SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La directora de Compras y Contrataciones del Estado, Yokasta Guzmán, respondió a las quejas del presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, precisándole que de ninguna manera se puede considera un acoso que se exija el cumplimiento de la ley a  la entidad encargada de organizar las elecciones y administrar el Registro Civil.

Guzmán recordó que la Junta Central Electoral (JCE) declaró el pasado jueves que constituye un acoso del Ejecutivo, el hecho de que  la Dirección General de Contrataciones Públicas,  en el marco de sus atribuciones, verifique  si la JCE ha cumplido o no  con lo que establece  la Ley 340-06, sus modificaciones y su Reglamento de aplicación.

La directora de Compras y Contrataciones dijo que con sus declaraciones la JCE lleva intranquilidad y preocupación, cuando de lo que se trata es  de que se cumpla con la ley vigente, de llevar transparencia y de  rendición de cuentas  sobre los procesos de compras  y contrataciones públicas ejecutados por la JCE.

“Pero además, resulta que el argumento del acoso es una novedad, pues hasta ahora la JCE lo que había argumentado  es una supuesta falta de competencia de la Dirección, sin presentar argumentos legales que no sean las propias interpretaciones parciales realizados por  la misma JCE"

Subrayó que en este caso se trata de la JCE, pero la ley es obligatoria para todas las entidades que gestionen recursos públicos y que convoquen a procesos que han sido impugnados por proveedores, en ejercicio de los derechos que les asisten cuando  entiendan que no se ha cumplido con el debido proceso.

“En lo que respecta al requerimiento realizado a la JCE por Contrataciones Públicas, de lo  que  se trata es del ejercicio de una atribución expresa que le confiere la Ley 340-06 y sus modificaciones, al disponer en su artículo 36,  numeral 6)  que es su atribución “verificar que en las entidades comprendidas en el ámbito de la ley se apliquen en materia de compras y contrataciones, de bienes, servicios, obras y concesiones las normas establecidas por la ley, sus reglamentos, así como las políticas, planes, programas y metodologías”, precisó.

“Entonces, ¿Cómo puede considerarse acoso, cuando es la Ley 340-06 y sus modificaciones, la que en su artículo 2), Párrafo I,  que dispone que la JCE, entre otras entidades, está sujeta a las regulaciones establecidas, no solo en la Ley sino también en sus reglamentos?”, preguntó Yokasta Guzmán.

Agregó que tampoco puede ser un acoso, el hecho de que Contrataciones Públicas conozca y decida sobre un recurso jerárquico interpuesto por las empresas   Global Id Solutions  constituida conforme a las leyes de Alemania, representada por Caelum Dominicana, SRL ; y  Pyhex Venture Inc.,  constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos de Norteamérica,  pues actúa conforme a atribuciones legalmente conferidas,  de manera particular en los  artículos del 67 al 69 y del 70 al 77 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones.

Sostuvo que la JCE es consciente de que Contrataciones Públicas actúa dentro de sus   atribuciones,  y que tan consciente está  que la empresa Copy Solutions International a la cual declaró adjudicataria de la LPN para la adquisición de equipos y materiales para la impresión de la nueva Cédula de Identidad y Electoral, presuntamente apoderó al Tribunal Constitucional de un recurso de inconstitucionalidad sobre los artículos que sirven de fundamento a Contrataciones Públicas para apoderarse de los referidos recursos de impugnación a la adjudicación que realizara la JCE, “olvidando  que cualquier decisión que pudiera haber contraria a lo que dispone la Ley vigente, surtiría efectos a futuro”.

Advirtió que hasta tanto esto suceda (el cambio de la ley), los artículos de la Ley que pretenden que sean declarados inconstitucionales se encuentran vigentes y deben ser observados por las instituciones dentro de su ámbito, incluida la JCE.

“Pero además, resulta que el argumento del acoso es una novedad, pues hasta ahora la JCE lo que había argumentado  es una supuesta falta de competencia de la Dirección, sin presentar argumentos legales que no sean las propias interpretaciones parciales realizados por  la misma JCE,  ignorando que no puede interpretarse algo que está claramente establecido”, indicó Yokasta Guzmán.

Consideró que lo que resulta preocupante es que la JCE, colocándose más allá de lo que las leyes le atribuyen  y con el argumento de ser un órgano constitucional, pero sin que la Constitución le otorgue esta facultad, haya decidido darse un Reglamento a la Ley 340-06 y sus modificaciones.

Indicó que también preocupa que la JCE haga una interpretación al  establecer  que los proveedores que participen en cualquier  proceso de compra y contratación convocado por ella y por así decidirlo la entidad sin tener una ley previa que lo faculte, no pueden presentar recursos jerárquicos o  impugnaciones ante Contrataciones Públicas, lesionando un derecho que legalmente les confiere la ley.

“Debe quedar claro que los proveedores que participen en cualquier proceso en el ámbito de las entidades incluidas en la Ley 340-06, entre ellas la JCE, tienen derecho  a presentar su recurso de impugnación ante la Dirección General de Contrataciones Públicas”, explicó.

“Debe quedar claro que no hay ni ha habido  en esta administración supuesto acoso, ni a la JCE ni a ninguna institución, pues si algo ha caracterizado a esta administración pública es el respeto, pero también y cada vez más, el cumplimiento de la ley”, subrayó.

Expresó que es importante que se entienda que cumplir la Ley  340-06 y sus modificaciones, así como su reglamento y normas complementarias no es una opción sino una obligación legalmente establecida que lo que busca es llevar orden, transparencia y rendición de cuentas en el uso de los recursos públicos en todos los ámbitos, lo que a mediano plazo debe contribuir a la gobernabilidad

A juicio de Yokasta Guzmán,  es en ese contexto que la JCE debe ser la más interesada en que cualquier controversia que surja sobre sus decisiones en lo que a procesos de compras y contrataciones se trate,  se diriman ante la institución con facultad legal  y expresa para conocerlos, que no es otra que la Dirección General de Contrataciones Públicas.

“La JCE no debe temer a la transparencia, ni a cumplir lo que establecen las leyes  y la Constitución de la República. Precisamente, en lo que ha estado trabajando esta administración desde el primer día es en la construcción de confianza en la sociedad, de la cual la JCE es una institución importante, pero que también se encuentra en la obligación de someter sus procesos de compras y contrataciones”, precisó.