SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Asamblea Nacional en función de Asamblea Revisora aprobó este viernes la reforma de la Constitución para restablecer la reelección presidencial por un único período, lo que permitirá la repostuación del presidente Danilo Medina.
La propuesta recibió 181 votos a favor, y 39 en contra. Cuatro asambleístas estuvieron ausentes de la sesión de este viernes.
Como proponía la ley que declaró la necesidad de reformar la Constitución de la República, el presidente de la República Dominicana podrá optar por un único intento de reelección, y gane o pierda no podrá volver a aspirar nunca más al mismo cargo ni al cargo de vicepresidente.
La asamblea comenzó a sesionar a las 10 de la mañana y concluyó a la 1:10 de la tarde. En ese momento la presidenta de la Asamblea Nacional, senadora Cristina Lizardo, anunció un receso de 40 minutos para volver al salón y concluir formalmente con la sesión.
Durante el receso, la Comisión de Verificación hará las revisiones definitivas al texto de la reforma que crea la nueva Constitución de la República Dominicana.
Este sábado (mañana), la nueva Constitución de la República Dominicana será proclamada.
La reforma constitucional se hizo por petición del Comité Político del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que aprobó la propuesta 23 votos contra 12. De esa manera, se da por contado que el candidato presidencial del PLD será el presidente Danilo Medina.
Propuesta de Reinaldo Pared:
El artículo dos de la presente reforma tiene por objeto:
a) Permitir que el Presidente de la República pueda optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
b) Establecer un artículo transitorio que consigne que en el caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2016, sea candidato presidencial para el período 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro.
Como quedo aprobado:
La Comisión que rindio el informe al plenario de la Asamblea Nacional Revisora, y tomando como base lo redactado por la Comisión de Estilo, del 7 de junio del año en curso, presentó entre las recomendaciones siguientes:
Primero: Aprobar el texto sugerido por la Comisión de Estilo de la Asamblea Nacional Revisora, en relación al artículo 124, para que el mismo quede de la manera siguiente:
La Asamblea Revisora aprobó el artículo 124.- para que exprese: Elección presidencial. El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la República, quien será elegido o elegida cada cuatro años por voto directo.
El Presidente o la Presidenta de la República podrán optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República.