SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Constitucional (TC) acogió la demanda en suspensión de ejecución incoada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), presidido por Miguel Vargas Maldonado,  contra una sentencia de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional que favoreció a Geanilda Vásquez para se reintegrada como secretaria de Organización de la entidad política.

La sentencia del tribunal penal favorecía la reposición de Geanilda Vásquez  como secretaria de Organización del PRD, luego de que fuera suspendida en esas funciones por el Consejo Nacional de Disciplina. Una sanción similar se le impuso a Orlando Jorge Mera, secretario general.

Ambos funcionarios del PRD fueron suspendidos por 2 años en un proceso disciplinario que incluyó la expulsión del ex presidente Hipólito Mejía y del ex presidente en funciones, Andrés Bautista, todos ellos sancionados por supuestamente fomentar la división y la insubordinación contra las autoridades institucionales que representa Miguel Vargas Maldonado.

El 9 de agosto, Vásquez logró una sentencia de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que disponía se le restituyera en su cargo de secretaria de Organización.

Sin embargo, la dirección del PRD solicitó al Tribunal Constitucional la suspensión de esa sentencia, alegando que ya el Tribunal Superior Electoral había emitido un fallo en sentido opuesto, resaltando que este último tribunal es la jurisdicción correspondiente, en un litigio que tiene como partes a una dirigente y a un partido político.

Ante el conflicto generado por la contradicción entre ambas sentencias, el PRD solicitó al Constitucional suspender la ejecución de la sentencia favorable a Vásquez, considerando el TC que en el presente caso se evidencia una singular situación en la que resulta  previsible la posibilidad de que con la ejecución de la sentencia objeto del recurso, se pueda causar un daño irreparable a la estructura del sistema jurisdiccional integra.

Según los magistrados del TC, encabezados por Milton Ray Guevara, el  daño consistiría en una afectación directa a la seguridad jurídica y a la certeza de los asuntos electorales, así como al funcionamiento de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

Resaltaron que en la especie se trata de una singular situación que encuadra con los referidos principios rectores de la justicia constitucional de efectividad y supletoriedad instituidos por la Ley número 137- 11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.