Las migraciones internacionales han sido históricamente y siguen siendo en el presente un factor demográfico, económico y social de grandes repercusiones en la trayectoria del desarrollo de la República Dominicana.

En el caso de la inmigración haitiana, si bien sus magnitudes e impactos están con frecuencia sobredimensionada, y es tema aviesamente utilizado por altisonantes voces y disonantes grupúsculos del ultranacionalismo para espolear atávicos prejuicios y estereotipos anti haitianos, ha derivado en una de las temáticas más debatidas en la sociedad dominicana en las últimos años, hasta convertirse en un objetivo importante de política del Estado dominicano, ocupando la política migratoria el centro del debate en torno a la intervención estatal en la regulación y control de los flujos migratorios, la regularización de trabajadores indocumentados y el estatus legal (nacionalidad) de hijos de inmigrantes haitianos nacidos en la República Dominicana.

Debido a la actual condición de país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, las políticas de gobernanza y gestión de las migraciones del Estado dominicano deben abarcar no sólo la inmigración sino también la emigración y el retorno de dominicanos, la diáspora, así como los descendientes de inmigrantes, y la trata y tráfico de personas.

Sobre estos temas, en el programa de gobierno del Partido Revolucionario Moderno se esbozan algunas líneas generales. Con respecto a la migración haitiana, si bien las propuestas son muy generalistas, pues apenas se hace el compromiso de  “Fortalecer la cooperación en migración, en la trata y tráfico de personas y en general en las relaciones con Haití en otras áreas que están relacionadas con la migración” -medio ambiente, temas sanitarios, seguridad nacional, crimen organizado-, los retos y desafíos del nuevo gobierno encabezado por Luis Abinader para mejorar la gobernanza y gestión migratoria son de importantes dimensiones y para afrontarlos requerirá de una firme, decidida y sostenida voluntad política y coherencia.

En general, respecto de cómo regular, ordenar y controlar los flujos de inmigrantes a la República Dominicana, el gobierno del PRM y sus legisladores tendrán que definir una política más clara y sostenible orientada a mejorar la capacidad del Estado Dominicano para gestionar y controlar los flujos migratorios y fortalecer los mecanismos de garantía de los derechos humanos de los inmigrantes y sus descendientes.

El Gobierno deberá impulsar una eficaz coordinación de los organismos del Estado, crear un espacio de coordinación regular y efectivo de las instituciones públicas responsables del tema migratorio y vinculadas con la definición de políticas públicas y planes de acción, reactivando y fortaleciendo el Consejo Nacional de Migración (CNM) para convertirlo en ente más operativo y participativo, y establecer mecanismos de diálogo entre el Estado, el sector empresarial y la sociedad civil. En estas tareas el Instituto Nacional de Migración deberá jugar un destacado rol.

Como instrumento integral que gestione la movilidad legal y ordenada de trabajadores extranjeros hacia la República Dominicana, se debe constituir un Sistema de Gestión Migratoria Laboral, mediante un acuerdo de cooperación interinstitucional entre las agencias vinculadas a la gestión de la migración laboral, fundamentado en la normativa en materia laboral y migratoria, en el que se establezcan los protocolos interinstitucionales de los servicios ofrecidos, definiendo responsabilidades, tiempos y mecanismos de monitoreo sobre los mismos, y estableciendo garantía en el respeto de los derechos humanos y laborales de los migrantes.

En términos de políticas públicas para dar cumplimiento a las proporciones 80%-20% de mano de obra nativa y extranjera que establece el Código de Trabajo, dada la brecha entre la normativa laboral y la oferta de mano de obra nativa disponible en el mercado laboral dominicano–especialmente en labores de baja calificación en los sectores agropecuaria y construcción- el Gobierno debe propiciar que en la Reforma Laboral aún pendiente se adecue el Código de Trabajo a la oferta-demanda actual de mano de obra extranjera del mercado, de manera que, tal como fue consensuado en la Comisión Revisora del Código, se modifique el artículo 145 para que la autorización para sobrepasar los límites establecidos en los artículos 135 y 136 provenga no de un decreto del Poder Ejecutivo sino del Ministerio de Trabajo, y que la autorización incluya no sólo las actividades agrícolas sino además las de la construcción, y que sea extensiva a personal técnico y administrativo, en el caso de la industria azucarera.

Cualquier decisión que se adopte al respecto pasa por admitir que la inmigración laboral masiva es un asunto de demanda y oferta de mano de obra en el mercado de trabajo y un fenómeno estructural que en RD data de más de un siglo, y que el stock actual de mano de obra inmigrante haitiana en RD es en su mayoría o en una fracción importante necesaria o imprescindible para la operación y continuidad de la producción agropecuaria y la construcción.

En relación con la migración de trabajadores temporeros, la asignación de cuotas o límites numéricos fijos para la admisión de mano de obra sería una herramienta importante de gestión de ese tipo de inmigración laboral. Este mecanismo debería ser establecido en las áreas de la economía donde el CNM, previa consulta con los diferentes sectores de interés (productores, empresarios y sindicatos nacionales), reconozca la necesidad de su contratación.

Respecto de la entrada ilegal de haitianos al territorio nacional por la porosa frontera dominico-haitiana, deberán reforzarse y tecnificarse los controles fronterizos. Si bien, persisten problemas y deficiencias, sobre todo en la tarea de desarticular la compleja y bien organizada red de traficantes de personas, reclutadores e intermediarios que actúan con la complicidad de militares y personal de migración, no se sostiene el estridente estribillo de los nacionalistas de que la gestión del Gobierno dominicano está desbordada por la incompetencia en el manejo del control fronterizo.

En relación con el estatus legal de los inmigrantes y de los descendientes, son muchas las tareas aún pendientes para completar el proceso de regularización iniciado en 2013, para otorgar finalmente la condición de residente a los registrados en el Plan Nacional de Regularización Migratoria (PNRM). Para que el mismo concluya exitosamente se deberá establecer medidas reglamentarias y presupuestarias transitorias hasta tanto lograr que al menos un 80% pueda tener un estatus de residencia, como son la de unificar los expedientes de visado y migración y reducir la sobre cantidad de documentos requeridos para la regularización, flexibilizando los requerimientos de documentación, reduciendo la relativa a arraigo y solvencia económica a tres certificaciones o constancias: la de trabajo, la de buena conducta y la de residencia habitual y arraigo, y viendo la posibilidad de eliminar el requisito de pasaporte.

En el caso de los venezolanos y otros inmigrantes llegados después del inicio del PNRM,  debe propiciarse una revisión de la normativa migratoria vigente en cuanto a opciones de residencia temporal y considerar aquellos requisitos que se convierten en barreras para que personas productivas accedan a un estado migratorio regular, de manera que pueda conceder vías de regularización a aquellas personas que ya se encuentran en el país y abrir sus puertas a una población que se encuentra migrando por motivos de sobrevivencia, como es el caso de la mayoría de los más de 25,000 venezolanos residentes en el país.

Para agilizar los procesos de documentación de todos los descendientes de inmigrantes nacidos en la República Dominicana, es de urgencia que se complete la naturalización a los más de siete mil descendientes del Grupo A que estableció la Ley 169-14, o sea, los descendientes inscritos en el Registro Civil, que inició unos días antes de finalizar la anterior gestión de gobierno, con el otorgamiento de la nacionalidad dominicana a apenas 750 hijos de inmigrantes haitianos. En relación con el grupo B, o sea, aquellos no inscritos en el Registro Civil, debe agilizarse la expedición de documentos para que puedan tener la opción a la naturalización por excepción. Para los hijos de inmigrantes irregulares que quedaron fuera de la Ley 169-14, o sea, las personas nacidas entre 2007 y 2010, el Gobierno debería implementar por decreto un mecanismo similar al de grupo B, y así evitar que esas personas caigan en condición de apatridia.