Significa nombrar la muestra, para el catálogo de muestras, para desterrar la decisión de la memoria y de la mente iluminada del juez, para cuando se trate de evacuar una sentencia o de relacionarla una con la otra, exista una muestra con un nombre. Entonces acontece que nos servimos de una muestra del catálogo de muestras. Aquí el método sirve como una regla procedimental, porque si no identificamos el método, tendremos la incertidumbre que genera una sentencia originaria, no de la memoria del juez, sino de la mente iluminada del juez que tiene una connotación de la voluntad. A diferencia de cuando trabajamos con la muestra o con la sentencia originaria, en vez de fallar con la mente iluminada, fallará con la muestra o la sentencia originaria. De esta forma, los fallos mantendrán la seguridad jurídica y el principio de igualdad, toda vez que la sentencia debe ser en base al nombre de la muestra que es el método.

Hay que combatir los fallos de la memoria, o de la mente iluminada del juez. Si existe una muestra o una sentencia originaria, y el juez juzga en base a la memoria o a su mente iluminada, puede haber una destrucción de una jurisprudencia de la muestra, o de la sentencia originaria; pero el Método de Relación Jurídica no puede ser destruido, y ese es el significado del método, porque se constata, no puede ser destruido, porque no depende de la memoria del juez ni de la mente iluminada ni del intento o destrucción de una muestra, o una sentencia originaria. Su uso no depende de la mente ni de la memoria del juez. Es aquí en donde radica la importancia de su identificación y su identidad, porque el juez cuando falla una sentencia originaria, petrifica el método.

Cuando hablamos del Método de Relación Jurídica, estamos hablando de la existencia de relaciones jurídicas entre un caso y otro. Entonces, no tiene sentido hablar del método, cuando no hay relaciones entre dos cosas.

Cuando identificamos el Método de Relación Jurídica de una sentencia, estamos identificando una muestra, con la cual podemos hacer comparaciones como precedente. Por lo que, es tarea de toda la comunidad jurídica constatar por medio del Método de Relación Jurídica, la semejanza, contigüidad con un caso y otro.

Cuando usted habla del obiter dictum de una sentencia, usted está nombrando el obiter dictum; pero cuando usted describe, usted está hablando del Método de la Relación Jurídica. Como diría Wittgenstein: “Una cosa es nombrar y otra es describir: nombrar es una preparación para describir… Al nombrar una cosa todavía no se ha hecho nada”.