directora de Pro Consumidor, Anina del Castillo, informó que la institución tiene en sus manos múltiples casos de consumidores que han tenido la misma experiencia del ciudadano Sánchez Bonetti en otros establecimientos y que procederá en función del mandato de la ley 358-05 y bajo el amparo de la Constitución.
Los antecedentes del caso indican que el 30 de octubre de 2016, Sánchez Bonetti compró para llevar “un combo” de Kentucky Fried Chicken con un valor de RD$1,480.01, por lo cual le cobraron la “propina de ley” ascendente a RD$115.63. El ciudadano se quejó ante Pro Consumidor, que ordenó a la empresa la devolución del cargo.
Por su lado, en lugar de acatar la resolución de Pro Consumidor, Kentucky Foods Group Limited decidió interponer un recurso contencioso administrativo y una medida cautelar contra la decisión del órgano estatal defensor de los derechos de los consumidores.
Recientemente, el TSA rechazó una solicitud de medida cautelar elevada contra Pro Consumidor por la firma de microcréditos Vivus, que pretendía operar sin contrato registrado y librarse del pago de una multa equivalente a cien salarios mínimos.
El tribunal rechazó la petición de Vivus considerando que en ese caso debía primar la protección del interés colectivo implícita en la decisión de Proconsumidor, a la vez que declara que la facultad sancionatoria de dicha institución ya ha sido objeto de fallos favorables por la Suprema Corte de Justicia.