SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El juez del Tribunal Superior Administrativo (TSA), Rafael Vásquez Goico, rechazó la solicitud de medida cautelar interpuesta por tres empresas que buscaban la suspensión provisional de la resolución del Ministerio de Medio Ambiente que ordena la desocupación en los terrenos de Valle Nuevo.

Vásquez Goico, determinó que la adopción de la medida cautelar afectaría o perturbaría gravemente el interés general y que eso violaría la letra C de la ley 13-07 sobre traspasos de competencia del Tribunal Superior Administrativo.

Dicha medida buscaba la suspensión de los efectos de la resolución 14-2016 del Ministerio de Medio Ambiente que prohíbe las actividades agropecuarias en el Parque Nacional Juan Bautista Pérez Rancier, en Constanza.

También rechazó el pedimento formulado por las empresas Granja Mora, Flores Purama y Flores Antillana, a fin de que el tribunal fije el punto de partida y del plazo para el desalojo establecido en la resolución 14-2016,  del 29 de septiembre de 2016, emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA).

“Se rechaza la solicitud de medida cautelar interpuesta por Granja Mora, Flores Purama, lores Antillanas, en contra del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”, indicó la sentencia.

Manuel Fermín, abogado de las empresas recurrentes Granja Mora, Flores Antillanas  y Flores Purama expresó que esta es sólo una batalla de las que se librarán a favor de los productores.

"Ahora vamos a ver si ellos (Medio Ambiente) se van a atrever  a desalojar a pesar de que su misma resolucion no habla de eso. Dependiendo de lo que ellos hagan vamos a ejercer acciones legales al respecto", dijo.

El magistrado entendió que esa solicitud se trata de un pedimento que tendría como consecuencia una decisión definitiva, es decir, de naturaleza no provisional.

La sentencia fue leída por la secretaria del tribunal Austria Ramírez, en presencia de abogados que representan las partes.

Las empresas solicitaron la suspensión de la resolución de manera provisional hasta que sea conocido un recurso contencioso que sometieron al TSA en demanda de la nulidad de esa resolución de forma definitiva.