El poder judicial dominicano y el propio Ministerio Público han dado muestras constantes de inmadurez institucional. Los clamores sociales por un Ministerio Público independiente no solo en los textos legales sino también en la práctica jurisdiccional, así como los frecuentes cuestionamientos sobre la composición del Consejo Nacional de la Magistratura constituyen muestras evidentes de que la institucionalidad judicial en nuestro país todavía es una tarea en progreso. En este marco, considero que seguir dotando al sistema de justicia de capacidades que sobrepasan sus cualificaciones constituye una peligrosa herramienta para manos desconocidas.

Es suficiente observar la prisión preventiva, una medida que constitucionalmente tiene carácter excepcional y que en justicia vemos su aplicación ligera por 12 y 18 meses, para darnos cuenta que las letras que inscriben las garantías judiciales en nuestros textos legales son insuficientes cuando existe una práctica consagrada y constante de vulneración de derechos fundamentales por parte incluso del propio poder público y que bajo presiones mediáticas y sociales hacen claudicar muchas veces el principio de favorabilidad que debe primar en la interpretación de las normas que regulan los derechos fundamentales.

Mas allá de estudiar y favorecer la perfección abstracta de un documento legal con las características de la Ley de Extinción de Dominio, es preciso reflexionar en concreto sobre las condiciones en que se encuentra el sistema de justicia, bajo indicadores como: el uso que han hecho hasta la fecha de los poderes que le han conferido la Constitución y las leyes, el respeto al debido proceso, las resoluciones de las denuncias contra jueces y fiscales, y partir de ahí analizar la capacidad para seguir dotándolas de armas que pueden limitar el libre y pleno goce y ejercicio de los derechos fundamentales como la libertad y la propiedad sobre los cuales se sustenta el Estado de Derecho.

Aprobar una Ley de Extinción de Dominio en términos amplios, vagos e imprecisos como la de muchos de los distintos anteproyectos que reposan en el Congreso puede erigirse en un arma adicional para investigaciones guiadas, para expedientes creados, para “muñecos armados” como se dice en el argot popular. La confianza de la ciudadanía en la justicia todavía es una tarea pendiente en nuestra sociedad. La hermenéutica constitucional, norma de carácter programático, exige considerar los indicadores que puedan señalar la idoneidad de las normas que buscan establecer un clima de paz y justicia social en nuestro país.

Este proceso de construcción de confianza en la justicia me hace recordar los Federalist Papers, un conjunto de ensayos publicados bajo el seudónimo de Publius mediante los cuales los padres fundadores de los Estados Unidos de América convencieron a muchos escépticos sobre las bondades de un sistema de justicia federal con capacidad de restringir derechos fundamentales de todos los habitantes de la federación. Creo que la discusión sobre la Ley de Extinción de Dominio en nuestro país sobrepasa la temática legal y debe ser asumida también en su dimensión sociológica para contemplar las condiciones reales de los operadores jurídicos para administrar poderes tan amplios que pudieran ser cauce de injusticias y restricciones ilegítimas.