¿Quién es responsable de ordenar el territorio?, ¿de qué forma se ordena?, ¿se necesita una ley de ordenamiento territorial?, ¿cuáles son los instrumentos que tenemos para este ordenamiento?, inquietudes como estas frecuentan ciertos círculos de pensamiento en el país, ante la necesidad de comprender con claridad una serie de aspectos que en nuestro marco legal no encuentran respuesta y solo se visualizan como enunciados, evidenciando la ausencia de regulación en esta materia.

Ante la preocupación expuesta y con el interés de precisar estas inquietudes, el elemento fundamental para entender la cuestión radica en la respuesta a la pregunta: ¿para qué se ordena el territorio?; y aunque las conclusiones pueden ser distintas dependiendo el país, la intención de las siguientes líneas es aportar al proceso de discusión, estableciendo algunas premisas que nos ayuden a determinar su alcance y al mismo tiempo contribuyan en aclarar aspectos fundamentales desde la perspectiva Dominicana.

Dos objetivos se destacan al momento de responder la inquietud planteada, en primer lugar, el territorio se ordena para orientar la inversión pública tomando en cuenta las características de cada lugar. A través de un proceso, liderado por el Estado y con la participación de todos los actores claves, se priorizan las necesidades en cada lugar de la geografía nacional y estas se vinculan a los recursos que cada sector de la administración pública tiene disponible para invertir en un período determinado. De esta manera se puede atender con mayor efectividad las necesidades identificadas, contribuyendo a que la población resida en el lugar donde nace, sin la necesidad de correr hacia la capital a buscar las oportunidades de trabajo y los servicios públicos que no pueden encontrarse en su lugar de origen.

En segundo lugar, se ordena el territorio en base a la vocación del suelo para establecer reglas claras que contribuyan en impulsar el desarrollo sostenible por todo el territorio. Esto permite mejorar la articulación entre las políticas sectoriales y la administración del territorio local; alineando la vocación, aptitud y capacidades de un lugar a la planificación y la gestión de ese territorio.

De igual forma estas reglas permiten que los sectores productivos puedan alinear la inversión privada a la plataforma coherente de los distintos niveles de gobierno, mejorando así la eficiencia de los procesos, reduciendo la discrecionalidad de las decisiones y exterminando todos los focos de corrupción que pudieran derivarse del desorden en la gestión del territorio.

Los objetivos identificados muestran la necesidad que tiene la República Dominicana de ordenar su territorio, para alcanzar el desarrollo; ya que no es posible administrar los recursos públicos de una manera eficiente sin este ordenamiento multi-escalar y no es factible capitalizar nuevas iniciativas por toda la geografía nacional sin la seguridad jurídica e institucional que deben ser establecidas a través de una precisión de las reglas del juego. De manera que se necesita fortalecer el marco normativo vigente, con instrumentos legales que regulen el sector, ya que además de lo expuesto, el ordenamiento territorial es una prioridad establecida constitucionalmente y un compromiso asumido por el Estado en su Estrategia Nacional de Desarrollo.