De entrada debemos decir que el goce de ciudadanía es un privilegio constitucional. Tenerla implica disfrutar de prerrogativas especiales que dotan a las personas mayores de 18 años de edad de un conjunto de derechos y obligaciones que son de carácter fundamentales.
El conjunto de deberes-los cuales pasan prácticamente inadvertidos respecto a las obligaciones de los ciudadanos cumplirlos-, obviando que estos preceptos, hasta cierto punto moral, tienen capital importancia para la vida en sociedad que la constitución le impone a la ciudadanía como cargas de su cuota de compromisos a fin de que los ciudadanos cumplan como parte del equilibrio entre la protección que el Estado brinda y la contrapartida de los individuos como su contribución, o si se quiere, a la franca convivencia social.
A partir del artículo 21 de la Constitución, encontramos que se adopta este estatus al cumplirse la mayoridad política. –obsérvese que no aplica para los menores de edad, sino a personas que se supone que ya están dotados de raciocinios, y que no son niños, sino adultos para cumplir y poner en ejercicio tal prerrogativa de ciudadanos, incluso, bajo consecuencias jurídicas, si se quiere.
Por lo tanto, el ejercicio de ciudadanía respecto a la cargas de deberes fundamentales de los individuos, ya no es el conjunto de exigencias reivindicativas que devienen de tal categoría social. Refiere la responsabilidad individual de cada ciudadano de cumplir con la cuota contributiva con la sociedad y la nación dominicana. En este sentido se nos hace necesario precisar que en el artículo 75 de la C.D., se establecen que los deberes fundamentales les atañen al ciudadanos y que determinan la existencia de un orden de responsabilidad jurídica y moral-óiganlo bien, moral-, lo que axiológicamente implica cumplir con el conjunto normas, cuasi de carácter consuetudinaria, que rigen el pliego de normas ¨que voluntariamente¨ harán se servir de pautas comportamentales para la convivencia de las personas en sociedad.
En tal sentido, para que veamos el alcance de los deberes fundamentales, versus la salvaje actitud de los ciudadanos frente a ellos, nos atrevemos a poner en el contexto algunos de estos, teniendo en cuenta que son los que obligan a los individuos con unos comportamientos personales que les son exigibles en favor de su nación. Por tanto, me permito referir taxativamente los siguientes: a) Acatar y cumplir la Constitución y las leyes, respetar y obedecer las autoridades establecidas por ellas. (Numeral 1), b) votar bajo las normativas establecidas al respecto. (…numeral 2), c) prestar los servicios civiles y militares que la Patria requiera para su defensa y conservación. (… numeral 3), d) abstenerse de realizar actos que atenten contra la estabilidad, independencia o soberanía (… numeral 5), e) tributar (… numeral 6), f) dedicarse a un trabajo digno, de su elección, a fin de proveer el sustento propio y el su familia, (…), para contribuir con el progreso de la sociedad (numeral 7), g) Asistir a las escuelas para recibir educación (…numeral 8), h) actuar de acuerdo al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones de calamidades públicas (…numeral 10), i) desarrollar y difundir la cultura dominicana y proteger los recursos naturales del país, garantizando la conservación de un ambiente limpio y sano, (numeral 11 (integro), j) velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública. (Copiado integro)
Como vemos respecto al déficit del cumplimiento del artículo 75 de la C.D., faltarían lamentos y quejidos de impotencias para dilucidar el tema. De acuerdo a lo establecido en los 12 numerales de dicho artículo que nos prescribe estos mandatos como responsabilidades personales con la patria, la sociedad, la democracia, la soberanía y una mejor relación de individuos-Estado y pueblo, cabe decir a nuestro juicio, que estamos a muchas leguas de hacer lo que nos corresponde como ciudadanos. Por ejemplo, ¿a quien se le ocurriría pensar que el ciudadano dispondría de una actitud voluntaria para prestar los servicios que prevé el numeral 3 del referido artículo. Y a propósito, cuántas indiferencias existen en el seno de la sociedad de proveerse la educación, y qué no decir, de ese principio de solidaridad en caso de estado calamitoso de nuestro pueblo, y por igual, cómo vemos que la ciudadanía, ya convertida, incluso en autoridad, no se preocupan por difundir nuestros propios valores de identidad como pueblo, y cumplir con sus responsabilidades-¡Dios mío, ampáranos, diríamos nosotros-¡, ¡Cuánto déficit tiene el comportamiento de la sociedad respecto a estos deberes fundamentales!, cómo vemos el abandono del campo por la revolución de expectativas de los hombres que cultiven nuestra tierra. A veces, nos llenamos de impotencia al ver el caos en el desorden del tránsito, los rebases temerarios, los parqueos que obstaculizan las vías. ¿Y de la gran pobreza mental que acusamos respecto al medio ambiente, que te digo!?. ¡Cuántas basuras tiradas a los contenes cuando llueve, y de las botellas tiradas al medio-incluso las explotan desparramando los vidrios en plenas vías-. Lo mismo qué decir, de las debacles de los ríos, las depredaciones de sus cuencas y su causes, las talas indiscriminadas de árboles en los propios ojos de las autoridades. Lo propio nos engrifa o nos llena de impotencia saber que se predica la moral en calzoncillo, la falta de ética de los funcionarios, robos, corrupción, prepotencia e indiferencia con las calamidades de sus pueblos, irresponsabilidades de los padres, déficit de aplicación de justicia, crímenes, delitos, robos asesinatos, atracos y mil diabluras ¡Pero, por Dios!,
En el mismo orden, para ir hilvanando la aberrante irresponsabilidad de los ciudadanos respecto a cumplir con sus deberes fundamentales, me permito cuestionar, ¿Cómo es posible atinente al enunciado del numeral 11-por destacar algo- del referido artículo 75 de la C.D., que exista un desajuste tan abismal sobre el comportamiento de los dirigentes respecto a los principios de actuación política, en especial al llamado centralismo democrático hasta el punto que ya el mismo principio atraviesa por una gran laguna y una irreverente actitud e indiferencia del ciudadano de velar por el fortalecimiento y la calidad de este sistema político que cobija de empoderamiento la ciudadanía, mientras ella, se burla de su pueblo. Por otro lado, ¿qué pudiéramos decir respecto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública? Sólo esta parte, cuando la reflexionamos nos da la fuerza moral para concebir el llamado vehemente de implorar por un ejercicio sano de ciudadanía solo apalancándonos de nuestras obligaciones con la patria.
A nuestro juicio, desde la óptica del dicho de que manos que dan esperan, no es posible el gran desequilibrio de exigencia de los ciudadanos de que les garanticen sus derechos de ciudadanía, medicina, educación, amparo, libertades públicas, en fin todo un conjunto de derechos que les otorga la constitución, taxativamente, desde el artículo 37 hasta el artículo 74 de la C.D., (verlos), que tratan sobre los derechos fundamentales, que van desde el derecho a la vida hasta la prerrogativa-por decirlo de una forma-, hasta de la picada de un mosquito, pero, que sin embargo, por su lado tenemos la indiferencia social de los individuos, solamente sentarse a exigir lo suyo, sin dar nada a cambio. Por lo tanto, cabe decir que respecto a ese equilibrio la sociedad acusa un abismal desajuste relacionado a lo que tiene que cumplir el ciudadano para tener moral para exigir todos sus derechos en la forma de los altos niveles de eficiencia con el que exige que se les garanticen, pero cuando se trata de dar aunque sea un ápice de sus responsabilidades con la sociedad y la patria, se torna indiferente, anárquico, energúmeno y actuando sin principios y sin responsabilidades frente al Estado, la patria y la sociedad. Por lo tanto, bajo ese esquema de solo exigir denme lo mío, no será posible lograr una sociedad sana, equilibrada, y sobretodo, orientada en el contrato social que habrá de sustentantarse en un juego de doble vía, o sea, yo cumplo con lo mío, ahora señor Estado, cumple tú con lo tuyo. Esa debería ser la justicia social, el ciudadano actúa responsablemente con la patria, y luego exige. Por lo tanto, se impone el buen ejercicio de ciudadanía responsable, impongámoslo pues, como nuestro patrón de conducta, ¡y habrá una mejor patria para todo!