Santo Domingo, República Dominicana (EFE).- La Cuarta Sala de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional conocerá el lunes próximo un recurso de amparo preventivo de extrema urgencia y solicitud de medida cautelar en contra Acroarte y su comisión electoral por supuestamente violar los derechos de sus miembros.
El recurso asegura que los miembros de Acroarte han sido afectados en lo referente al debido proceso de ley, a los estatutos y la afectación de la seguridad jurídica, la igualdad, derechos adquiridos e impedimento del ejercicio al derecho al voto, todo ello en violación a la Constitución de la República y a los estatutos de la institución en los artículos 14, 15 y 20, numerales a) y d), así como los artículos 22 y 23 del reglamento electoral de la entidad.
El director de la firma legal apoderada, Trajano Vidal Potentini, dijo lamentar que pese a los esfuerzos y reuniones con la comisión electoral y las partes, no se llegara a ningún acuerdo o salida satisfactoria para restaurar los derechos violados de más del 40 % de los miembros de Acroarte, los cuales casi en su totalidad ostentan la calidad de miembros pasivos.
El letrado, tras agradecer la buena disposición de la comisión electoral para dialogar, reiteró que esa instancia ha hecho una interpretación errónea de los artículos 14 y 15 de los estatutos, los cuales expresan que los miembros pasivos no tienen capacidad deliberativa, lo cual en modo alguno los lleva a perder el sagrado derecho al voto, en razón de que deliberar supone una discusión o análisis entre dos o más personas y el voto es personal y secreto.
Los comunicadores, José Alberto Peña Cabreja, Ygnacio Sesilio Guerrero Tavárez, José Agustín Tavárez Gil, Carmen Zinaida Monserrat Rodríguez Santos, Máximo Ramón Eurípides Cabral Jiménez, Rubén Benigno José Camilo Rivas, Anthony Pérez Díaz, Pedro Morillo, Willian Radhamés Pérez Peña, Gregorio Guillermo de Jesús Díaz Gómez, Marino Ramírez Grullón, Julio Eduardo Martínez Díaz, Ángela Altagracia Genao Rodríguez y Rafael Díaz, apoderaron a Vidal Potentini para garantizar que sus derechos de membresía e igualdad y sin discriminación les sean reivindicados.
Asimismo, el abogado hizo notar que el artículo 20 del reglamento se refiere a los derechos y deberes de los miembros de Acroarte, destacando en primer término y sin hacer distingo entre miembros activos, pasivo u honorarios, el derecho que todos tienen de elegir y ser elegidos, refiriéndose solamente en la letra "D", a las limitaciones de participar con voz y voto en las reuniones de la entidad, nunca a la imposibilidad de ejercer su voto en las elecciones del gremio, como ha sido tradición en prácticamente todas las elecciones pasadas.
De igual forma, explicó que los artículos 22 y 23 del reglamento electoral, también garantizan el derecho al voto de todos los miembros, en un plano de igualdad y sin discriminación, incluso con la obligación de otorgarle una gracia para tales fines, solo con la excepción de las deudas por concepto de cuotas, sin que ello en modo alguno afecte su legítimo derecho a elegir su comité ejecutivo.EFE