SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), manifestó que la ausencia de un sistema de consecuencias efectivo para quien cometa crímenes y delitos de cualquier tipo contra el Estado y la sociedad, perpetúan la desconfianza en el sistema de justicia.
Mediante un comunicado de reflexión sobre los hechos de corrupción que mantienen en vilo a la sociedad, indicó que además repercute en los órganos de control y los poderes públicos, originando caos social y que afectando irremediablemente el orden constitucional.
Texto integro:
Finjus reitera la importancia de que el Estado enfrente la impunidad con energía
Los recientes acontecimientos que develan actos de corrupción en el país mueve a la reflexión a importantes sectores, preocupados por las consecuencias sociales, económicas y políticas que se pueden derivar si estos fenómenos con abordados por el sistema de justicia en sus diferentes órganos.
La preocupación por el curso de diferentes procesos que concentran gran parte de la atención social en la actualidad, genera una gran dosis de percepción de impunidad en todas las capas sociales que debe ser atendida por los poderes públicos.
El orden democrático, la estabilidad del sistema político y, por ende, la identificación de la ciudadanía con el funcionamiento del Estado son bienes esenciales para la convivencia pacífica, el progreso económico y la superación de todas las formas de pobreza y marginación, son esenciales para el futuro.
De todos los factores que inciden negativamente en el crecimiento de esa percepción de impunidad ninguno es tan relevante como la creencia generalizada de que los responsables de crímenes en sus diferentes modalidades encontrarán una salida al margen del sistema de justicia, amparados en favores y la protección de poderosos que se burlan de la ley y la justicia descaradamente. Para la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS), se requiere del esfuerzo concentrado de todos los órganos para vencer esta ola de indignación, antes de que sea incontrolable.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos reiteradamente ha señalado que los Estados tienen el deber jurídico de evitar y combatir la impunidad. Es decir, el tejido social se va resquebrajando cuando la ciudadanía siente que el castigo a los crímenes y delitos no es asumido de manera efectiva por todos los órganos obligados a hacerlo, por la ley y la Constitución.
Cuando el clima de impunidad se enseñorea sobre una sociedad, es difícil de atajar el descontento, la desconfianza y la incertidumbre de la ciudadanía. Esos sentimientos son generalmente el preludio de manifestaciones diversas, que conllevan la resistencia a cumplir con las obligaciones sociales elementales, propiciándose la violencia, el enfrentamiento individual a los problemas sociales, abriéndose una gran brecha entre el Estado y la ciudadanía. Poco hay que añadir para que la seguridad jurídica se descalabre y llegue a situaciones extremas el descontrol y desorden institucional que nos amenaza.
La ausencia de un sistema de consecuencias efectivo para quien cometa crímenes y delitos de cualquier tipo contra el Estado y la sociedad, perpetúan la desconfianza en el sistema de justicia, los órganos de control y los poderes públicos, originando caos social, lo que afecta irremediablemente el orden constitucional. Sumado a lo anterior, pareciera que con ello se estuviesen legitimando las prácticas más alejadas de la ética, desluciendo los valores y principios que forman parte de la sociedad dominicana.
Desde la FINJUS valoramos que no ha existido en los poderes públicos la voluntad política de investigar y sancionar todos los casos de corrupción, apegados al debido proceso de ley, sin favoritismos y con total transparencia. Es preciso dar pasos concretos y acelerados para que la impunidad no sea parte de la normalidad y no continúen deteriorándose aún más la institucionalidad democrática, la confianza hacia el sistema de justicia y los órganos de control.
Ver Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso de la “Panel Blanca” (Paniagua Morales y otros) vs. Guatemala. Sentencia de 8 de marzo de 1998. Serie C No. 37, párrafo 173.