Quizás lo más revolucionario y progresista que pueda hacerse hoy en día en el plano de la economía, es hacer realidad la economía de mercado o, lo que es lo mismo, para parafrasear una iluminadora frase de Juan Bosch en relación al Estado, llevar la economía de mercado “a su propia legalidad”, es decir, someterla a los valores constitucionalizados de la libre iniciativa privada, de la competencia libre y leal y de la prohibición del monopolio y del abuso de posición dominante (artículo 50 de la Constitución). Y es que el capitalismo no termina de germinar en República Dominicana no tanto y no solo por un exceso de intervencionismo estatal, originado por la cultura política populista prevaleciente, sino también y sobre todo porque el Estado no asegura, como es su deber constitucional, el funcionamiento de las reglas de juego básicas en una economía de mercado.

Lógicamente, para que una economía de mercado funcione adecuadamente se requieren propietarios. Por eso, economía de mercado y Estado Social no se contraponen pues la propiedad, en tanto derecho fundamental, no solo conlleva el derecho al pleno disfrute y ejercicio de la propiedad privada de los privilegiados que la tienen, sino también la accesibilidad a la propiedad de todos los ciudadanos, lo cual se infiere del principio de igualdad ante la adquisición de la propiedad, al menos de aquella propiedad indispensable para el desarrollo de la personalidad, y que se consagra expresamente en el artículo 51.2 de la Constitución que dispone que “el Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad”.  Solo haciendo realidad concreta y manifiesta el acceso de todos a la propiedad es posible salir del circulo vicioso del clientelismo y de la dependencia estatal y alcanzar así el ideal de un verdadero capitalismo de propietarios, un capitalismo popular donde la propiedad esté plenamente democratizada y donde cada ciudadano, siendo socio de cada empresa exitosa –por sí mismo o a través de la inversión institucional de su fondo de pensiones-, pueda ser accionista de esta gran empresa que es la República Dominicana.

Ahora bien, el sistema económico constitucionalizado no solo es la economía de mercado –un ideal todavía no alcanzado en nuestro país- sino también y sobre todo la economía social de mercado –una meta también lejos de ser lograda-. Uno de los pilares en los cuales se asienta la economía social de mercado es el de la responsabilidad social (artículo 217 de la Constitución).   La responsabilidad social no es más que el reconocimiento por parte de los empresarios y ejecutivos de empresa de que su compromiso no es solo frente a sus socios y accionistas sino también hacia otros grupos de interés que afectan y son afectados por la empresa, desde los clientes, empleados, suplidores y acreedores hasta la comunidad, el Estado, toda la sociedad y el planeta entero. Esta responsabilidad social exige una conducta ética empresarial, una inversión socialmente responsable y un Estado comprometido con la promoción e incentivo de la responsabilidad social corporativa, como uno de los principios que deben regir el desarrollo económico y social de la nación.

Vinculado con este principio –que implica abandonar la idea de Milton Friedman de que “el negocio de los negocios es solo hacer negocios”- se encuentra el del buen gobierno corporativo, que exige de las empresas un conjunto de buenas prácticas destinadas a asegurar los derechos de los accionistas, el respeto de los derechos de las partes interesadas en las empresas, la transparencia financiera y, en sentido general, la adecuada gestión de las empresas. Este principio de responsabilidad social justifica el derecho de las empresas a autoimponerse voluntariamente y del Estado exigir obligaciones respecto a la educación pública, la difusión de nuevas tecnologías, la capacitación de los trabajadores, el auspicio al deporte, el acceso al trabajo de las personas con discapacidad, la lucha contra la discriminación, el cuidado del medio ambiente, el respeto a los derechos y la educación del consumidor, el combate de la drogadicción y la promoción de la equidad de género. Aunque parecería que la responsabilidad social es solo un instrumento de mercadeo, lo cierto es que ésta permite que las empresas se conviertan en portadoras de la misión del Estado Social, siendo estandartes y difusoras de los valores de la justicia social, el desarrollo sostenible, la participación y la solidaridad. Un Estado Social y Democrático de Derecho se funda no solo en unos ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes sino también en buenos ciudadanos empresariales, capaces de adoptar y sostener una conducta ética y solidaria en los diversos ámbitos de la vida social.

La responsabilidad social y buen gobierno empresarial implica, por el lado de las empresas, tomar en serio la autorregulación y, en lo que respecta al Estado, asumir su rol de regulador de la autorregulación privada y promover con adecuados incentivos fiscales la participación de las empresas en el mecenazgo cultural, la asunción privada de las tareas del Estado Social y el financiamiento privado de las obras a cargo del vital Tercer Sector compuesto por las organizaciones sin fines de lucro.