SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La jueza Suinda Brito, de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, a petición de la Fiscalía, condenó este jueves a dos años de prisión a la doctora Sonia Midalma Feliz Medrano, médico cirujana, hallada culpable de homicidio involuntario en perjuicio del señor Danny Leonidas Rosado Hernández.
El tribunal también impuso al Centro Médico Dominico Cubano el pago a los familiares de la víctima de 10 millones de pesos como indemnización, mientras que la doctora Sonia Midalma Feliz Medrano deberá pagar 150 mil pesos de multa.
De conformidad con el expediente, el día 05 de abril del año 2009, en el Centro Médico Dominico Cubano, la víctima fue intervenida quirúrgicamente de apendicitis por la referida doctora y dado de alta dos días después.
No obstante, después de la operación, el señor Danny Leonidas presentó fuertes dolores abdominales por un periodo de 11 días, siendo atendido de emergencias en reiteradas ocasiones en el centro de salud.
¨La doctora le indicaba medicamentos para mitigar los dolores, además le ordenó la realización de estudios médicos de laboratorio a raíz de los cuales le diagnosticó cólico nefrítico”, explicó la procuradora fiscal Wendy González.
El paciente no presentaba mejoría, por lo que ¨debido a la falta de emisión, vómitos y fuerte dolor abdominal, fue preparado para una nueva cirugía en fecha 18 de abril de ese mismo año, procedimiento en el cual se reportó cambios negativos electrocardiográficos, muriendo de inmediato”, se narra en la acusación.
El informe de la autopsia arrojó que una obstrucción por fibrosis del mesenterio y bridas en intestino delgado, produjo peritonitis, septicemia y shock séptico, lo que provocó la muerte.
La procuradora fiscal González explicó que la Fiscalía le otorgó al hecho la calificación jurídica de violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano, que tipifica y sanciona el homicidio involuntario.
¨Esta disposición del código establece que el que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años¨, puntualizó.