SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Ana María Beligue Delba, Milcíades Yan y Alfredo Oquisten son dominicanos de ascendencia haitiana. Nacieron en distintos lugares del territorio nacional y se conocieron durante la lucha que han sostenido para resolver un problema en común: la Junta Central Electoral se negaba a entregarles copias de sus actas de nacimiento alegando que “fueron instrumentadas con errores o irregularidades”.

Esta medida, dictada a través de la resolución 12-07 de ese organismo, les impide continuar sus estudios, adquirir o renovar visas o pasaportes, y hasta aprovechar algunas oportunidades laborales. Como dice Alfredo, les quita la nacionalidad:

“Soy dominicano, nací y crecí aquí, pero ahora me han quitado mi nacionalidad. No tengo derechos porque no tengo a quién pedírselos”, expresa el joven de 25 años, quien fue informado de que su certificado de nacimiento estaba “suspendido” cuando fue a solicitar una copia porque era un requisito para obtener el pasaporte que necesitaba para iniciar en un empleo nuevo.

El Servicio Jesuita de Refugiados y Migrantes tiene registrados 98 casos similares, aunque a ciencia cierta se desconoce la cantidad de dominicanos que pasan por esta situación.

El organismo ha empujado la incorporación de recursos de amparo en cuatro de los casos y, en todos, los tribunales emitieron en primera instancia sentencias que favorecían a los demandantes.

“Soy dominicano, nací y crecí aquí, pero ahora me han quitado mi nacionalidad. No tengo derechos porque no tengo a quién pedírselos”

En dos de los procesos, sin embargo, la Junta Central Electoral apeló las decisiones de los jueces haciendo una especie de contra demanda en la que solicita anular las actas de nacimiento por tener supuestas irregularidades.

Consideran arbitraria la “resolución”

La resolución 12-07 es considerada como una herramienta ilegal por el abogado Francisco Leonardo, del Servicio Jesuita, quien argumenta que ésta constituye una violación al principio de retroactividad de las leyes, y la califica como arbitraria y violatoria de los derechos humanos.

“La resolución 12 está concebida como una herramienta de tipo político para desnacionalizar, para quitarle la nacionalidad dominicana a todas aquellas personas que presuntamente sean hijas de padres haitianos. Y el criterio para determinar si son hijos de padres haitianos es, simplemente, el apellido”, entiende.

Explica que a todas las personas que han llegado al Servicio Jesuita denunciando que se les está negando la copia de sus actas de nacimiento les corresponde la nacionalidad dominicana porque nacieron bajo una Constitución que así lo establecía.

Indica que la JCE argumenta que esas actas no son válidas porque, con la Ley General de Migración, a partir de 2004, se establece que a los hijos de extranjeros cuyo estado en el país es irregular, no les corresponde la nacionalidad dominicana.

Sin embargo, el abogado repara en que cuando los afectados por la resolución nacieron y fueron declarados esa ley no existía, por lo que entiende que se tomó una medida arbitraria si se considera el principio de que la ley no se aplica de manera retroactiva.

Agrega que la medida es ilegal porque violenta, además, otros instrumentos legales: “Para que sea legal esta resolución tiene que estar apegada a lo que establecen la Ley de Registro Civil, el Código Civil Dominicano y el Código de Procedimiento Civil. Esas tres instrumentos dicen que los oficiales del estado civil tienen la obligación ineludible de expedir copias de todas las actas que están bajo su custodia”.