SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Una nueva disposición del Ministerio de Hacienda otorga facilidades de pagos tributarios para aquellos contribuyentes que no se encuentran al día en el pago de impuesto.

La disposición, contenida en la circular 02 del 30 de abril del 2019 y que entró en vigencia el primero de mayo, indica que para deudas tributarias anteriores al 2012, los contribuyentes podrán beneficiarse de un descuento que aplicará sobre el monto de los recargos, debiendo pagar la totalidad de los intereses indemnizatorios.

Según el documento, se aplicará un descuento del 100 % de los recargos, en caso de pago único; del 70 % si se escoge un acuerdo de pago no mayor a seis cuotas iguales, consecutivas y mensuales; y de 50 %, para acuerdos de hasta doce meses.

Para deudas desde el 2013 hasta el 2015, se aplicará un descuento sobre el monto de los recargos, pagando, de igual forma, el total de los intereses indemnizatorios.

En este caso, se hará un descuento del 70 % en el pago único, de un 50 % en pagos no mayores de seis cuotas y de 40 %, en 12 cuotas.

El Ministerio de Hacienda advirtió que sólo podrán acogerse a la disposición los contribuyentes que cumplan los requisitos, entre ellos no haber utilizado números de comprobantes fiscales fraudulentos, que no sustenten operaciones reales, irregulares o que no hayan sido previamente autorizados.

Asimismo, indicó que en caso de incumplimiento de algún acuerdo de pago suscrito durante el último año hasta la fecha de la circular, únicamente podrá optar por el pago único.

También advirtió en la comunicación que el incumplimiento de una cuota del acuerdo de pago dará lugar a la pérdida del término o plazos otorgados, y con ello la terminación del convenio, "facultando a la Administración Tributaria a iniciar los procedimientos de cobro compulsivo establecidos en el Código Tributario".

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Circular