SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Tras obtener la libertad condicional, Fiordaliza Pichardo González, conocida también como Maritza Zeballoz, no tardó en reclamar su posición como regidora del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), en Bonao.
Posterior a ser dictada la sentencia por la Corte del Distrito Este, con fecha del 01 de agosto, y que la obliga a permanecer dos años en libertad condicional, Pichardo González, regresó el país tres días después, el cuatro de agosto, según lo confirmó su defensor en República Dominicana, José Antonio Bernechea Zapata.
La regidora reformista regresó en un vuelo de la línea aérea Delta en horas de la noche, después de declararse culpable del cargo de sustituir información al dar datos falsos, y hallada culpable de no comparecer ante la corte en junio de 1988, después de que fuera acusada de traficar con tres kilos de cocaína junto a cuatro hombres.
Fiordaliza Pichardo había violado las condiciones de libertad condicional y 22 años después fue elegida regidora por Bonao, por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC). El caso está marcado con las referencias 88 CR 0409 (RJD) 26792-053, en Brooklyn, Nueva York, según la orden de arresto 13-3623-AOR, que indica que se encontraba en calidad de “prófuga de la justicia norteamericana”.
El cinco de agosto, un día después de su regreso a territorio dominicano, Pichardo González envió una comunicación al Ayuntamiento de Bonao y a la presidencia de la Sala Capitular reclamando su condición de regidora, amparada, según dijo, por el fallo 011-2014 del Tribunal Superior Electoral, el cual le permite retomar su posición.
Antes de salir de los Estados Unidos, dejó una demanda judicial contra las autoridades policiales que la apresaron, la acusaron de tráfico de drogas, con el nombre de Maritza Zeballoz, y la introdujeron en una celda de hombre porque determinaron que sus órganos eran masculinos, pese a la apariencia de mujer.
La sentencia TSE011-2014 con motivo de la Acción de Amparo de Cumplimiento incoada el 26 de febrero de 2014, por María Antonia Nín Eusebio de Valdez, contra el Concejo de Regidores del Ayuntamiento del Municipio de Bonao, conformado por Fiordaliza Pichardo de Veloz, José Julián Paulino Núñez, Julio Guerrero Roa, entre otros, ratifica a Nin Eusebio de Valdez como suplente de Pichardo de Veloz, debido a la ausencia del territorio nacional de la Regidora en el momento.
A Fiordaliza Pichardo González le fue otorgado un permiso de 15 días para ausentarse de sus labores, según lo establece el artículo 45 de la ley 176-07, por lo que para la fecha indicada en la acción de amparo, tenía unos dos meses fuera del cargo.
En enero del 2014, le fue otorgado un permiso solicitado por la regidora titular (Pichardo González), de ausencia de forma indefinida, lo cual fue señalado por los representantes legales de Nin Eusebio, Nelson Agramonte y Leonardo Suero, como violatorio del artículo 45 de la referida ley.
La situación empujó a las partes a regresar al Tribunal Superior Electoral, en donde se conoció una nueva Acción de Amparo de Cumplimiento, incoada el 25 de agosto del 2014, interpuesta por Nín Eusebio contra Pichardo.
A través de sentencia TSE-047-2014, el máximo tribunal declaró improcedente la Acción de Amparo y falló a favor de la regidora, quien regresa a su puesto por decisión “ejecutoria sobre minuta”, tras meses de ausencia en el extranjero, al ser detenida en Estados Unidos.
En la sentencia del caso 1:88-Cr-00409-RJD, a Pichardo González (Zeballoz) se le prohíbe regresar a Estados Unidos sin la expresa autorización por escrito del procurador general de los Estados Unidos. Esto, como una condición especial de supervisión impuesta por la corte.
Se desconoce si para este punto, la regidora por el partido ‘colorao’ realizó un acuerdo con las autoridades norteamericanas, por lo cual obtuvo la libertad condicional y pudo regresar al país, los motivos por los cuales no fue procesada por el expediente número 13-3623 AOR, sobre narcotráfico o el seguimiento que estas darán a la funcionaria por los próximos dos años.
Documentos para descarga.
Sentencia Corte Distrito Este N.Y.C contra Fiordaliza Pichardo
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