Hace dos días nos hicimos eco de la propuesta del Procurador General de la República, en cuanto a la modificación de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana, para que el consumo de drogas sea tratado como un problema de salud pública,  y de una revisión a la Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos.

A propósito de este tema, el 11 de diciembre del año 2011, a través de esta misma columna, publicamos el artículo titulado “Juzgados especializados, la droga y el Estado”, el cual consistió en una actualización de un artículo similar que publicáramos desde nuestro blog en el año 2009. A saber:

“Es por ello que se impone, que el Estado ponga en ejecución una “Estrategia Nacional” que impulse y promueva una revisión exhaustiva de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas en la República Dominicana y la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos, que tenga como resultando la creación de la Ley sobre Drogas y Delitos Económicos, la cual instituya, de manera especial, el aumento de las penas, la sanción a la tentativa del tráfico de drogas, la conspiración y la creación de los juzgados penales especializados en narcotráfico y delitos económicos, permitiendo esto último que, los hombres y mujeres que sean designados para presidir estos juzgados, sean debidamente capacitados en el área específica citada, lo cual garantizaría enormemente una correcta interpretación y aplicación de las leyes adjetivas y sustantivas del derecho penal en toda su extensión. Prueba de ello, lo constituye el hecho de que los profesionales se dirigen insistentemente a la especialización, ya que las personas que van en procura de una asistencia jurídica precisa, pues se dirigen donde aquel abogado que tenga un intenso reconocimiento social y académico en el área en que se procura el servicio, toda vez que esto garantiza, no obstante el agotamiento de los medios adecuados, que dicho profesional pueda tener éxito en el proceso jurídico que dirige. Asimismo, el Estado, en su condición de víctima frente al narcotráfico, y motivado por que el fenómeno de las drogas y las realidades asociadas a él, contienen un potencial desintegrador de la familia, principal célula que sostiene a la sociedad, de la convivencia social e incluso de las mismas instituciones que lo conforman, debe de garantizar, a cualquier costo o precio, sin importar que “las hienas” se interpongan, que las leyes que sancionan a este delito transnacional, sean aplicadas, como fruto de la especialización, a través de la razón basada en la combinación de la intensa interpretación de la norma jurídica y el daño social que genera su violación.

La creación de los juzgados penales especializados en materia de narcotráfico y delitos económicos, iría más allá de la sanción a los narcotraficantes y lavadores de activos, sino que también estarían funcionando como juzgados especializados en drogodependencia, en combinación con un intenso y constante “Plan de Prevención de Drogas” a nivel de escuelas, colegios y universidades, a través del cual, y con la anuencia de las autoridades académicas, sean instituidas de manera obligatoria las asignaturas de prevención de drogas.

Los antecedentes modernos del movimiento de estos juzgados, pueden registrarse desde el juzgado de tratamiento de drogas, fundado en Miami en el año 1989. Estos fueron una respuesta al reconocimiento de que procesar en los juzgados de lo penal cargos de posesión de drogas “que no implicaban violencia”, y enviar a los consumidores a prisión no procuraba generar un cambio en la conducta adictiva de éstos. Las listas de los juzgados de lo penal se saturaron con estos casos sobre drogas, y la intervención de estos juzgados y la prisión, parecían tener poco efecto para evitar la repetición del problema de consumo. El resultado fue un efecto de “puerta giratoria” en la que los delincuentes drogadictos volvían a su conducta de abuso de drogas en cuanto salían de prisión. En vez de continuar con el planteamiento tradicional de la justicia penal, el juzgado de tratamiento de drogas enfatizó la rehabilitación del delincuente y asignaron al juez como un miembro del equipo de tratamiento.

Lo propio acontece en la República Dominicana, en especial en el Distrito Nacional y la Provincia de Santo Domingo, en donde los juzgados de la instrucción procesan diariamente más de diez casos cada uno en la etapa de medidas de coerción, lo cual constituye una cifra alarmante, que genera que los juzgados y los representantes del ministerio público “se llenen” de casos de simple posesión, cuyo procesamiento y sanción no garantiza que el consumidor no vuelva a hacerle caso al “mono” y caer nuevamente en la maldita adicción. Es por ello que, proponemos, a través de la modificación de la ley, ampliar el concepto de aplicación de la suspensión condicional del procedimiento, y que los adictos, a pesar de tener antecedentes de consumo, una vez se declaren culpables, acepten en consecuencia participar en un juzgado de tratamiento de drogas como condición de la libertad vigilada, acuerden mantenerse libres del consumo, participar en un curso de tratamiento de drogas prescrito, someterse a una prueba periódica de dopaje para controlar su cumplimiento con el plan de tratamiento y acudir periódicamente al juzgado para la supervisión judicial de su progreso.

En torno a esta propuesta, sé que algunas voces del sistema dirán que el adicto no podrá recuperarse, ya que un procedimiento de este tipo constituye un medio coercitivo de tratamiento, en el cual no interviene la “auténtica” voluntad del consumidor; y nosotros le respondemos que, tal vez, para salvar la sociedad, deberá entonces el Estado esperar que el adicto, motivado por su “voluntad visceral” quiera retirarse del consumo cuando ya se haya hecho bastante tarde y su cerebro valga menos que un “gesto”.

Finalmente y motivado, reconozco que es difícil la batalla que debe de librar el Estado en contra del narcotráfico, ya que este nos lleva la delantera, porque se ha convertido en el “negocio” mundial más rentable, pero, debemos de duplicar los esfuerzos en contra de este mal, ya que “la medicina más escasa, las más insuficiente, es la de remediar la mente”, según escuché a Silvio Rodríguez cantar, y no podemos en ninguna forma permitir que nuestra sociedad se abarrote de interdictos, los cuales mañana pueden convertirse en nuestro gobernantes”.

Señor Procurador, le felicito por la iniciativa, sin embargo, sigamos remando contrario al litoral, un poco más profundo, alejados de las ramas, un poco más allá, en donde el mar rompe el cielo y los sueños suelen descansar.