Una nueva administración ha sido designada para gestionar la estructura de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial del país, la cual dará continuidad al proceso de reforma en el cual se encuentra el sector a partir de la promulgación de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Con la creación del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), establecido en el artículo 7 de la citada norma legal, se inició el proceso de integración administrativa demandado durante años para fusionar en un solo organismo el conjunto de decisiones esparcidas en diversas instituciones del Estado. Los primeros tres años fueron claves para el avance en la aprobación del compendio reglamentario establecido por la Ley, la formulación de instrumentos para la gestión de la movilidad y la definición de procedimientos para la operación de los distintos componentes que intervienen en el sector.

A partir de este momento se presenta un nuevo desafío en materia de movilidad para la presente gestión; impulsar la transformación de la estructura de transporte colectivo de las principales ciudades del país como solución definitiva al caos del tránsito y el transporte. Esta transformación es el camino para disminuir la congestión vehicular, mitigar la contaminación, reducir los niveles de accidentalidad, mejorar la circulación de los distintos modos de transporte, liberar las calles de los “conchos”, aminorar los tiempos de desplazamiento entre un punto y otro de la ciudad y en definitiva acercar la ciudad a la gente, lo cual es sinónimo de vivir en un mejor hábitat.

En la medida que se fomente un nuevo modelo de transporte que induzca el cambio de los desplazamientos individuales hacia el desplazamiento colectivo, en esa medida tendremos ciudades más accesibles para las grandes mayorías y a su vez se mejoraría sustancialmente los movimientos de toda la población.

Para estos fines la propia Ley 63-17 establece el mandato de planificar y diseñar el sistema integrado de transporte público de pasajeros (Numeral 3, Art. 9), el cual fue concebido como un sistema institucional de participación público-privado para integrar una serie de aspectos, que mejoren la oferta de transporte colectivo a nivel urbano e inter-urbano y a su vez brinden alternativas para desplazarse de un punto a otro de la ciudad sin la necesidad de recurrir obligatoriamente al vehículo privado.

A nivel urbano este sistema debe planificarse en coordinación con los Ayuntamientos, vinculando la oferta de transporte con las actividades que se realizan en la ciudad. De igual manera se requiere avanzar en el fortalecimiento de la Oficina Metropolitana de Servicio de Autobuses (OMSA) y la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), como proveedores de la oferta estatal; la cual debe estar vinculada al resto de los prestadores del servicio debidamente constituidos, con la finalidad de garantizar la integración tarifaria y la interoperabilidad de todas las unidades que forman parte del sistema.

El camino hacia la solución definitiva del caos en la movilidad urbana está trazado, solo falta poner en marcha las acciones estructurales y coordinadas que permitirán devolver a la ciudad el orden necesario para que las piezas funcionen en armonía, por el bien de la ciudadanía.