SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) manifestó que se une a todos los sectores que reclaman la discusión amplia y consensuada de las medidas que sean necesarias para alcanzar la despenalización de los delitos de prensa.
Finjus resaltó la importancia que encarna para la sociedad dominicana que el Estado Dominicano se aboque a modificar los instrumentos normativos que mantienen en vilo las amenazas a la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo independiente, mientras se mantengan vigentes disposiciones legales como las que se recogen en el Código Penal y la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.
“El mantenimiento en nuestra legislación de estas figuras legales constituye un impedimento a la concreción de la cláusula de Estado de derecho e impiden la continua adaptación de nuestro ordenamiento a los lineamientos de la Constitución de 2010”, dijo.
Asimismo, recordó que saludó en su momento que el Tribunal Constitucional declarara como inconstitucionales los artículos 30, 31, 34, 37, 46, 47 y 48 de la Ley 6132, sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, tras una acción sometida por varios directores de medios de comunicación.
Y añadió que pese a lo anterior, múltiples sectores han insistido en los últimos años en que la libertad de expresión es una de las bases de toda sociedad democrática y condición indispensable para su existencia.
“Somos de opinión que la circulación y amplia difusión de las ideas, informaciones y datos en los medios de comunicación constituye un principio constitucional y se ha convertido en uno de los valores centrales de un Estado social y democrático de derecho”, indicó.
En tanto manifestó que es evidente, al examinar de manera objetiva e integral la normativa que regula la prensa y libertad de expresión en República Dominicana, que existen importantes contradicciones entre la Constitución Dominicana que en su artículo 49 sostiene que “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa” y los artículos 368, 369, 370 y 372 de nuestro Código Penal que sancionan penalmente los delitos de prensa.
Señaló que consideran que como sociedad es necesario abocarse a medidas y vías que busquen la restauración de la reputación y retribución de las personas afectadas.
“Hemos abogado reiteradamente por vías que conduzcan a estos objetivos en el país, como lo fue en su momento la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos relativos a la penalización de la difamación e injuria”, indicó.
Concluyó además alegando que consideran que al proponer dichas medidas no buscan favorecer a ningún sector en específico, sino aportar en el proceso de adaptación del ordenamiento a los lineamientos de la Constitución de 2010.