MAO, Valverde. – El director provincial de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Luis Alfonso Zapata Peralta (Blanquito), invitó a la población a utilizar los servicios gratuitos que ofrecen para protección de la población.
DIDA realiza estudios sobre la calidad y oportunidad de los servicios de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), las Administradoras de Fondo de Pensiones (ARS) y las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y difunde sus resultados para contribuir a la decisión informada del afiliado.
Manifestó que las oficinas de DIDA están abiertas de lunes a viernes y tiene como objetivo garantizar asistencia especializada a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y a los ciudadanos en general, dando cumplimiento a la Ley 87-01. Están localizadas en el número 41 de la Calle Sánchez, Plaza Caldera, en Mao, con teléfono 809-572-2888.
En declaraciones, el director provincial de DIDA indicó que la población dominicana debe conocer sus derechos y deberes en materia de seguridad social para que el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se consolide como un pilar de la protección social.
DIDA es una entidad pública autónoma y descentralizada, adscrita al Ministerio de Trabajo, a cargo de la provisión de información y gestiones de reclamos y quejas de los afiliados. La asistencia incluye información sobre los derechos y deberes de los afiliados, interponer recursos e instancias amigables y contenciosas, formular quejas y reclamaciones, ofrecer asesoría y defensoría a los casos de los afiliados hasta su resolución final, dentro del marco de las instancias del sistema.
Zapata Peralta agradeció el apoyo que le han ofrecido Carolina Serrata Méndez, Directora General de DIDA y el director regional, Saul J. McDougal, de quienes dijo están realizando un trabajo coordinado y efectivo.
Conforme al artículo 5 de la Ley 13-20, el DIDA también debe asesorar, acompañar y promover asistencia jurídica a los afiliados en sus recursos amigables contenciosos, por denegación de prestaciones, mediante los procedimientos y recursos establecidos por la ley y sus normas complementarias.
También está entre sus funciones asesorar a los afiliados en sus recursos amigables o contencioso por denegación de prestaciones, mediante los procedimientos y recursos establecidos por la presente ley y sus normas complementarias.