El informe describe que por las particularidades del sistema, menos de la mitad de los trabajadores tiene acceso a las protecciones asociadas con la formalidad. Y para la minoría que sí tiene, “la cobertura es errática, porque los mismos trabajadores a veces tienen empleos formales y otras, empleos informales”.
Esto implica que “a veces tienen la cobertura de salud que ofrece el SFS en su modalidad contributiva y a veces no; a veces tienen que hacer copagos y a veces no. Y, según el estatus ocupacional que tienen, a veces están cubiertos contra los riesgos de invalidez y muerte y a veces no”, cita el informe después de analizar la forma en que opera el sistema de seguridad social en el país como parte integral de la protección social.
Al hablar de la eficacia de la protección social, el organismo que forma parte del sistema de Naciones Unidas destaca que el modelo dominicano deja a la mayoría de los trabajadores en el desamparo durante la vejez por dos razones. Primero, la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS), en cualquier modalidad, solo opera durante la vida activa del trabajador. Segundo, la mayoría de los trabajadores no tendrá una pensión de vejez al llegar a la edad de jubilación, aun los que hayan tenido empleos formales durante parte de su vida. Solo una minoría, generalmente los de mayores ingresos, llegará a acumular 360 meses de cotización.
Para el PNUD, se trata de una característica del sistema de protección social del país “que debe destacarse por ser inusual. La mayoría de los sistemas de protección social de la región, y del mundo, contienen mecanismos para ayudar a los jubilados a lidiar con los riesgos de salud; el de la República Dominicana no”.
Esto se explica, según el ex consultor jurídico de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), Francisco Aristy, porque “el Consejo Nacional de Seguridad Social no ha cumplido con la disposición de la Ley 187-01 en varios aspectos. En el artículo 123 se establece que los pensionados son beneficiarios del Seguro Familiar de Salud del régimen contributivo. Pero a 20 años de la Ley todavía el Consejo no ha establecido el aporte porcentual de los pensionados a estos fines”. En la práctica, esto se traduce en negación de este derecho. Así, muchos trabajadores alcanzan a tener conciencia de esta realidad cuando es un hecho en sus vidas. A José Manuel Raimel Castillo, quien tiene 70 años y desde hace más de cuatro está yendo a la DIDA en busca de ayuda para someter su expediente, le preocupa quedarse sin seguro de salud en caso de que se acoja su solicitud de pensión.
Con 23 años de servicio al Estado a través del Instituto Agrario Dominicano, entre otros entes públicos, no sabe cuál será su suerte. “¡Ay Dios mío! Yo tengo aquí, últimamente, como tres o cuatro años viniendo periódicamente”, dice al referir que por las trabas o burocracias en la institución, les dejan vencer los documentos que presenta cada vez.
Cambiar es una palabra común a todos los consultados para este reportaje: nadie parece conforme con el actual sistema. El pasado 15 de septiembre, un grupo de organizaciones de la sociedad civil que integran la plataforma “Coalición por la seguridad social digna” protestaron en 100 esquinas del Gran Santo Domingo exigiendo una transformación del sistema de seguridad social del país. “Hay gente que se encuentra indignada”, decía la nota presentada por las más de 40 organizaciones que cuestionan el modelo. El conjunto de organizaciones sostiene que el sistema de seguridad social le niega derechos a las mayorías. Mientras, en el Congreso Nacional un nuevo proyecto busca acuerdos para modificar la Ley 87-01, aún sin resultado.
La pieza que rige el sistema de seguridad social dominicano fue aprobada en 2001 y entró en vigencia dos años después. Básicamente, planteó un nuevo modelo de salud y pensiones guiado por criterios de eficiencia, cobertura universal y solidaridad. La ley creó las Administradoras de Riesgos de la Salud, ARS; las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP; y la Superintendencia de Riesgos Laborales, SRL. “Hay cambios que son trascendentes por esta ley”, dice la abogada experta en seguridad social Gianna De Óleo y cita que no existe restricción de edad para ingresar a la seguridad social, como ocurría antes, por lo que los asalariados pudieron acceder a más y mejores servicios y el manejo de los servicios es menos discrecional. Igual, ella entiende que República Dominicana tiene en la seguridad social un mecanismo idóneo que debe mejorar. “Yo no apuesto a su desaparición porque sencillamente, ¿hacia dónde iríamos?”, se pregunta.
De Óleo cuestiona que todavía el sistema no cuente con un régimen de salud primaria eficiente, que perdure la discrecionalidad en el cobro de diferencias médicas (lo que eleva el costo de bolsillo que deben pagar los afiliados) y que exista un desconocimiento global sobre la ley y sus alcances. “Aquí se dijo que debía enseñarse cómo opera la seguridad social hasta en las escuelas, pero nada de eso se ha hecho”, agrega.
En un contexto especialmente convulso, con protestas en las calles y críticas en el Congreso, la seguridad social dominicana se encuentra bajo la lupa cuando se acercan los 20 años de la puesta en marcha del sistema. Y no faltan quienes creen que el desconocimiento de la ciudadanía sobre sus derechos marca de forma desfavorable el debate. “Falta información”, insiste De Óleo.
¿Quién es responsable de que la ciudadanía tenga una vía efectiva para formular sus reclamos en la seguridad social? ¿Quién debe contribuir con datos, publicaciones y espacios educativos sobre el sistema de salud? La ley señala a la DIDA como el órgano responsable de estas tareas.
Entre sus funciones está asistir en todos los servicios que sean necesarios a los afiliados; es decir, brindarles información sobre sus derechos y deberes, así como para formulación de recursos e instancias amigables y legales, querellas y demandas, representación y seguimiento de casos, entre otros enumerados en la Ley 87-01. Sin embargo, este órgano no ha cumplido con sus obligaciones. Nelsida Marmolejos, quien desde su creación en 2003 y hasta el año 2020 fue directora de la DIDA, asegura que el bajo presupuesto y la imposibilidad de decidir frente a los diferendos limitó sus funciones.
«Después de 18 años mucha gente no tiene conocimiento de nada de lo más básico de la seguridad social. A la DIDA le toca el rol de informar. No ha hecho nada. Cuando voy a los programas la gente pregunta cosas que debería saber, lo básico de la seguridad social. Antes teníamos experiencia, pero no presupuesto. Y ahora tenemos presupuesto, pero no conocimiento», expresa la abogada De Óleo sobre el cambio administrativo que experimentó la institución con la salida de Marmolejo. Resulta que mientras la DIDA dependía presupuestariamente del Poder Ejecutivo, su titular tenía que ser elegido mediante concurso. Y ahora que tiene legalmente asignación presupuestaria independiente, es designado por decreto presidencial. “Si antes tenía precariedades económicas ahora asegura ingreso de recursos, pero la designación tiene mucho de política”, agrega De Oleo.
El economista y exgerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Arismendi Díaz Santana, valora que “ahora la DIDA cuenta con ingresos propios, pero no porque el Estado haya decidido asumir su responsabilidad reduciendo el despilfarro y la sobrevaluación de proyectos por todos conocidas, sino porque a partir de la promulgación de la Ley 13-20 en febrero del 2020, ahora esos recursos provienen de los aportes que realizan los trabajadores para el régimen de pensiones”.
Pero a la vez, cuestiona que «esa Ley liberó al Estado de su responsabilidad con la TSS y con la DIDA” y en cambió “penalizó a los propios afiliados, a pesar de que todos los estudios serios demuestran que sus aportaciones no serán suficientes para garantizar una pensión aceptable. Otra distorsión social impuesta por la pasada administración”.
Esto en referencia al primer párrafo del artículo 29 de la ley 13-20, que establece que para financiar sus operaciones, la DIDA recibirá el 0.05% del salario cotizable para el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) del sistema de capitalización individual, más el 0.05% del salario cotizable del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) del sistema de reparto.
El mismo artículo 29 de la ley es el que dispuso que la DIDA pase a ser una entidad pública autónoma y descentralizada, adscrita al Ministerio de Trabajo, dotada de personalidad jurídica, a cargo de la provisión de información y gestión de reclamos y quejas de los afiliados. Una fortaleza que no tenía el organismo en tiempos de Marmolejos, lo que le impedía judicializar los procesos porque su accionar se limitaba a reclamar a los organismos que conforman el sistema de seguridad social dominicano.
“El presupuesto de la DIDA era igual a una caja chica de Obras Públicas (Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones) en Nagua (un municipio con una población de 79.420 personas). Y con eso funcionamos nosotros con 15 oficinas”, se excusa Marmolejos tratando de explicar las carencias de recursos, el impacto sobre las actividades que le tocó desempeñar y justificar el incumplimiento de la obligación que tenía ese organismo en lo relativo a educar a la población en esos aspectos.
Los reportes presupuestarios de los últimos cinco años reflejan que a la DIDA, que representa a las 9,988,672 de personas afiliadas a la Seguridad Social, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, solo le asignaron entre 131 y 177 millones de pesos (unos 2.5 millones de dólares) para hacer funcionar sus 15 oficinas a nivel nacional.
Con esos fondos debía hacer frente a las reclamaciones de los afiliados a la seguridad social. Según las estadísticas obtenidas a través del portal de transparencia de la DIDA, del 2018 al 2021 las referidas al Seguro Familiar representaron un 38%. Un 8% fueron por pensiones en el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia; y el 54% restante tuvieron que ver con aspectos generales del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Lo curioso es que desde el momento en que oficialmente el Estado dominicano declaró la emergencia sanitaria por la COVID, en marzo de 2020, la DIDA solo recibió 96 quejas de usuarios respecto a los servicios vinculados al coronavirus, según los datos suministrados por la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública (hasta junio de 2021). Sin embargo, al revisar la base de datos de quejas y reclamaciones colgada en el portal web de la institución, en el mismo período se recibieron 18,678 solo en lo relativo al Seguro Familiar de Salud, lo que refleja que el mayor problema del sistema está en el acceso a la cobertura de salud general y en la falta de herramientas de la DIDA para salvar ese problema.
“Yo hubiese querido tener mejores oportunidades para impactar el sistema”, continúa su defensa Marmolejos: “Hacía tiempo que no nos invitaban a las reuniones. Ni siquiera conocía a los consejeros”. Se refiere al Consejo de la Seguridad Social, que decide la suerte de la mayoría de las cuestiones del sistema y donde la DIDA sigue sin tener voz ni voto. Y donde al final del mandato de Marmolejos “ni siquiera tenía presencia”, se lamenta la ex funcionaria.
Tanto ella –una reconocida dirigente sindical antes de fundar la DIDA- como Rafael “Pepe” Abréu, miembro del CNSS, y Chanel Rosa, exdirector del Servicio Nacional de Salud (SNS), coinciden en que a ese órgano lo hicieron dependiente económicamente del Poder Ejecutivo y que no pudo llegar a operar como debería de hacerlo. Hoy la DIDA está ahogada económicamente y sus servicios son precarios, ya que una vez recibe las quejas debe remitirlas a las Aseguradoras de Riesgo (ARS) y en caso de que sus requerimientos no sean acogidos, entonces debe acudir a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), un órgano de la seguridad social que tiene su propia ventanilla para recibir quejas directas de los afiliados. Lo cual hace de la DIDA un organismo prescindible para muchos afiliados.
La base de datos de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) detalla que -a julio de este año- 9,988,672 dominicanos estaban afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS), de los cuales 5,744,332 eran del régimen subsidiado y 4,148,035 del contributivo.
Pero como bien recoge el informe del PNUD, “la calidad del servicio y el alcance de las intervenciones es mejor en la modalidad contributiva: los beneficiarios pueden atenderse en clínicas privadas, reciben subsidios por maternidad y enfermedad, y tienen acceso a los servicios de guardería para sus hijos. En cambio, en la modalidad subsidiada, solo tienen acceso a las instalaciones del sector público, donde el gasto per cápita es menor”.
Eso lo que sufren, por ejemplo, pacientes con enfermedades crónicas que requieren de servicios hospitalarios con altos costos. Eddis Castillo, presidente de la Asociación de Pacientes Renales, se dializa tres veces a la semana desde hace 20 años. La enfermedad ha dejado huellas en su cuerpo, pero no menguó su ánimo de luchar por sus derechos y de los que padecen la misma condición, que supone grandes gastos económicos.
Manifiesta que para el colectivo que dirige, las autoridades no han puesto el empeño suficiente para disminuir sus penurias. Pone como ejemplo la resolución 375 de octubre del 2015, emitida por el Consejo de la Seguridad Social, donde se contempló dar cobertura integral a los pacientes con enfermedades de alto costos. Sin embargo, como esa disposición afectaba los intereses económicos de las Aseguradoras de Riesgo de Salud, se procedió a enmendar el dispositivo en un nuevo texto marcado con el número 431 de octubre de 2017, en el que se condiciona la atención integral solo para las dolencias presentes en el denominado Plan de Prestaciones de Servicios de Salud (PDSS).