La Ley 352-98 sobre protección de la persona envejeciente arriba hoy a sus 15 años de promulgada, con muy pocos logros que nos motiven a bailar por ella aquel Vals de las Mariposas. Son 53 artículos que exigen, entre otras cosas, salud, vivienda, alimentación, empleo y múltiples beneficios para tener un envejecimiento digno y saludable.

Al momento de su aprobación, fueron considerados los datos estadísticos del censo del 93’, que contabilizó en más de 364 mil, la cantidad de personas mayores de 65 años en el país. 15 años después, esta cifra ha aumentado a cerca de 900 mil personas que cuentan con una ley que los ampara pero que no se cumple.

Repasando la ley, uno se encuentra en cada esquina artículos y párrafos que, de haberlos llevado a la realidad, muchos envejecientes no estarían pasando el viacrucis que se relata en los diarios, mucho después de haber cumplido sus 65 años reglamentarios.

La tercera edad es el futuro de todo ser humano, en consecuencia, esta ley nos afecta a todos, como hijos, hermanos, padres, tíos, sobrinos o simplemente vecinos de algún adulto mayor necesitado.

Más la ley no solo compromete al Estado. Compromete en igual medida a la sociedad, la misma que echa a un lado todo lo que no es productivo, rápido y socialmente importante. El Art. 3, destaca el derecho que tiene el adulto mayor a permanecer con su núcleo familiar, mientras que el Art. 13 defiende una pensión alimenticia departe de los familiares, cuando el adulto mayor no tenga sustento económico.

Exceptuando los gastos en salud, es muy común considerar en último lugar las necesidades de nuestros familiares mayores. En estos casos, darles calidad de vida es comprarle la última pastilla del momento, alimentarle y, llegado el día, depositarle en la casa del próximo familiar que pueda cuidarle o de lo contrario habrá que pensar en un hogar de ancianos. ¿Realmente hay una vida digna en ello? ¿Se mantiene el respeto por sus deseos?

Comprendo lo difícil que es sostener una familia en un país tan deficitario como el nuestro. Y quisiéramos que ellos, los adultos mayores, en vez de requerir ayuda monetaria, aportaran a aliviar la carga de su sostenimiento. Y he aquí una buena noticia: la ley contempla su derecho al empleo y a la generación de ingresos, sin embargo, es difícil encontrar un trabajo en donde el rango de edad requerido pase de los 65 años. Mi madre, con 50 años aunque los niegue, encontró hace unos días una oferta de empleo en donde requerían una persona mayor de 45. Era la primera vez que no tendría que mentir sobre su edad para aplicar a un puesto de trabajo.

De los beneficios que confiere la ley de los adultos mayores, la atención preferencial se destaca como la más visible de todas, como si los pases de fila y los parqueos especiales representaran el sitial que poseen realmente en nuestra sociedad. Más allá, los envejecientes necesitan que el respeto que les debemos como sociedad sea tangible y redunde en una mejor calidad de vida en toda la extensión de la palabra. Los miles de adultos mayores necesitados que tenemos en nuestro país, no tiene razones para ir al banco y tampoco tienen con qué usar los parqueos reservados en las plazas. Ellos necesitan con urgencia una pensión que les sostenga y una sociedad que les apoye y les brinde espacio y formas de continuar con sus vidas.