Jesús Vásquez / Especial para Acento.com.do

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Superior Electoral declaró inadmisible la acción de amparo electoral incoada por el exaspirante a diputado de la provincia Duarte, Rogely Alfredo Marte Rosario, en contra del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

La sentencia fue dictada en base a lo establecido el artículo 70 numeral 1 de la Ley 131-11 del Tribunal Constitucional y de Procedimientos Constitucionales, que confiere a un juez para declarar inadmisible un caso “Cuando existan otras vías judiciales que permitan de manera efectiva obtener la protección del derecho fundamental invocado”.

En ese mismo orden, el TSE también ordenó la compensación de las costas judiciales por tratarse de un procedimiento constitucional como medida dispositiva del proceso.

Ayer este órgano judicial se reservó el fallo sobre esta acción de amparo en la que Marte Rosario exigió al Partido Revolucionario Moderno que lo incluya en su propuesta nacional electoral.

La parte accionante pidió que se admita la propuesta de su representado, para que la Junta Central Electoral deje sin efecto la boleta congresual de la Provincia Duarte y se incluya a su cliente como candidato, fundamentado en el que el partido no ha cumplido con la cuota de la juventud que establece la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19.

La parte accionada respondió que esa petición debe ser declarada inadmisible por ser extemporánea (que venció el plazo en el que accionante debió realizar ese pedido) y porque es competencia de la JCE definir si la propuesta nacional congresual cumple con la cuota de la juventud necesaria.

El exaspirante a diputado por la provincia Duarte, Rogely Alfredo Marte Rosario, solicitó al TSE que el partido le entregue la lista de candidatos jóvenes de la propuesta nacional a nivel congresual, mientras que la parte demandada rechazó la solicitud asegurando que ese listado “está en manos de la Junta Central Electoral” y el accionante lo puede solicitar directamente en el órgano comicial.