Santo Domingo, República Dominicana (EFE).- El abogado y catedrático universitario Namphi Rodríguez aseguró que será declarada inadmisible la acción de inconstitucionalidad incoada contra el artículo transitorio de la Constitución de 2015 que impide la reelección del presidente Danilo Medina.

Esto, señaló, porque el Tribunal Constitucional (TC) no puede juzgar la constitucionalidad de la propia Carta Magna.

Rodríguez, quien es catedrático de Derecho Constitucional de la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), señaló en un comunicado, que el artículo 185 de la Constitución establece cuáles son las normas que pueden ser objeto de control directo de constitucionalidad, entre las que enumeró las leyes, decreto, resoluciones, ordenanzas y demás actos normativos, pero nunca la propia Constitución.

"Es un desatino que sectores oscuros pretendan enrumbar al Tribunal Constitucional y al país en la ola de inestabilidad institucional en que se han embarcado naciones como Nicaragua, Honduras o Bolivia, donde sus tribunales constitucionales fueron presionados para que desconocieran la normatividad de la Constitución y aprobaran la reelección indefinida", dijo.

Subrayó que el Tribunal Constitucional "está llamado a salvaguardar la integridad y unidad de la Constitución, por esa razón, la existencia de garantías constitucionales como la acción directa de inconstitucionalidad no proceden contra la Constitución, "pues están destinadas a defenderla, no a atacarla".

Las declaraciones de Rodríguez se producen después de que se informara de que el abogado Fredermido Ferreras Díaz presentó un acto de inconstitucionalidad en contra del artículo transitorio de la Constitución de 2015 que impide la reelección de Medina.

El acto fue presentado el pasado 15 de febrero, según se precisa en la página electrónica del Tribunal Constitucional.

El citado artículo señala que "En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República".

La hermana del presidente Danilo Medina, la diputada Lucia Medina, dijo ayer que la Constitución no prohíbe al gobernante optar por un nuevo período, pero que esa es una decisión personal del gobernante.

"Hay muchas voces que dicen que él no está habilitando, pero yo digo que sí. En 2015 se modificó la Constitución y esta dice dos periodos consecutivos y nunca más (…) con esa Constitución él lleva uno y le falta uno", dijo a periodistas la expresidenta de la Cámara de Diputados.

No obstante, afirmó que "la decisión la tiene él (Danilo Medina), no la decido yo, no la decide el Partido de la Liberación Dominicana, la decide él y el pueblo que es que manda al final".EFE