SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El médico epidemiólogo Carlos Feliz Puello embargó retentivamente las cuentas bancarias de varios funcionarios públicos por no ejecutar la sentencia que ratificó la Suprema Corte de Justicia ordenando el pago de más de cinco millones de pesos por daños y perjuicios en su contra.

Los funcionarios son la ministra de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT), Alejandrina Germán, y el director financiero Francisco José Reyes Valerio; así como el ministro de Hacienda, Donald Guerrero Ortiz, y el director de Presupuesto Nacional Luis Reyes Santos.

El abogado del especialista, Rafael Helena y Helena, dijo que la sentencia 294 del 22 de julio del 2004 de la Cámara de lo Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por efecto de la sentencia número, 315 de fecha 29 abril del año 2015 dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia.

Helena y Helena explicó que la sentencia fue ratificada en el 2015, empero se esperaba que en los años 2016 o 2017 se incluyera dentro del Presupuesto Nacional la suma de RD$5, 692,628.00 lo que no se hizo efectivo.

Dijo que como tal señala la decisión dicho embargo retentivo u oposición, es hecho de conformidad con los artículos 557 y siguiente del Código de Procedimiento Civil y por concepto de las condenas contenidas en la sentencia civil No. 294 de fecha 22 de junio del 2004 dictada por la Cámara de lo Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

Asimismo indicó que el mismo se hace tras la violación a la Ley 86-11 que señala “la disponibilidad de los recursos presupuestarios asignados a los órganos y entidades estatales no significa en modo alguno consagrar la irresponsabilidad del Estado y demás entes públicos, por lo que es oportuno disponer los mecanismos a través de los cuales las personas beneficiarias de sentencias de condenas a pago de sumas de dinero dictadas por los órganos jurisdiccionales contra el Estado, el Distrito Nacional, los municipios, los distritos municipales y los organismos autónomos y descentralizados no financieros, las hagan efectivas”.

La demanda en Daños y Perjuicio fue incoada en el año 2000 por el médico, que poseía un negocio de fotocopiado y otros servicios a los estudiantes y profesores en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, contando con el aval de sus autoridades, y que fue destruido de manera arbitraria por órdenes de la rectoría de entonces.