En el control de la violencia, creo que la prisa y la aceleración conque aquí se hacen las cosas, y la proclividad caribeña de confundir el análisis juicioso de los problemas sociales con la proclama de discursos retóricos, frases bravuconas y oraciones ampulosas, impiden que este problema social se trate con el debido rigor científico que merece. En esta entrega comento siete (7) métodos contra la violencia para provocar en los actores estratégicos locales y nacionales, la seria consideración del problema.
Primero: la Violencia es un problema social y de salud pública. Las tesis originarias efectuadas en Centroamérica y calificadas con A+ en la década de los 80 por mi colega y amigo, Edmundo Muñiz Patín y la mía fueron exactamente esas: el estudio de la epidemiología de la violencia y los accidentes de tránsito. Si estos dos hechos sociales generan tanto daño humano, gran inversión en los hospitales y tiempo de atención en emergencias y cuidados intensivos, entonces es una obligación del Estado etiquetarlos y tratarlos como tales. Varios rubros presupuestarios deben financiar su estudio y control en el presupuesto del Ministerio de Salud y de otras dependencias del gobierno.
Segundo: la violencia y los accidentes de tránsito tienen un comportamiento epidemiológico; por lo tanto en varios momentos del año, en correspondencia con los problemas sociales y humanos, sucederán episodios de "Brotes Epidemiológicos Rápidos" de casos de violencia concentrados en ciertos territorios con alto riesgo. Pero si esos brotes de violencia o accidentes se mantienen, aumentan y concurren territorialmente entonces se transforman en una 'Epidemia'. Luego si posteriormente estas epidemias se sostienen y traspasan fronteras de ciudades, países y naciones entonces se conforma una "Pandemia". Es fundamental entender además que si el problema se reduce, pero no se controla y continúa permanentemente apareciendo casos, entonces estamos ante una 'Endemia' de violencia o accidentes.
Tercero: si admitimos este abordaje metodológico precedente tal como ya lo ha considerado la Organización Panamericana de la Salud (OPS), entonces podemos pasar a su estudio operativo de control. Cuyo paso inmediato es establecer un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de la Violencia y los Accidentes. En Santiago y la nación se impone en consecuencia, que exista el registro, la notificación obligatoria y el seguimiento de todos los casos tanto de accidentes y violencia asociada a la delincuencia o de tipo intrafamiliar y contra la mujer
Cuarto: si la violencia es una epidemia, entonces es obligatorio de acuerdo a la Ley 42-01 que cada territorio de Santiago y la nación deba diseñar la metodología del "Canal Endémico". Esto es un sistema en el cual se estudia el comportamiento de la violencia en meses y años precedentes para pronosticar la violencia y los accidentes que pueden suceder a futuro. Incluso ya existe una automatización y geo-referencia por territorio que puede ayudar a pronosticar dónde, en qué tiempo y lugar sucederá los posibles hechos y casos delincuenciales en cada barrio, sector o zona de la ciudad.
Quinto: la prevención tiene un método vinculado a la atención primaria de la violencia, por lo que en este caso debe dividirse la prevención de estos casos y hechos en: i) prevención primaria, ii) prevención secundaria y iii) prevención terciaria. Esto significa que si se quieren controlar los accidentes y las violencias a cada tipo de prevención le corresponden actividades y tareas concretas antes y después de que ocurra el daño a la salud humana que condicionan y precipitan estas patologías sociales.
Sexto: la violencia y los accidentes como problema de salud no requieren que se creen nuevos promotores comunitarios, menos aún los llamados "voceros" del Ministerio de Interior y Policía, sino que las ciudades y países que han sido exitosos en este tema, utilizan todo el sistema de promotores que han desarrollado los diversos Ministerios de Salud de América. En República Dominicana estaríamos hablando de más de 30 mil agentes sociales comunitarios que pueden integrarse a este sistema. No hay que contratar a nadie más, ni darle armas, cheques, motores y casas a ningún líder comunitario que no sea promotor registrado, capacitado y reconocido por el Estado dominicano. Y finalmente.
Séptimo: las reformas a las leyes no se pueden reducir a 15 artículos del Código Penal, ni del procesal penal, sino que como resultado de las mediciones epidemiológicas efectuadas puedan los ayuntamientos nacionales en coordinación con el gobierno nacional, emitir ordenanzas y disposiciones que aseguren la toma de medidas de coerción, educación ciudadana, de ofertas de oportunidades a los sectores y barrios mayormente registrados e involucrados en el gran problema de la violencia.