SANTO DOMINGO, República Dominicana.-En las últimas semanas el Gobierno encabezado por el presidente Leonel Fernández ha dado serias muestras de retroceso en el aspecto institucional y de que no le interesa promover el respeto a la Constitución y las leyes.

Tanto el Congreso Nacional como el Poder Ejecutivo han llevado a cabo serios atentados contra la Carta Magna, proclamada el 26 de enero de 2010, y en cuya reforma participaron casi todos los legisladores del oficialista Partido de la Liberación Dominicana, los mismos que actualmente justifican las a esa ley sustantiva.

El Poder Ejecutivo tiró la Constitución al basurero cuando introdujo observaciones que violan a todas luces esta normativa a la ley que regula el Tribunal Consitucional (TC); y el Congreso Nacional cuando admite las modificaciones y aprueba la pieza con una mayoría simple en la Cámara baja (la mitad más uno de los presentes) pese a que se trata de leyes orgánicas que sólo pueden ser aprobadas por al menos las dos terceras partes de los presentes.

Esta arbitrariedad fue la que tuvo lugar la semana pasada con la aprobación de la ley del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) en la Cámara de Diputados.

Esta situación preocupa en gran medida a expertos del derecho constitucional y los ciudadanos comunes, que han llamado la atención sobre el peligro que representa en una sociedad que se supone democrática y con un estado de derecho.

Buscan que las normas "obedezcan a la voluntad del Presidente"

El abogado constitucionalista Nassef Perdomo Cordero entiende que “el único sentido que tiene todo esto es lograr, al margen de lo que establece la Constitución, que estas normas jurídicas obedezcan a la voluntad del Presidente de la República o del partido de gobierno”.

Se está ante “una violación clara, flagrante, a la Constitución de la República”, que representa un gran retroceso para la sociedad, agrega el abogado.

Perdomo Cordero explica también que en la materia, esto constituye un fraude, es decir,  que están interpretando y aplicando la Constitución en un sentido contrario al que ella establece.

La situación está provocando la alarma de otros sectores, como el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), por ejemplo, cuyo presidente Manuel Diez Cabral afirmó que el Poder Ejecutivo está dando pasos muy preocupantes contra la institucionalidad y la democracia.

La respuesta de la Presidencia de la República se produjo este miércoles mediante unas declaraciones de la Dirección de Información, Prensa y Publicidad, en la que lanzan calificativos contra el CONEP, como "tremendista", "ignorante" e "intimidante".

La justificación de los legisladores

La forma arbitraria en que la Cámara de Diputados dio por aprobada la Ley del Consejo Nacional de la Magistratura dejó mucha indignación, sobre todo por los argumentos expuestos por el presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez, para justificar el hecho. Según Pared Pérez, cuando una ley ha sido observada por el Poder Ejecutivo y devuelta al Congreso Nacional, la Cámara correspondiente sólo vuelve a discutir y aprobar las observaciones, de modo que no se aplica la cuota de las dos terceras partes contemplada para las leyes orgánicas.

En este sentido, el abogado Ernesto Féliz de Jesús, que cursa un doctorado en la universidad de Oxford, afirma en un artículo publicado en Acento.com.do que se trata de una explicación poco convincente y a todas luces contrarias al artículo 102 de la Carta Magna.

Para este caso específicamente, la Constitución es muy clara y contempla, en su artículo 102, lo siguiente: “La cámara que hubiere recibido las observaciones las hará consignar en el orden del día de la próxima sesión y discutirá de nuevo la ley en única lectura. Si después de esta discusión, las dos terceras partes de los miembros presentes de dicha cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra cámara; y si ésta la aprobare por igual mayoría, se considerará definitivamente ley y se promulgará y publicará en los plazos establecidos en el artículo 101”.

¿Por qué es tan alarmante la violación de la cuota requerida para aprobar una ley orgánica?

Mientras las leyes ordinarias pueden ser aprobadas por mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los votos de los presentes, las leyes orgánicas necesitan las dos terceras partes de los votos de los legisladores presentes a favor, es decir que demandan un mayor consenso.

El abogado Milton Ray Guevara explica, en un artículo escrito para Acento.com.do, que atentar contra este principio es atentar contra la preservación de la Constitución debido a que la función de estas leyes es “completar las disposiciones constitucionales”, es decir, crear el marco para que la Carta Magna sea aplicada.

¿Qué logra el Gobierno con la aprobación de las modificaciones introducidas a las leyes?

En el caso de la Ley del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobada recientemente en violación a la Constitución, el Gobierno se aseguró de poder controlar que su representación sea mayoría en este organismo a través de las observaciones introducidas a la Ley.

El control de este organismo otorga al partido que esté en el poder la posibilidad de ejercer gran influencia o control sobre el Sistema Judicial, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Electoral, puesto que las funciones del CNM comprenden la designación de los jueces que conformarán estas instancias fundamentales para las decisiones en materia de justicia y de carácter políticoelectoral.