Jesús Vásquez/Especial para Acento.com.do

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El aspirante a diputado de ultramar por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), German Ramírez afirmó este viernes 13 que “es obvio” que el precandidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, está utilizando recursos públicos en su propaganda electoral.

Ramírez aseveró que los fondos estatales no deben destinarse “en beneficio de unos cuantos, como está haciendo ahora el PLD; específicamente el precandidato Gonzalo Castillo”. 

El también secretario del PRSC aseguró, al tiempo en que depositó un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional, que “no hay manera de que un ser humano pueda gastar tanto dinero en publicidad y en movilización en tan poco tiempo, sin recibir apoyo del Estado”.

Destacó que esa medida es “la usual del gobierno del PLD”, lo que calificó como una situación que la sociedad dominicana no puede permitir más.

Ramírez llamó a la Junta Central Electoral (JCE) a ser más estrictos con el requerimiento de los reportes de gastos utilizados en la precampaña, y la fiscalización de estos recursos.

Deposita acción de inconstitucionalidad 

El dirigente político depósito una acción de inconstitucionalidad al artículo 7 de la Ley 136 – 11 sobre la elección de los diputados y diputadas en el exterior, y el párrafo 6, del artículo 6 del reglamento electoral.

El aspirante reformista consideró que las listas cerradas y bloqueadas que contempla la ley y el reglamento electoral,  “son contrarias al artículo 208 de la Constitución que establece el voto directo”.

Explicó que en Estados Unidos hay una lista que no permite al votante elegir directamente al diputado de ultramar, lo que es una violación  al derecho constitucional de que el voto sea directo.

“El votante elige a uno, pero la Ley beneficia a otro, y es por esto que ahora los  diputados no representan a la diáspora, porque su curúl fue obtenida por posición, no por el trabajo realizado beneficio de los dominicanos en el exterior”, agregó.

Ramírez Júnior señaló que según la Carta Magna en su Artículo 208 el voto es personal libre directo y secreto “nadie puede ser obligado  coaccionado bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio. Ni a revelar su voto”.