Los cambios trascendentes en el sector eléctrico dejan ver sus beneficios después de algunos años de correcta aplicación. Si esta administración quiere tener éxito en el sector debe actuar con más rapidez, pero sobre todo respetando la Constitución de la República, las leyes, reglamentos y procedimientos vigentes.
El Artículo 147 de la Constitución, sobre la finalidad de los servicios públicos, dice textualmente:
¨Los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades de interés colectivo. Serán declarados por ley. En consecuencia:
1) El Estado garantiza el acceso a servicios públicos de calidad, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de propiedad accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con esta Constitución y la ley.
2) Los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, en las modalidades legales o contractuales, deben responder a los principios de universalidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria;
3) La regulación de los servicios públicos es facultad exclusiva del Estado. La ley podrá establecer que la regulación de estos servicios y de otras actividades económicas se encuentre a cargo de organismos creados para tales fines¨.
La regulación de las empresas del sector eléctrico la estable la Ley General de Electricidad 125-01, su reglamento de aplicación y los reglamentos y procedimientos emitidos por la Superintendencia de Electricidad.
Las tres empresas distribuidoras que surgieron del proceso de capitalización de la Corporación Dominicana de Electricidad en los años 1998 y 1999 estuvieron administradas por empresas privadas, Edenorte y Edesur hasta el 2003, y Edeeste hasta el 2005, las que mediante un proceso de recompra volvieron a ser propiedad exclusiva del Estado. Las causas del fracaso de la capitalización de las tres distribuidoras fue en su momento un tema muy debatido y no lo vamos a tratar en este artículo, en cambio haremos un ejercicio de optimismo en relación a este sector tan importante para el desarrollo económico y social del país.
Mirando hacia el futuro, y suponiendo que se han superado todas las ineficiencias de las Empresas Distribuidoras Estatales (EDE), gracias a un proceso de capitalización realizado como ordena la legislación vigente, y a la satisfacción del justo reclamo de la sociedad de que se cumplan las leyes y se mejore la calidad de vida y la seguridad ciudadana, vemos como resultado de esta trascendental decisión que el servicio público de electricidad alcanza la condición de estado estable, con una tarifa técnica que remunera adecuadamente a los proveedores, donde los segmentos de generación y comercialización están abiertos a la competencia, y los de distribución y transmisión son monopolios regulados, financieramente auto-sostenibles, y los usuarios son compensados cuando se violan las índices de calidad de servicio, de manera que finalmente se puede decir que la industria eléctrica dominicana alcanzó la etapa de madurez en su desarrollo.
En ese escenario las empresas de los cuatro segmentos operan con una rentabilidad financiera que les permite pagar impuestos sobre la renta, contribuyendo de esa manera a financiar el presupuesto del gobierno. Estos ingresos, sumados a los que recibe el gobierno por su participación accionaria en empresas del sector, son la fuente para financiar el subsidio a la tarifa eléctrica que favorece a los usuarios de menores ingresos.
Es muy probable que en ese escenario futuro, donde todas las empresas del sector eléctrico operan con margenes razonables de rentabilidad, los ingresos fiscales que perciba el gobierno del sector eléctrico no solo cubran el subsidio a la tarifa, sino que alcancen para pagar la deuda externa generada por las ineficiencias de las EDE, y una vez cubierto este compromiso, sirvan para hacer mayores aportes al presupuesto nacional, de suerte que el gobierno puede aumentar los recursos destinados a la educación, la salud, y el transporte público, con el fin de cumplir con las promesas de elevar la calidad de vida de sus ciudadanos.
En ese escenario el subsidio a la tarifa eléctrica es un subsidio focalizado que solo beneficia a los usuarios que realmente lo necesitan. La depuración de los clientes para identificar a los beneficiarios es una tarea compleja en la que participan las empresas distribuidoras, las instituciones del Gabinete Social, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Hacienda, el Banco Central, el Ministerio de Energía y Minas, la Comisión Nacional de Energía y la Superintendencia de Electricidad.
Para llegar a ese estadio de desarrollo se llevó a cabo primero la tarea de identificar los usuarios que realmente califican para recibir el subsidio. De esta manera se corrigió el error de subsidiar el servicio en función del nivel de consumo, un criterio que no satisface los requerimientos de la Constitución, pues puede beneficiar a usuarios que no lo necesitan y perjudicar a otros que si lo necesitan. Esta ineficiencia de la actual política tarifaria es reconocida por técnicos de las EDE y de las instituciones del sector.
Teniendo en cuenta la historia de la industria eléctrica dominicana, en particular del servicio de distribución, y los diferentes mecanismos utilizados para defraudar a estas empresas, insisto en recomendar que el segmento de comercialización esté conformado por empresas abiertas a la participación accionaria de los usuarios, con el propósito de desarrollar una responsabilidad social colectiva que desaliente la comisión de fraudes y garantice una operación eficiente, de tal manera que las comercializadoras puedan ofrecer a los usuarios un servicio de calidad al precio justo, y a sus accionistas el pago de dividendos al final de cada periodo fiscal.
Creo que la presente administración aún tiene tiempo de iniciar el proceso de hacer realidad el escenario descrito en los párrafos anteriores, dando inicio al proceso de recuperación del sector eléctrico mediante la capitalización de las EDE, que culminaría en el estado estable antes descrito, que puede alcanzarse en menos de dos periodos tarifarios, si el proceso se lleva a cabo eficientemente.