En enero de 2019 se conmemoró el séptimo aniversario del Tribunal Constitucional de la República Dominicana (“TCRD” o el tribunal). En 2016, publiqué una serie artículos con estadísticas e indicadores de desempeño del TCRD. Conmemorando el aniversario del tribunal y aprovechando la publicación de los boletines estadísticos para el cierre de 2018, este artículo presenta algunas de sus métricas financieras y de desempeño.

Los indicadores incluyen información sobre tasas de resolución (clearing rates), entradas y salidas de expedientes, y datos presupuestarios del TCRD. Es importante resaltar que estos datos son cuantitativos. Es decir, que no dicen mucho sobre el fondo de las decisiones del tribunal.   

La disponibilidad y publicación de estadísticas del TCRD permite realizar varios análisis sobre su desempeño y su carga de trabajo. Esto contrasta con la indisponibilidad de datos de otros tribunales – como los del Poder Judicial – que a la fecha no ha publicado las estadísticas correspondientes al año 2018.

Los datos motivan reflexiones interesantes, como preguntarse: ¿cómo ha ido evolucionando la demanda anual del TCRD (entrada de expedientes nuevos)? ¿cómo ha ido encarando el TCRD esa demanda? ¿cómo ha evolucionado la tasa de resolución anual del tribunal? Este artículo busca proveer insumos para contestar estas y otras preguntas relacionadas.

Al igual que las entregas anteriores, este análisis es positivo – por lo que no contiene juicios de valor ni opiniones sobre el deber ser del desempeño del TCRD.

Un aspecto importante que hay que resaltar sobre los datos correspondientes al año 2018 es que, a través de un comunicado noticiado el 14 de febrero de 2019, la Secretaría del TCRD informó que existen sentencias no publicadas correspondientes a dicho año. Esto se debe a los cambios de jueces ocurridos a finales de 2018. No obstante, para este análisis se toma como número total de sentencias las 624 decisiones que figuran en el boletín de estadísticas institucionales publicado para cierre de 2018. Es importante señalar, que en un futuro, con la publicación de las sentencias restantes de 2018, el número total de salida anual de expedientes podría aumentar.

INGRESO Y SALIDA DE EXPEDIENTES

La entrada de expedientes al TCRD es su curva de demanda. Las salidas de expedientes es parte de su producción. La combinación de ambas métricas permite analizar cuantitativamente la capacidad resolutiva del tribunal y su carga de trabajo. La Gráfica 1 resume el ingreso y salida anual de expedientes al TCRD entre 2012-2018.

Entre 2012 y 2016, la entrada de expedientes al TCRD estuvo en aumento. En 2012 el tribunal recibió 630 expedientes. Mientras que para el 2016 recibió 882 expedientes – un aumento de 40% en cuatro años. 

La entrada de expedientes al TCRD alcanzó un punto de inflexión en 2016. Para 2017 el tribunal recibió 656 expedientes – un descuento de 25.62% respecto del año anterior. La misma tendencia a la baja se manifestó en el 2018, con la entrada de 642 expedientes. Para poner estos números en contexto, se trata de niveles de ingreso de expedientes en 2017-2018, comparables con los niveles que el TCRD recibió en su primer año de operación.

Las Gráficas 1 y 2 presentan la evolución de la entrada y salida de expedientes del TCRD. Este artículo no ofrece hipótesis sobre la posible explicación de la tendencia a la baja en el ingreso de casos. Sin embargo, estos niveles representan una oportunidad para el TCRD de aumentar contracíclicamente las sentencias para reducir el cúmulo de expedientes – tal y como ocurrió en 2017.

La cantidad anual de sentencias del TCRD se mantuvo en aumento entre 2012 y 2017. En otro artículo ya explico por qué durante su etapa incipiente es razonable que el TCRD iniciara con una baja producción de sentencias. Lo importante es que la salida de expedientes se mantuvo en aumento alcanzando su cenit en el año 2017 – cuando salieron significativamente más expedientes del TCRD que los expedientes que entraron.

Para 2017, la tasa de resolución del TCRD fue de 127.2% – muy por encima del umbral de 100%. Esto significa que por cada 4 expedientes que entraron en 2017, se fallaron 5 –siendo el quinto un expediente pendiente de años anteriores. Esto reduce el cúmulo de trabajo. La Gráfica 2 refleja esto en el punto en que las gráficas de ingreso y salida se cruzan, y la salida de expedientes sobrepasa el ingreso. 

En el 2018 salieron 624 casos del TCRD, en comparación con 642 expedientes que ingresaron. Esto representa una tasa de resolución de 97.2% – la segunda tasa más alta de los siete años de operación del TCRD. Como se indicó, con la publicación de sentencias pendientes del año 2018, esta tasa de resolución podría aumentar.

Esto significa que los ritmos de resolución del TCRD durante los últimos dos años ayudan a combatir la mora y reducir– o al menos, minimizar – el cúmulo anual de casos pendientes.

La evolución de la entrada y salida anual de expedientes del TCRD implica una tendencia a la baja del cúmulo anual de casos entre 2012-2018. Para el 2017 – el cúmulo fue negativo –librando 179 expedientes pendientes, es decir, la salida de pendientes y la reducción de la carga de trabajo total del tribunal (la siniestra “mochila” de los jueces, como le llama Thalía Goldberg).

En cuanto al total de expedientes, entre 2012 y 2018 entraron 5,121 expedientes, y salieron 3,611, para una tasa de resolución total de 70.5%. Esto implica que el TCRD ha fallado más de 2 de cada 3 expedientes que ha recibido durante su existencia.

La Gráfica 3 presenta la evolución de la tasa de resolución anual del TCRD. Una tasa de resolución anual menor a 100% implica que, para un tribunal, en un año ingresan más expedientes que los que salen. También significa que se están acumulando expedientes para años subsiguientes, lo que aumenta la congestión y la carga de trabajo promedio por cada juez.

En el caso del TCRD, entre 2012 y 2016, la tasa anual de resolución casi se quintuplicó pasando de 16.7% en 2012 a 82.1% en 2016.

Como menciono anteriormente, el 2017 marcó el cénit resolutivo del TCRD, con una tasa de resolución de 127.3% – lo cual implica la reducción de la congestión del tribunal. Mientras que para 2018, la tasa ronda los 97.2%, 2.8 puntos porcentuales debajo del 100%.

Si en un tribunal ingresan anualmente más expedientes que la cantidad de sentencias que salen, se acumula el trabajo (aumento de la pendencia). Para el TCRD, el cúmulo de expedientes se mantuvo en aumento entre 2012 y 2016 – alcanzando 1,671 expedientes pendientes al finalizar 2016.

En el año 2017, donde la tasa de resolución del TCRD alcanzó su máximo nivel, se redujo el cúmulo total a 1,492 expedientes. Para 2018, los nuevos jueces juramentados encontraron una carga total de 1,510 expedientes, como presenta la Gráfica 4.

En el TCRD hay 13 jueces. La constitución establece que para tomar decisiones se requiere del consenso de 9 jueces – un costo de consenso mayor que en las demás altas cortes.

La Gráfica 5 presenta la carga promedio anual de expedientes por juez. Se aprecia que la carga promedio anual se mantuvo en aumento, pasando de un promedio de 40 expedientes por juez en 2012 – a una media de 129 expedientes por juez, en 2016. Para 2017 y 2018, la carga promedio de expedientes por juez rondaba los 115 y 116 expedientes por juez – similares a los niveles que existían en 2015.

PRESUPUESTO ASIGNADO

En su primer septenio, el TCRD ha experimentado una consolidación de su posición financiera. Entre 2012 y 2019, el presupuesto nominal anual asignado al TCRD aumentó. El presupuesto nominal de DOP 400 millones que el tribunal recibió en 2012 – casi se triplicó a DOP 1,152 millones en 2019. La Gráfica 6 presenta los presupuestos nominales anuales asignados al TCRD (millones de DOP).

En otra reflexión sobre la economía del sistema de justicia dominicano (“Poder Judicial: Tribulación por Redistribución”), argumento que parte de las ganancias presupuestarias del TCRD – y de los demás órganos jurisdiccionales constitucionales – ha sido a expensas del presupuesto del Poder Judicial. Esto es algo que no tiene que ver con el TCRD, sino más bien con la programación presupuestaria – es decir el costo que conllevan los cambios institucionales. Este artículo no es apropiado para discutir esta hipótesis, pero la referencia es útil para analizar cómo ha evolucionado el presupuesto anual asignado al TCRD con relación al presupuesto anual asignado al Poder Judicial.

La idea subyacente es que la ratio entre el presupuesto anual asignado al TCRD y el presupuesto anual asignado al Poder Judicial, podría evidenciar cómo el tribunal gana – o pierde – terreno presupuestario, institucional y político vis-à-vis las instituciones existentes y los procesos de asignación presupuestaria. Esto podría revelar las preferencias de los poderes ejecutivo y legislativo.

La Gráfica 7 muestra cómo la referida ratio evolucionó entre los presupuestos generales del Estado de 2012-2019. El año que se integró, el presupuesto del TCRD era 9.88% del presupuesto del Poder Judicial. Mientras que para 2016, esta razón había aumentado a 17.82% – es decir, un aumento de 7.94 puntos porcentuales – un 80.36% – en 5 años.

A partir de 2016, la referida razón se redujo hasta colocarse en 14.32% para el presupuesto general de 2019. Sin embargo, este nivel sigue por encima de los experimentados entre 2012-2014. Una explicación plausible es que la dotación financiera del TCRD entre 2012-16, requirió de un concomitante aumento presupuestario al Poder Judicial durante 2017-2019 para balancear el gasto en todo el sistema de justicia dominicano.